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LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN HIDRÁULICA EN EL SUPUESTO DE INUNDACIONES

FERNÁNDEZ GARCÍA, J.F.

Revista de Administración Pública, n.º 182/2010, pág. 123 a 158

Sumario
I. Introducción. II. Supuestos en los que las víctimas no tienen el deber jurídico de soportar los daños producidos por las inundaciones. Modulaciones a esta regla: fincas situadas en zonas inundables y obligaciones de los ribereños. III. Títulos a través de los cuales cabe imputar responsabilidad a la Administración hidráulica por causa de inundaciones. IV. El deber general de actuación que pesa sobre las Confederaciones Hidrográficas en relación con la conservación de los cauces: sus límites. 1. La necesidad de que la intervención en los cauces constituya una actuación moderada y compatible con la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza. 2. La imposibilidad de realizar actuaciones de conservación al no autorizarlo otra Administración pública. 3. El traspaso de funciones a las Comunidades Autónomas en materia de obras hidráulicas relativas a encauzamientos y defensa de márgenes. V. La responsabilidad por daños derivados de la gestión de las infraestructuras hidráulicas: en especial, las operaciones de desembalse. VI. Daños por la ejecución de obras o instalaciones de titularidad de la Administración hidráulica o de terceros: 1. Supuestos de responsabilidad directa por obras. 2. Supuestos de responsabilidad indirecta por la acción de terceras personas. VII. La fuerza mayor como causa eximente de responsabilidad en el supuesto de inundaciones. VIII. Conclusiones.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR ALTERACIÓN DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA

LLEAL GRAU, MARIONA

Revista Aranzadi de Urbanismo y Edificación, n.º 19/2009, pág. 117 a 146

Sumario
I. Introducción. II. La no indemnización por ejercicio del ius variandi. III. Los requisitos legales. 1. Cambio de la ordenación territorial o urbanística o del acto o negocio de la adjudicación de dicha actividad. a) Cambio de la ordenación territorial o urbanística. b) Cambio del acto o negocio de la adjudicación de la actividad urbanística. 2. Alteración de las condiciones de ejercicio de la ejecución de la urbanización, o de las condiciones de participación de los propietarios. 3. Alteración anticipada. a) Antes de transcurrir los plazos previstos para su desarrollo. b) Inejecución del plan por causas imputables a la Administración, transcurridos los plazos para su desarrollo. IV. La indemnización por afectación a la participación o ejecución de la urbanización: artículos 25 y 26 TRLS. V. Las situaciones fuera de ordenación. VI. La modificación o extinción de los títulos administrativos habilitantes de obras y actividades. VII. La patrimonialización de los derechos. VIII. La Administración responsable. IX. Bibliografía.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA POR LA "PÉRDIDA DE LA OPORTUNIDAD". COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 7 DE JULIO DE 2008

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 9/2009, pág. 1042 a 1048

Sumario
I. La Sentencia. Responsabilidad de las Administraciones públicas. Administración sanitaria autonómica. Retraso en la aplicación del tratamiento adecuado a un buceador que tuvo un accidente de descompresión, quedándole como secuela una paraplejia que le mantiene postrado en silla de ruedas. II. Fundamentos de Derecho.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS POR LA ACTIVIDAD DE CONTRATISTAS Y CONCESIONARIOS

TORRENT RIBERT, PEDRO-JUAN

La Administración Práctica, n.º 12/2010, pág. 1181 a 1192

Sumario
Prámbulo. 1. Planteamiento de la cuestión: el "dubium iuris". 2. Teoría y jurisprudencia tradicional. 3. El artículo 198 de la Ley de Contratos del Sector Público. 3.1. El nuevo texto legal, vigente desde la LCAP del año 1995. 3.2. Modificación substancial y procedimental que supone esta nueva norma. 3.3. Jurisprudencia que aplica la nueva legislación. 3.4. Jurisprudencia que no aplica la nueva legislación. 3.5. Consideración que nos merece el nuevo texto legal. 4. Respuestas de la Administración ante los diversos procedimientos iniciados por el reclamante. 4.1. Demanda civil contra el contratista y/o su aseguradora. 4.2. Demanda civil contra el contratista y la Administración Pública. 4.3. Reclamación patrimonial por la vía administrativa. 5. Formulación del requerimiento previo regulado en el artículo 198.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. 5.1. Dudas que plantea este precepto legal. 5.2. Posible respuesta de la Administración ante el requerimiento previo. a) Pronunciamiento en el sentido de que la responsabilidad corresponde a la Administración Pública. b) Pronunciamiento en el sentido de que la responsabilidad corresponde al contratista o concesionario. c) Una posible tercera respuesta: hacer caso omiso del requerimiento y tramitar la reclamación de acuerdo con el Reglamento, en la forma tradicional.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: OBJETIVIDAD Y RELACIÓN DE CAUSALIDAD EN LA JURISPRUDENCIA RECIENTE

ARIAS MARTÍNEZ, M.ª ANTONIA

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 15/1999, pág. 407 a 443

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. EL CARÁCTER OBJETIVO DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD: 1. El supuesto del artículo 141.1 de la Ley 30/1992 tras su modificación por la Ley 4/1999. 2. Propuestas de solución ante los excesos derivados de la regulación actual de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. III. LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD EN LA JURISPRUDENCIA MÁS RECIENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO. IV. LA MATIZACIÓN DE LA EXIGENCIA DE EXCLUSIVIDAD EN LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD. 1. Concurrencia de la víctima en la causación del daño. A) La conducta de la víctima rompe el nexo causal. B) La conducta de la víctima no afecta al nexo causal. C) La intervención de la víctima da lugar a un concurso causal. 2. Concurrencia de un tercero en la causación del daño. A) La intervención de tercero exonera de responsabilidad a la Administración. B) La intervención de tercero no interfiere el nexo causal. C) La intervención de tercero determina el concurso causal. V. CONCLUSIONES.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LOS ENTES LOCALES EN MATERIA DE ORDENANZAS FISCALES

PAGÉS I GALTÉS, JOAN

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 22/2010, pág. 3207 a 3229

Sumario
I. PLANTEAMIENTO. II. EL ESTADO-LEGISLADOR Y LA ORDENANZA FISCAL. 1. Ley formal y ley material. 2. La ordenanza fiscal como ley material. 3. La ordenanza fiscal y el principio de reserva de ley. 4. Sujeto titular de la potestad reglamentaria local. 5. Ejercicio de la potestad reglamentaria local: no ejercicio y ejercicio con resultado de nulidad. A) Inactividad reglamentaria. B) Actividad reglamentaria: nulidad. b.1) Nulidad provocada por la propia ordenanza. b.1.1.) Nulidad por ilegalidad de la ordenanza. b.1.2.) Nulidad por inconstitucionalidad de la ordenanza. b.2) Nulidad provocada por la ley de cobertura. 6. Requisitos de la responsabilidad patrimonial. III. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR NULIDAD DE LA ORDENANZA FISCAL PROVOCADA POR LA PROPIA ORDENANZA. 1. Efectos de la sentencia por la que se declara la nulidad de la ordenanza fiscal. 2. Responsabilidad patrimonial versus revisión de actos. 3. Nacimiento de la responsabilidad patrimonial. A) Lesión patrimonial. B) Antijuridicidad. C) Imputabilidad. Relación de causalidad. 4. Procedimiento general para hacer efectiva la responsabilidad. A) Órganos competentes. B) Inicio. C) Actos de instrucción. D) Finalización del procedimiento. 5. Procedimiento abreviado para hacer efectiva la responsabilidad. A) Requisitos. B) Tramitación. IV. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR NULIDAD DE LA ORDENANZA FISCAL PROVOCADA POR LA LEY DE COBERTURA. 1. Cuestiones materiales. 2. Cuestiones formales. V. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR INACTIVIDAD REGLAMENTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN. 1. Cuestiones materiales. 2. Cuestiones formales. VI. CONCLUSIONES. VII. BIBLIOGRAFÍA.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR EL FUNCIONAMIENTO ANORMAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

FERNÁNDEZ FARRERES, GERMÁN

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 146/2010, pág. 265 a 290

Sumario
1. INTRODUCCIÓN. 2. LA SENTENCIA DEL PLENO DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2009, DICTADA EN EL RECURSO 585/2008. A) Los hechos. B) Fundamentación de la Sentencia. C) Los votos particulares. D) Valoración. 3. EL NUEVO APARTADO 5º DEL ARTÍCULO 139 LRJPAC. A) Una precisión sobre su gestación. B) Contenido y cuestiones pendientes de resolver. 4. CONSIDERACIONES FINALES.

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y LOS CONTRATOS DE SEGURO EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

RUIZ DÍAZ, VIDAL ENRIQUE

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 10/2009, pág. 1452 a 1457

Sumario
I. Introducción. II. La responsabilidad patrimonial en el Derecho español. III. La influencia del contrato de seguro sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. IV. El procedimiento de responsabilidad patrimonial.

LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS EN LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

MERINO MOLINS, VICENTE; CHOLBI CACHÁ, FRANCISCO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 20/2010, pág. 2946 a 2964

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y REGULACIÓN ACTUAL. 1. Antecedentes legislativos. 2. Regulación actual. III. LA INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN LA LCSP. LOS DISTINTOS CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DEL DAÑO. 1. Responsabilidad del contratista. 2. Supuestos de responsabilidad de la Administración contratante. a) Cuando los daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración. b) Daños ocasionados por vicios del proyecto elaborado por la Administración, cuando se trate de contrato de obras o de suministro de fabricación. c) Daños ocasionados por vicios del proyecto cuando es elaborado por el contratista y supervisado por la Administración. d) Imputación por culpa in vigilando. IV. PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR LA RESPONSABILIDAD. EL REQUERIMIENTO PREVIO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ART. 198.3. LCSP. 1. Requerimiento a la administración contratante e imputación directa al contratista. 2. Plazo de prescripción de la acción. V. LA EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DIRECTA Y OBJETIVA A LA ADMINISTRACIÓN POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS POR LOS CONTRATISTAS Y CONCESIONARIOS. DOCTRINA DEL CONSEJO DE ESTADO Y DEL TRIBUNAL SUPREMO. 1. Doctrina actual del Consejo de Estado sobre la exigencia de responsabilidad directa a la Administración en la ejecución de contratos. 2. Líneas jurisprudenciales del Tribunal Supremo por responsabilidad extracontractual en la ejecución de contratos administrativos. VI. CONCLUSIONES.

LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Y EL ESTILO DE DIRECCIÓN FEMENINO

GARCÍA ORDAZ, MERCEDES

Capital Humano. Integración y Desarrollo de los Recursos Humanos, n.º 229/2009, pág. 52 a 63

Sumario
1. Los estilos directivos en la empresa y la diversidad de género. 2. La Responsabilidad Social en la empresa. 3. Relaciones entre el estilo directivo femenino y la RSC. 4. Consideraciones finales.

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