Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LA DIRECTIVA 2006/123/CE Y SU CONTEXTO

BERBEROFF AYUDA, DIMITRY

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 12 Monografía/2010, pág. 17 a 46

Sumario
I. Unas ideas preliminares. II. Génesis de su adopción. III. Cinco ideas-fuerza a modo de reflexión de conjunto: 1. Una decisión democrática y de consenso. 2. La constatación de la ausencia de un verdadero mercado interior de servicios. 3. Una regulación general (no sectorial) vinculante. 4. ¿Legislar mejor? 5. Algo más que unas meras modificaciones normativas. IV. La actual regulación del mercado de servicios desde el derecho originario y su relación con los Derechos fundamentales. V. Restricciones a la libre prestación de servicios. VI. Hacia una noción unitaria de los servicios frente a la delimitación jurisprudencial entre libertad de servicios y derecho de establecimiento. VII. El concepto de servicios desde la perspectiva de la Directiva 2006/123. VIII. Aportaciones de la Directiva 2006/123. IX. Un epílogo crítico. X. Bibliografía citada.

LA DIRECTIVA BOLKENSTEIN Y LA LEY PARAGUAS: ¿LEGITIMA EL FIN CUALESQUIERA MEDIOS PARA LA RECONVERSIÓN DEL ESTADO "AUTORITATIVO"?

PAREJO ALFONSO, LUCIANO

Revista Española de Derecho Europeo, n.º 32/2009, pág. 431 a 467

Sumario
I. LA DIRECTIVA BOLKENSTEIN Y SU IMPACTO EN EL ORDENAMIENTO INTERNO. 1. Las ideas-fuerza y las características de la Directiva. 2. La "recepción" de la Directiva y el planteamiento de su transposición. II. LA DIRECTIVA Y EL ORDEN COMUNITARIO. 1. La inexistencia de competencia comunitaria para la formulación de una política económica propia. 2. La competencia para la ejecución del Derecho comunitario en materia de economía. 3. La aproximación, coordinación u armonización de las normas nacionales. 4. La proporcionalidad como criterio de medida de las normas nacionales. 5. El resultado: la comunitarización de la regulación de una parte apreciable de las economías nacionales. 6. Las consecuencias en los Derechos constitucionales nacionales. III. LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA: UNA DESREGULACIÓN CON SELLO PROPIO. 1. El planteamiento. 2. La medida clave: la llamada Ley paraguas.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS Y LAS ENTIDADES LOCALES

MOLINA FLORIDO, IGNACIO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2794 a 2811

Sumario
I. Antecedentes. II. Regímenes de autorización. 1. Carácter excepcional de los regímenes de autorización. 2. Requisitos exigibles. 2.1. Principios generales. 2.2. Requisitos prohibidos. 2.3. Requisitos sujetos a evaluación previa. 2.4. Requisitos prohibidos respecto de prestadores de otro Estado miembro. 2.5. Requisitos prohibidos respecto de los destinatarios de los servicios. 3. Requisitos específicos respecto de los regímenes de autorización. 3.1. Requisitos del procedimiento. 3.2. Requisitos de la autorización. 4. Forma de acreditar los requisitos. III. La aplicación de la Directiva de servicios en la Administración local. 1. Tiempo y forma de la transposición. 2. Regímenes autorizatorios afectados. 2.1. Las licencias urbanísticas. 2.2. El dominio público local. IV. Conclusiones.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS Y SU INCIDENCIA EN EL ÁMBITO MUNICIPAL. APUNTES DE URGENCIA

HERNÁNDEZ LÓPEZ, JUAN

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2772 a 2793

Sumario
I. Introducción. II. Aspectos genéricos sobre la Directiva. III. Proyecto de Ley de trasposición de la Directiva de Servicios. A. En cuanto a la LBRL. B. En cuando a la Ley 30/1992. a) Declaración responsable. b) Comunicación previa. c) Aspectos comunes a las declaraciones responsables y comunicaciones: autorizaciones implícitas. IV. Manual de evaluación para las entidades locales. V. Incidencia en el mundo local. VI. Actividades urbanísticas. a) Las parcelaciones urbanísticas. b) Los movimientos de tierra. c) Las obras de nueva planta. d) La modificación de la estructura o aspectos exterior de las edificaciones existentes. e) Otro tipo de obras. f) La primera utilización de los edificios. g) La modificación del uso de los edificios. h) La demolición de construcciones. i) La colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública. j) Los cierres y vallados de fincas. k) Actos promovidos por las administraciones públicas. l) Otro tipo de actuaciones urbanísticas. VII. Licencias de actividad. 1. Actividades inocuas. 2. Actividades clasificadas. VIII. Actividades que requieran la utilización del dominio público. 1. Utilización del dominio público, uso público. Por ejemplo. 2. Utilización del dominio público, servicio público. Por ejemplo. IX. Otras actividades. X. Tansmisión de licencias. XI. Procedimientos. 1. Actividades referidas con la edificación. 2. Procedimientos referidos a desarrollo de actividades. XII. Carácter del silencio. XIII. Conclusiones.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS Y SU TRASPOSICIÓN AL ÁMBITO NACIONAL

SEDANO, SERGIO

Analisis Local. Hacienda, finanzas y organización de las Administraciones Territoriales, n.º 85/2009, pág. 35 a 47

Sumario
1. Introducción. 2. Evolución del sector servicios en España. 3. La Directiva de servicios: aspectos generales. 4. Medidas sobre las libertades básicas. 4.1. Libertad de establecimiento. 4.2. Libre circulación de servicios. 5. Medidas de agilización y mejora del mercado de servicios. 5.1. Simplificación administrativa. 5.2. Calidad de los servicios. 5.3. Cooperación administrativa. 6. La trasposición de la directiva al caso español. 7. Conclusiones.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS. DIFICULTADES PARA SU TRASPOSICIÓN

REINOSO CARRIEDO, ANTONIO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 17/2009, pág. 2457 a 2466

Sumario
I. En materia de procedimiento administrativo, la Ley Paraguas establece en sus arts. 17 y 18 lo siguiente: Art. 17. Simplificación de procedimientos. Art. 18. Ventanilla única. II. Y la Ley Ómnibus introduce los siguientes cambios: A. Art. 1. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. B. Art. 2. Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. C. Art. 3. Modificación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. D. En materia concreta de los servicios medioambientales y de agricultura (Título V Ley Ómnibus). E. Reformas profundas en el marco de las profesiones colegiadas. F. Pero ¿qué ocurre con la Administración Local?.

LA DOTACIÓN DE PLAZAS DE APARCAMIENTO

GARCÍA GARRO, M.ª ARÁNZAZU

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 86/2009, pág. 29 a 41

Sumario
I. Concepto de dotación de plaza de aparcamiento. II. Fundamentación: satisfacción de necesidades. III. Régimen jurídico de la exigencia de la dotación de plazas de aparcamiento. IV. La exención y otras alternativas en el cumplimiento de la dotación de plazas de aparcamiento.

LA ECONOMÍA POLÍTICA DE LAS REFORMAS DE LA FINANCIACIÓN ELECTORAL

ARTÉS CASELLES, JOAQUÍN; GARCÍA VIÑUELA, ENRIQUE

Revista Española de Ciencia Política, n.º 15/2006, pág. 47 a 65

Sumario
1. Introducción. II. Los objetivos de las reformas de los años noventa. III. El impacto de las reformas. IV. Una explicación de economía política de los techos al gasto electoral. V. Conclusiones.

LA EFICACIA DE UN EQUIPO ESTÁ EN SU CAPACIDAD DE MOTIVACIÓN

ESCAT CORTÉS, MARÍA

Capital Humano. Integración y Desarrollo de los Recursos Humanos, n.º 233/2009, pág. 64 a 68

Sumario
1. Elegir la actitud. 2. Jugar. 3. Alégrale el día al cliente. 4. Estar presente. I. Un modelo "a la americana". II. Los merceros de Pontejos. III. El "fisch español".

LA EJECUCIÓN APARENTE DEL FALLO DE LAS SENTENCIAS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVAS EN EL ÁMBITO URBANÍSTICO. UN BALANCE TRAS 10 AÑOS DE VIGENCIA DE LA LEY 29/1998

CHINCHILLA PEINADO, JUAN ANTONIO

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 245/2008, pág. 65 a 100

Sumario
I. LA PREVISIÓN LEGAL DE NULIDAD DE LOS ACTOS Y DISPOSICIONES QUE SE ADOPTEN CON LA FINALIDAD DE ELUDIR LA EJECUCIÓN DEL FALLO ANULATORIO: A) El derecho al cumplimiento del fallo como parte del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. B) La obligación de la Administración de satisfacer el interés general adecuándose a las cambiantes y sobrevenidas circunstancias prohíbe sólo dictar actos o disposiciones contrarias al fallo con la finalidad de eludir su cumplimiento. II. LA CONCURRENCIA DE LA INTENCIONALIDAD DE ELUDIR EL FALLO JUDICIAL. LA INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL: A) El elemento intencional en el incumplimiento del fallo como un supuesto de desviación de poder. B) La inversión de la carga de la prueba y la exigencia de una motivación basada en la racionalidad urbanística. C) Líneas interpretativas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. D) Una crítica a la configuración como un supuesto de desviación de poder. La necesaria concurrencia de una causa de nulidad o anulabilidad en el acto o disposición que supone la elusión del cumplimiento del pronunciamiento de la sentencia. E) Efectos de la legalidad de los actos o disposiciones que impiden la ejecución del fallo. III. EL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE LA NULIDAD MEDIANTE EL INCIDENTE DE EJECUCIÓN: A) El incidente de ejecución como vía adecuada para instar la nulidad de los actos y disposiciones que supongan una ejecución aparente. B) Iniciación del incidente previa petición de la parte recurrente o de otros sujetos afectados. C) La determinación del órgano jurisdiccional competente para conocer del incidente de ejecución. D) La aplicación supletoria de la LEC. La prueba en el incidente de ejecución. E) Recurribilidad en casación de los Autos dictados en el incidente de ejecución. IV. LAS POSIBLES CONSECUENCIAS PENALES DE LA EJECUCIÓN APARENTE: A) La articulación entre el Derecho Administrativo Sancionador y el Derecho Penal. B) La desviación de poder penal.

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