Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LA CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 9/2009, pág. 1095 a 1102

Sumario
I. El supuesto de hecho de la STS de 3 de febrero de 2009. II. La inexistencia de fase probatoria en el recurso de casación. 1. La existencia de fase probatoria en el recurso de apelación. 2. La inexistencia de fase probatoria en el recurso de casación. 3. Cuando en un recurso de casación se estiman cuestiones referentes a la prueba, las mismas no se ventilan ante el TS, sino que se reponen las actuaciones para que sean practicadas ante el Tribunal de instancia. III. En el recurso de casación tampoco puede solicitarse la adopción de medidas cautelares. IV. La caducidad de los procedimientos administrativos. 1. La caducidad de los procedimientos en general. 2. La caducidad de los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados. 3. La caducidad de los procedimientos iniciados de oficio. 4. Pero ¿cuándo estamos ante un procedimiento iniciado a solicitud de los interesados o ante un procedimiento iniciado de oficio?. 5. Los efectos de la caducidad. 6. La caducidad en los procedimientos tributarios. V. Epílogo.

LA CALIDAD COMO PARÁMETRO DE ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

AGUILERA IZAGUIRRE, GUSTAVO

Actualidad Administrativa, n.º 22/2010, pág. 2695 a 2717

Sumario
I. ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA CALIDAD. 1. Calidad en la época artesanal. 2. Calidad en la época industrial. a) Etapa de inspección. b) Etapa de control estadístico de la calidad. c) Etapa de aseguramiento de la calidad. II. CONCEPTO ACTUAL DE CALIDAD. 1. Consideraciones previas. 2. ¿Qué es la calidad? 3. La calidad en la Administración Pública. 4. La calidad en los servicios públicos. III. EFICACIA Y EFICIENCIA. IV. ELEMENTOS COMUNES DE LA ADMINISTRACIÓN CON LA CALIDAD TOTAL DE LAS EMPRESAS.

LA CARRERA PROFESIONAL EN EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

CORTÉS CARRERES, JOSÉ VICENTE; JIMÉNEZ HERNADIS, JUAN

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 13/2009, pág. 1891 a 1914

Sumario
I. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES. II. LA COMISIÓN PARA EL ESTUDIO Y PREPARACIÓN DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO. III. LA CARRERA PROFESIONAL Y LA PROMOCIÓN INTERNA EN EL EBEP. A. Generalidades sobre la carrera. B. ¿Cuáles son los objetivos de la carrera y promoción profesional?. C. ¿Qué es la carrera profesional desde el punto de vista del EBEP?. D. Características de la carrera profesional. IV. MODALIDADES DE CARRERA. 1. La Carrera horizontal. 2. La Carrera vertical. 3. La promoción interna. V. LA CARRERA HORIZONTAL. 1. Características de la carrera horizontal. 1. Basada en el conocimiento experto. 2. Estructurada por grupos o subgrupos profesionales. 3. ¿Generalizable o no a todos los grupos o subgrupos?. 4. Presenta una estructura de escalera. 5. Debe existir un tiempo mínimo de permanencia en el nivel, escalón, categoría o grado. 6. Los tiempos mínimos de permanencia en el escalón deben ser asimétricos. 7. La denominación y la nomenclatura empleada para designar los tramos o escalones debería estar desligada de toda connotación de jerarquía o autoridad y debería hacer referencia a denominaciones de carácter experto que reflejaran el grado de maestría o seniority alcanzado en cada escalón. 8. El paso de un escalón a otro requiere el cumplimiento de unos requisitos. 9. Progresividad versus reversibilidad de la carrera horizontal. 10. El escalamiento debe ser retribuido. 11. ¿Deben existir cupos o limitaciones dentro de cada categoría o debidas a la capacidad presupuestaria de la organización?. VI. ELEMENTOS DE VALORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE UNA CARRERA HORIZONTAL. 1. La trayectoria y actuación profesional. 2. La calidad de los trabajos. 3. La Evaluación del Desempeño. 4. Los conocimientos adquiridos. 5. La acreditación de los conocimientos adquiridos. VII. RÉGIMEN APLICABLE EN MATERIA DE PROMOCIÓN PROFESIONAL. VIII. LA CARRERA HORIZONTAL EN EL AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN.

LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA EN EL BOE (CONSIDERACIONES SOBRE EL ARTÍCULO 2 DE LA L.O. 1/2008, POR LA QUE SE AUTORIZA LA RATIFICACIÓN POR ESPAÑA DEL TRATADO DE LISBOA)

RIPOL CARULLA, SANTIAGO

Revista de Derecho Comunitario Europeo, n.º 37/2010, pág. 845 a 864

Sumario
I. Introducción. II. El artículo 93 de la Constitución Española. III. Las Leyes Orgánicas de autorización de la ratificación de los Tratados Internacionales de Integración. IV. El artículo 2 LO 1/2008: un artículo sin precedentes. V. El artículo 2 LO 1/2008: contenido y valoración. VI. A modo de conclusión: el artículo 2 LO 1/2008 como defecto de técnica legislativa.

LA CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA EN UNA PERSPECTIVA COMPARADA. TÉCNICAS DE CODIFICACIÓN Y CLÁUSULAS DE INTERPRETACIÓN

ROLLA, GIANCARLO

Revista de Derecho Constitucional Europeo, n.º 11/2009, pág. 135 a 163

Sumario
1. Algunas características de las recientes codificaciones constitucionales en materia de derechos fundamentales. 2. La naturaleza federal del proceso de codificación de los derechos fundamentales. 3. Técnicas de clasificación de los derechos fundamentales. 4. Los derechos de las minorías nacionales y étnicas. 5. La especificación de los derechos como técnica de codificación. 6. Cláusulas de integración entre ordenamientos constitucionales. 7. Cláusulas que favorecen la limitación y la suspensión de los derechos fundamentales. 8. Cláusulas tendentes a favorecer el equilibrio entre derechos constitucionales.

LA CARTA EUROPEA DE LA AUTONOMÍA LOCAL EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

BANDRÉS, JOSÉ MANUEL

Cuadernos de Derecho Local, n.º 20/2009, pág. 7 a 22

Sumario
1. Introducción. La consagración del principio de autonomía local en el ámbito europeo: la Carta Europea de la Autonomía de 15 de octubre de 1985. 2. El valor de la Carta Europea de la Autonomía local en el ordenamiento jurídico interno. 3. La proyección aplicativa e interpretativa de la Carta Europea de la Autonomía Local en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. 3.1. Autonomía local y derecho de los vecinos a ser consultados sobre asuntos públicos de la competencia propia de los municipios. 3.2. La autonomía local y la potestad reglamentaria medioambiental de las entidades locales. 3.3. La protección de los límites territoriales de las entidades locales. 4. Epílogo. El reforzamiento de la protección jurisdiccional de la Carta Europea de la Autonomía Local. Bibliografía.

LA CELEBRACIÓN DE CONSULTAS POPULARES CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN INICIAL DE UN PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

GARCÍA, MARÍA JESÚS

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 249/2009, pág. 43 a 76

Sumario
1. Las consultas populares y el principio de participación en la Constitución. 2. ¿Consultas populares sobre la aprobación inicial de Planes Generales de Ordenación Urbana?. A. Competencias municipales en el procedimiento de elaboración del Plan General de Ordenación Urbana. Competencias propias y competencias exclusivas. B. El Planeamiento Urbanístico Municipal como asunto de interés local. C. Otros requisitos de las consultas populares. El interés de los vecinos en la ordenación municipal. 3. La consulta popular como forma de participación ciudadana en la elaboración del planeamiento. A. Las consultas populares no son una modalidad de referéndum de ámbito local, sino una manifestación de la democracia participativa. B. Las consultas populares como mecanismo complementario de participación ciudadana en el procedimiento de elaboración del planeamiento urbanístico. 4. La autorización del gobierno como requisito de validez de la consulta. Naturaleza jurídica.

LA CELEBRACIÓN DE CONSULTAS POPULARES CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN INICIAL DE UN PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

JESÚS GARCÍA, MARÍA

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 256/2010, pág. 39 a 70

Sumario
I. LAS CONSULTAS POPULARES Y EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN. II. ¿CONSULTAS POPULARES SOBRE LA APROBACIÓN INICIAL DE PLANES GENERALES DE ORDENACIÓN URBANA? A) Competencias municipales en el procedimiento de elaboración del Plan General de Ordenación Urbana. Competencias propias y competencias exclusivas. B) El planeamiento urbanístico municipal como asunto de interés local. C) Otros requisitos de las consultas populares. El interés de los vecinos en la Ordenación Municipal. III. LA CONSULTA POPULAR COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA ELABORACIÓN DEL PLANEAMIENTO. A) Las consultas populares no son una modalidad de referéndum de ámbito local, sino una manifestación de la democracia participativa. B) Las consultas populares como mecanismo complementario de participación ciudadana en el procedimiento de elaboración del planeamiento urbanístico. IV. LA AUTORIZACIÓN DEL GOBIERNO COMO REQUISITO DE VALIDEZ DE LA CONSULTA. NATURALEZA JURÍDICA.

LA CELEBRACIÓN DE CONSULTAS POPULARES LOCALES A PETICIÓN DE LOS VECINOS

GARCÍA GARCÍA, M.ª JESÚS

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 83/2009, pág. 45 a 90

Sumario
I. La formulación del principio constitucional de participación de los ciudadanos y las consultas populares. II. Participación democrática y consultas populares: 1. El derecho fundamental a participar en los asuntos públicos y las consultas populares; 2. Las consultas populares como manifestación de la democracia participativa. III. Delimitación de competencias sobre las consultas populares. IV. La configuración legal de las consultas populares. V. La naturaleza jurídica de las consultas populares promovidas a iniciativa vecinal: 1. La solicitud de consultas populares como derecho subjetivo de los vecinos; 2. Distinción del derecho de petición. VI. El ámbito subjetivo de las consultas populares: 1. El ejercicio del derecho de petición de consultas populares: 2. Legitimación para participar en la consulta. VII. El objeto de las consultas populares y sus requisitos: 1. El objeto de las consultas populares: requisitos materiales y competenciales; 2. El objeto de las consultas populares desde un punto de vista formal. VIII. El procedimiento de las consultas populares: 1. Los acuerdos de la Administración local sobre iniciación y celebración de la consulta popular; 2. La autorización del Gobierno como requisito de validez de la consulta; 3. Convocatoria de la consulta y celebración de la misma. IX. Los efectos de la consulta popular.

LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO URBANO EN EL CONTEXTO URBANÍSTICO ACTUAL DE REGENERACIÓN DE LA CIUDAD

GUERRERO MANSO, M.ª DEL CARMEN DE

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 37/2010, pág. 139 a 183

Sumario
I. Introducción. II. La evolución de la técnica de la clasificación del suelo en las normas urbanísticas estatales con especial referencia a la regulación del suelo urbano. III. El carácter necesario y alternativo de las hipótesis básicas que configuran el suelo urbano. IV. Criterios generales de los supuestos del suelo urbano: 1. Un requisito esencial: la integración del terreno en la malla o trama urbana. 2. El requisito formal impuesto por la legislación autonómica: la inclusión del suelo urbano en un instrumento de planeamiento. 3. La carga de la prueba de los supuestos exigidos para clasificar el suelo como urbano. 4. Un hecho jurídicamente constatado: la tendencia reductora del suelo urbano. V. A modo de conclusión. VI. Bibliografía.

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