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I. Introducción. II. El incumplimiento por el contratista de sus obligaciones esenciales como causa resolutoria del contrato: 1. La cláusula general: el incumplimiento de las obligaciones esenciales: 1.1. El régimen normativo precedente. 1.2. La regla establecida por el artículo 206.g) de la LCSP. ¿Es posible la resolución al margen de lo dispuesto en el contrato y en el pliego?. 1.3. La resolución también es posible, de acuerdo con el contrato, por el incumplimiento de obligaciones no esenciales. 2. La infracción de los plazos contractuales. 3. El incumplimiento del deber de reposición de la garantía. 4. Conclusión. El diferente valor de la culpa del contratista en el régimen de la resolución del contrato. III. Los efectos de resolución: 1. Liquidación del contrato, indemnización de daños y perjuidcios e inhabilitación del contratista. 2. En particular, la indemnización de daños y perjuicios por el contratista y su conexión con la garantía prestada: 2.1. La variedad de soluciones aportadas por las normas precedentes; en especial, el TRCAP de 2000. 2.2. Indemnización de daños y perjuicios e incautación de la garantía en la Ley de Contratos del Sector Público. ¿Existe modificación del régimen jurídico precedente?: 2.2.1. La nueva regla del artículo 208.4. 2.2.2. ¿Tiene derecho el contratista a la devolución de la garantía cuando no sea necesaria para la indemnización de los daños causados?. 2.2.3. La regla particular del artículo 247.4 para el contrato de concesión de obra pública. 3. La falta de respuesta legal expresa a los supuestos de incumplimiento concurrente de la Administración. IV. Consideración final.
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS AGENTES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DE LA EDIFICACIÓN
I. LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LOE. II. ANTECEDENTES: EL ARTÍCULO 1591 DEL CC. III. LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LOE. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LOE. V. RESPONSABILIDADES Y GARANTÍAS. VI. AGENTES DE LA EDIFICACIÓN. VII. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL.
I.INTRODUCCIÓN. II. LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA. A) LESIÓN OCURRIDA EN UN CENTRO PRIVADO. B) LESIÓN OCURRIDA EN UN CENTRO PÚBLICO. C) LESIÓN OCURRIDA EN UN CENTRO CONCERTADO. III. LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN A PARTIR DEL FINAL DE PERÍODO DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA: EL CASO PARTICULAR DE LAS FACULTADES DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE.
LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL ÁMBITO SANITARIO Y LA IMPRUDENCIA MÉDICA
INTRODUCCIÓN. I. EL INCREMENTO DE LA LITIGIOSIDAD EN MATERIA SANITARIA Y LA MEDICINA DEFENSIVA. II. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA: SU CONFIGURACIÓN BÁSICA. III. EL CRITERIO DE LA LEX ARTIS. A) LA NECESIDAD DE PONER UN LÍMITE AL CARÁCTER OBJETIVO DE LA RESPONSABILIDAD. B) EL CONCEPTO DE LEX ARTIS. C) CONFIGURACIÓN DOCTRINAL DE LA LEX ARTIS. IV. IMPORTANCIA DE LA LEX ARTIS EN LA DETERMINACIÓN DE LA IMPRUDENCIA PUNIBLE. A) INTRODUCCIÓN. B) CONCEPTO JURISPRUDENCIAL DE IMPRUDENCIA. LA IMPRUDENCIA PROFESIONAL. C) CONCLUSIÓN.
LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, DERIVADA DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, EN LA JURISPRUDENCIA
1. Introducción. 2. Concepto de medio ambiente. 3. El medio ambiente en el Derecho (positivo). 3.1. Derecho estatal. 3.1.1. Etapa preconstitucional. 3.1.2. Constitución española de 1978. 3.2. Derecho comunitario. 3.2.1. Tratados constitutivos. 3.2.2. Derecho derivado. 3.2.2.1. Incorporación de España a la Comunidad Europea. 3.2.2.2. Principales reglamentos y directivas aprobadas en el ámbito de la responsabilidadd medioambiental, con alusión a las normas -vigentes- de transposición a nuestro Derecho interno. 3.2.2.2.1. Intervención administrativa. Actuaciones. 3.2.2.2.2. Ámbitos concretos de protección. 3.2.3. Otros textos. 4. Diferentes sistemas de responsabilidad y su relación con el medio ambiente. 5. Responsabilidad medioambiental en la vía penal. 5.1. Acción comunitaria europea. 5.2. Responsabilidad medioambiental derivada de los ilícitos penales. 6. Responsabilidad civil por daños medioambientales. 6.1. Responsabilidad extracontractual. Título de imputación. 6.2. Acciones de cesación basadas en las relaciones de vecindad. 7. Derecho Administrativo y daños al medio ambiente. 7.1. Reparación y Derecho Sancionador. 7.2. Responsabilidad patrimonial de la Administración. 7.3. Otros supuestos. 8. Hacia un régimen común. La Directiva 2004/35/CE y su transposición al ordenamiento jurídico español. La Ley 26/2007, de 30 de octubre. 8.1. Aspectos en los que la Ley 26/2007, de 23 de octubre, implica una "mejora" o extensión de las previsiones contenidas en la Directiva comunitaria. 8.2. Régimen común, no completo, de responsabilidad por daños ambientales. 9. Conclusiones.
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN POR LOS DAÑOS SUFRIDOS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN EL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO (A PROPÓSITO DE LA STS DE 10 DE ABRIL DE 2008)
I. El supuesto de hecho. II. La relación de causalidad entre el hecho que se imputa a la Administración y el daño producido. 1. El nexo causal es revisable en casación. 2. En el presente caso, existió un nexo causal entre la ausencia de revisiones de la ITV del vehículo policial y el accidente. III. Los daños sufridos por los funcionarios públicos con ocasión del desempeño de sus funciones se encuentran cubiertos por la normativa de clases pasivas y de seguridad social. IV. La indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial es compatible con la percepción de las pensiones -incluso extraordinarias- de clases pasivas. 1. El art. 49 de la Ley 50/1998 de modificación del art. 49.4 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado de 1987. 2. Según la sentencia comentada, ese precepto legal no es obstáculo para la percepción de indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la Administración. V. El quantum indemnizatorio. 1. Posibilidades limitadas de revisión de la cuantía indemnizatoria en un recurso de casación. 2. Aplicando esa doctrina al presente caso, el TS considera razonable el quantum indemnizatorio fijado por el Tribunal de instancia. VI. Epílogo.
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN POR LOS INFORMES MÉDICO-PSICOTÉCNICOS EMITIDOS EN CENTROS PRIVADOS. ANÁLISIS DE LA STS DE 20 DE JUNIO DE 2007
I. EL SUPUESTO DE HECHO. II. LA FIJACIÓN DE LA CUANTÍA MÍNIMA PARA RECURRIR EN CASACIÓN EN EL SUPUESTO DE QUE EXISTA MÁS DE UN RECURRENTE QUE SOLICITA SER INDEMNIZADO. III. LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD ENTRE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA Y EL DAÑO PRODUCIDO ES UNA CUESTIÓN JURÍDICA REVISABLE EN CASACIÓN. IV. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DERIVADA DE LA MUERTE DE DOS PERSONAS POR LOS DISPAROS EFECTUADOS POR UNA POLICÍA JUBILADO CUYO TRASTORNO MENTAL NO FUE DETECTADO AL CONCEDERLE LA LICENCIA DE ARMAS. V. FIJACIÓN DE LA CUANTÍA INDEMNIZATORIA. VI. EPÍLOGO.
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN POR RETRASOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. A PROPÓSITO DE LA STS DE 1 DE FEBRERO DE 2008
I. El supuesto de hecho. II. Las dilaciones procesales indebidas como supuesto típico de responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. 1. Las dilaciones indebidas en los procesos como causa más frecuente de responsabilidad por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. 2. El concepto de dilación indebida ha de determinarse en cada caso concreto. 3. Es posible pero no necesario acudir al Tribunal Constitucional para que éste declare la existencia de dilaciones indebidas. 4. Aun cuando se acuda al Tribunal Constitucional en amparo, éste declarará la existencia de dilaciones indebidas mas no concederá indemnización, la cual habrá de solicitarse en todo caso al Ministerio de Justicia. III. Los daños morales como instrumento típico de indemnización por las dilaciones indebidas de los procesos. 1. El daño moral en el Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. 2. La indemnización de los daños morales en general en nuestro sistema de responsabilidad patrimonial de la Administración. 3. La fijación de la cuantía de los daños morales en los supuestos de dilaciones procesales indebidas. IV. Los daños morales en el recurso de casación. 1. El recurso de casación contra una sentencia que denegó la indemnización por daños morales: libertad del Tribunal Supremo para proceder a su fijación. 2. El recurso de casación contra una sentencia de instancia que fijó una indemnización por daños morales aunque en cuantía inferior a la solicitada: los límites del TS para proceder a la revisión de esa cuantía. V. Epílogo.