Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Tu privacidad es importante para nosotros.

Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos. La base de tratamiento es el consentimiento, salvo en el caso de las cookies imprescindibles para el correcto funcionamiento del sitio web. Puedes obtener más información en nuestra Política de Cookies.

¿Qué estás buscando?

Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Hemeroteca

Accede a una amplia variedad de artículos de revistas jurídicas especializadas para mantenerte al día.

INDICADORES DE GESTIÓN LOCAL

AGUERREA, ANA

Analisis Local. Hacienda, finanzas y organización de las Administraciones Territoriales, n.º 80/2008, pág. 41 a 46

Sumario
I. Definición y características de los indicadores de gestión. II. Tipos de indicadores de gestión. III. Proceso de elaboración, implantación y seguimiento de un sistema de indicadores de gestión. IV. Indicadores de gestión asociados a los servicios públicos locales. A) Abastecimiento de aguas. B) Recogida de residuos. C) Actividades culturales. D) Actividades deportivas. E) Servicios sociales. F) Limpieza viaria. V. Los indicadores en el marco de instrumentos de dirección estratégica. VI. Conclusiones.

INEXIGIBILIDAD DE VISADO COLEGIAL EN UNA OBRA PÚBLICA DESTINADA A SERVICIOS EDUCATIVOS Y PROMOVIDA POR LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA. COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA-LA MANCHA DE 8 DE JUNIO DE 2009

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 5/2010, pág. 571 a 580

Sumario
I. LA SENTENCIA. Colegios profesionales. Arquitectos. Expediente de ampliación de edificio destinado a unidad de Educación Secundaria Obligatoria. Falta de necesidad de visado por parte de la Junta de Castilla-La Mancha para la construcción de una obra pública que va a ser destinada al servicio público de educación. La Administración autonómica dispone de sus propios servicios técnicos tanto para elaborar un proyecto como para visarlo. Doctrina relativa a la exigencia de visados. Todos los proyectos deben ser visados, pero no todos deben ser visados por el Colegio Oficial. Corresponde al Colegio demostrar y probar que el visado para el edificio en cuestión, había sido elaborado por una arquitecto particular y no por los propios servicios de la Consejería de Educación.

INEXISTENCIA DE DESVIACIÓN DE PODER EN UNA CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 3 DE MARZO DE 2010

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 3/2011, pág. 320 a 328

Sumario
I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Aprobación definitiva de Revisión de Plan General de Ordenación. Clasificación urbanística de terrenos integrantes de finca igual a la que contaba en el planeamiento anterior. No se aprecia discrecionalidad, arbitrariedad o irracionalidad en la actuación de la Administración. Desviación de Poder. Definición, naturaleza y exigencias procesales. Convenios urbanísticos suscritos con el Ayuntamiento. Imputaciones de ilegalidad carentes de acreditación. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y TRANSPARENCIA EN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y EL MEDIO AMBIENTE

LASAGABASTER HERRARTE, IÑAKI

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 83/2009, pág. 183 a 215

Sumario
I. Nuevos principios en el funcionamiento de los poderes públicos: difusión, información, acceso y participación en el procedimiento administrativo. II. El falseamiento de estos principios y derechos: teoría y práctica en el funcionamiento de las Administraciones Públicas: II.1 El caso del urbanismo; II.2. El legislador y la Ordenación del Territorio; II.3. La obligación de difusión de información en materia ambiental. III. A modo de reflexión final.

INFORME ANDALUCÍA 2008

CARRILLO DONARIE, JUAN ANTONIO

Administración de Andalucía. Revista Andaluza de Administración Pública, n.º 73/2009, pág. 191 a 224

Sumario
I. RASGOS GENERALES. a) Elecciones autonómicas. b) Desarrollo del Estatuto. c) Medidas frente a la crisis económica. d) Otros asuntos relevantes. II. PARLAMENTO. A) Actividad legislativa. B) Actividad parlamentaria en general. 1. Debates generales ante el Pleno. 1.1. Debate de Investidura. 1.2. Otros debates generales. 2. Proposiciones no de ley. 3. Interpelaciones. 4. Mociones. 5. Comparecencias ante el Pleno. 6. Preguntas al Gobierno. III. GOBIERNO. 1. Ejercicio de las competencias. IV. CONFLICTIVIDAD. V. ACTIVIDAD DE OTRAS INSTITUCIONES ESTATUTARIAS. 1. Cámara de Cuentas. 2. Defensor del Pueblo Andaluz. 3. Consejo Consultivo de Andalucía. 4. Consejo Audiovisual de Andalucía.

INFORME GENERAL SOBRE EL GOBIERNO LOCAL EN 2009

EMBID IRUJO, ANTONIO

Anuario Aragonés del Gobierno Local, n.º 1/2010, pág. 15 a 36

Sumario
I. REFERENCIAS AL GOBIERNO LOCAL EN ESPAÑA. 1. La crisis económica y la llamada a los gobiernos municipales para la creación de empleo. La rectificación de la política económica a partir de mayo de 2010 y su transcendencia. 2. La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña. La reafirmación de las potestades del Estado sobre el régimen local. 3. La transposición de la Directiva de Servicios y alguna medida de aplicación en relación a las entidades locales. 4. La normativa de las Comunidades Autónomas. Crisis económica y Ley de transferencia de competencias a las entidades locales en Castilla y León. II. LOS GOBIERNOS LOCALES EN ARAGÓN DURANTE 2009. 1. Las cifras del padrón municipal. Continúa el estancamiento demográfico, sobre todo contemplado en el adecuado período temporal. 2. La planta municipal: la Sentencia sobre la vuelta del Ayuntamiento de Villamayor de Gállego al Municipio de Zaragoza en el contexto de la interpretación sobre la extensión de la legislación básica sobre el régimen local. 3. Variadísima intervención del legislador sectorial en relación a las entidades locales. Breve comentario y remisión general. 4. La crisis económica y la normativa aragonesa. 5. La presunta corrupción vinculada con el urbanismo. El caso de La Muela. 6. Crisis y disolución de la Asociación Aragonesa de Entidades Locales. III. DERECHO COMUNITARIO. LA AUTONOMÍA LOCAL Y EL TRATADO DE LISBOA.

INFORME SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL

SANTAOLALLA LÓPEZ, FERNANDO

Revista de las Cortes Generales, n.º 75/2008, pág. 365 a 371

INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE SUBVENCIONES PÚBLICAS

MARTÍNEZ LAGO, MIGUEL ÁNGEL

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 36/2010, pág. 83 a 121

Sumario
I. FUENTES NORMATIVAS Y PRINCIPIOS INFORMADORES DE LA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA DE SUBVENCIONES: 1. La protección de la función de gasto subvencional. 2. Antecedentes y caracteres de la actual regulación de las infracciones en materia de subvenciones. 3. Definición legal y elementos de las infracciones. 4. Los principios de la potestad sancionadora "también" en materia de subvenciones públicas: A) Legalidad, tipicidad e irretroactividad. B) Responsabilidad. C) No concurrencia. D) Proporcionalidad. 5. Responsables de las infracciones y sanciones subvencionales: A) Autoría de las infracciones; B) Participación en las infracciones y extensión de las sanciones. II. EL SISTEMA DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN LA LEY GENERAL DE SUBVENCIONES: 1. Clasificación de las infracciones y sanciones. 2. Marco sancionador genérico de las distintas conductas infractoras: A) Infracciones leves. B) Infracciones graves. C) Infracciones muy graves. 3. Graduación de las sanciones: A) Comisión repetida de infracciones. B) Obstrucciones a las actuaciones de control. C) Utilización de medios fraudulentos. D) Ocultación a la Administración. E) Retraso en el cumplimiento de obligaciones formales. III. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR LAS INFRACCIONES SUBVENCIONALES: 1. Principios del procedimiento sancionador. 2. Órganos competentes para la imposición de sanciones. 3. Procedimiento sancionador y reintegro de subvenciones. 4. Extinción de la responsabilidad.

INGRESOS AUTONÓMICOS: LA TRIBUTACIÓN SOBRE EL JUEGO PRIVADO EN ANDALUCÍA

LÓPEZ MARTÍN, M.ª DEL CARMEN; DE LOS RÍOS BERJILLOS, ARACELI; PÉREZ HERNÁNDEZ, PEDRO PABLO

Presupuesto y Gasto Público, n.º 55/2009, pág. 103 a 120

Sumario
1. Introducción. 2. La tributación del juego privado en la comunidad autónoma de Andalucía. 2.1. La cesión de la Tasa Fiscal sobre el Juego y la actividad normativo-tibutaria de la comunidad autónoma de Andalucía. 2.2. El Impuesto sobre el Juego del Bingo. 3. Evolución de la recaudación fiscal sobre el juego en Andalucía. 4. Conclusiones.

INICIATIVA ECONÓMICA LOCAL Y TUTELA JUDICIAL DE LOS COMPETIDORES PRIVADOS: UNA APROXIMACIÓN CRÍTICA AL ORDENAMIENTO ALEMÁN

MAGALDI, NURIA

Revista de Administración Pública, n.º 180/2009, pág. 323 a 352

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN. III. MARCO CONSTITUCIONAL DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA MUNICIPAL: 1. La competencia legislativa sobre el régimen local. 2. La neutralidad económica de la Ley Fundamental de Bonn. 3. La autonomía local (die kommunale Selbstverwaltungsgarantie) como fundamento legitimador de la actividad económica municipal: A) Una garantía jurídico-subjetiva (institutionelle Rechtssubjektsgarantie). b) Una garantía jurídico-objetiva (objektive Rechtsinstitutionsgarantie): a) El principio de universalidad de competencia (alle Angelegenheiten der örtlichen Gemeinschaft). b) El ejercicio bajo su propia responsabilidad (Eigenverantwortlichkeit). c) La reserva de ley (im Rahmen der Gesetze). C) Una posición jurídico-subjetiva de defensa (subjektive Rechtsstellungsgarantie). 4. Consideraciones en torno a la actividad económica municipal desde la óptica del Derecho constitucional alemán. IV. LA NORMATIVA EN MATERIA DE ACTIVIDAD ECONÓMICA MUNICIPAL: 1. La tríada de límites (Schrankentrias): A) La finalidad pública (der öffentliche Zweck). B) La capacidad de prestación (die Leistungsfähigkeit). C) La cláusula de subsidiariedad (die Subsidiaritätsklausel). D) El principio de territorialidad (der Örtlichkeitsgrundsatz). V. TUTELA JUDICIAL EN MATERIA DE ACTIVIDAD ECONÓMICA MUNICIPAL (ABWEHRANSPRÜCHE): 1. La situación anterior a 2002. 2. La situación posterior al año 2002. 3. Los problemas derivados del limitado efecto protector frente a terceros de los preceptos sobre actividad económica municipal: A) La interpretación del artículo 67 de la Deutsche Gemeindeordnung. B) La posición de los preceptos implicados en las leyes de régimen local. C) La diferencia entre la cláusula de subsidiariedad y el requisito de la capacidad de prestación. D) La supresión de la cláusula de subsidiariedad en algunos Länder, con el objetivo de fortalecer la economía municipal. E) El procedimiento de análisis de mercado (das Markterkundungsverfahren). F) La expresa mención a los "privados". VI. CONSIDERACIONES FINALES. VII. BIBLIOGRAFÍA.

Página 2071 de 6901