Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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DIRECTIVA DE SERVICIOS. MANUAL DE EVALUACIÓN PARA LAS ENTIDADES LOCALES

DE BENITO LANGA, JULIA

La Administración Práctica, n.º 6/2009, pág. 565 a 568

Sumario
1. Planteamiento. 2. Proceso de integración de la Directiva de servicios a la normativa de las Entidades locales. 2.1. Normativa local (ordenanzas, reglamentos etc). 2.2. Servicios excluidos del análisis de la normativa local. 2.3. Quedan incluídas del análisis de la normativa local. 4. En caso de que no quede muy claro si la normativa es susceptible de ser contenida en el proceso de evaluación, ésta deberá incluirse. 5. Criterio de la modificación de la norma local debe realizarse de acuerdo con la ley estatal o autonómica. 6. Prioridad, en caso de controversia, entre la Directiva o el Proyecto de Ley a aplicar la tiene la Directiva (artículo 3 de la DS). 3. Régimen de autorizaciones y silencio administrativo positivo. 4. Los requisitos exigidos por las Entidades locales para la prestación de un servicio. 5. Ventanilla única.

DIRITTI E DOVERI DEI CITTADINI

GRASSO, GIORGIO

Quaderni Regionali. Rivista Trimestrale di Studi e Documentazione, n.º 2/2008, pág. 485 a 500

DISCIPLINA URBANÍSTICA. RESOLUCIONES JURISPRUDENCIALES RELEVANTES EN EL AÑO 2007

VALCÁRCEL FERNÁNDEZ, PATRICIA; PÉREZ RAMOS, CARLOS

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 246/2008, pág. 63 a 94

Sumario
I. Introducción. II. Distinción entre las diversas medidas incluidas en la disciplina urbanística. III. Suspensión de los efectos de las licencias presuntamente ilegales que amparan obras en curso de ejecución. IV. Cuestiones competenciales: subrogación de las CCAA en el ejercicio de la competencia municipal de ordenar la demolición de las obras ejecutadas sin licencia u orden de ejecución. V. Sobre la legalización de las obras. El requerimiento de legalización. VI. La demolición de lo no legalizable como medida característica en el marco de la restauración de la legalidad urbanística. VII. Cuestiones sobre prescripción y caducidad en materia de disciplina urbanística. VIII. Relación de Sentencias.

DISCIPLINA URBANÍSTICA. UNA VISIÓN DESDE EL DERECHO URBANÍSTICO SANCIONADOR DE CATALUÑA

TÁBOAS BENTANACHS, MANUEL

Cuadernos de Derecho Local, n.º 19/2009, pág. 126 a 165

Sumario
1. PLANTEAMIENTO GENERAL EN DERECHO URBANÍSTICO. 2. LA PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y LOS ACTOS CONTRARIOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO URBANÍSTICO. 3. DISPOSICIONES GENERALES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR URBANÍSTICO DESDE LA PERSPECTIVA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO URBANÍSTICO. 3.1. Concurrencia con el ilícito penal. 3.2. La protección de la legalidad urbanística en caso de obras o actuaciones amparadas en licencia u orden de ejecución. 3.3. Intervención de las administraciones y de los particulares. 3.4. Inspección urbanística. 3.5. Actuaciones previas. 3.6. Procedimiento administrativo sancionador ordinario y abreviado. 3.7. Medidas cautelares. 3.8. Colaboración con el Registro de la Propiedad. 3.9. Caducidad del procedimiento administrativo. 4. LAS INFRACCIONES URBANÍSTICAS. 4.1. Los actos de edificación contrarios al ordenamiento jurídico urbanístico. 4.2. Los actos de parcelación urbanística, de urbanización, de uso del suelo y el subsuelo contrarios al ordenamiento jurídico urbanístico. 4.3. La vulneración en cualquier clase de suelo de los parámetros imperativos establecidos por el planeamiento urbanístico relativos a densidad de viviendas, número de establecimientos, techo, altura, volumen, situación de las edificaciones y ocupación permitida de la superficie de las fincas o las parcelas. 4.4. La división o segregación de terrenos. 4.5. Talas o el abatimiento de árboles. 4.6. Incumplimiento del deber de conservación de terrenos, urbanizaciones, edificaciones, rótulos e instalaciones en general. 4.7. Infracción grave: operaciones que tengan por objeto la constitución de elementos susceptibles de aprovechamiento independiente. 4.8. Otras infracciones leves. 4.9. Especial consideración de la legalización efectiva. 4.10. Especial consideración de la restauración voluntaria de la realidad física o jurídica alterada. 5. PERSONAS RESPONSABLES A LOS EFECTOS DEL RÉGIMEN SANCIONADOR URBANÍSTICO. 6. LAS SANCIONES URBANÍSTICAS. SU PERCEPCIÓN Y DESTINO. 7. LA GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES. 7.1. Circunstancias que agraven la responsabilidad. 7.2. Circunstancias que atenúan la responsabilidad. 7.3. Circunstancias que agravan o atenúan la responsabilidad. 7.4. La sanción que debe alcanzar la cuantía del beneficio obtenido. 8. LAS INFRACCIONES CONEXAS. 9. LA EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES URBANÍSTICAS. 10. PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES URBANÍSTICAS.

DISCRECIONALIDAD Y TARIFA ELÉCTRICA. LOS RETOS JURÍDICOS DEL DÉFICIT TARIFARIO

BETANCOR, ANDRÉS

Revista de Administración Pública, n.º 177/2008, pág. 71 a 117

Sumario
I. La tarifa eléctrica. II. ¿Reglamento o acto administrativo?. Naturaleza jurídica del acto de fijación de la tarifa. III. La tarifa que debería ser: la tarifa suficiente y el cálculo prospectivo en el que se basa. IV. La tarifa como derecho: el derecho a percibir la tarifa suficiente. V. El déficit tarifario. VI. Déficit tarifario. La Doctrina jurisprudencial sobre la suficiencia de la tarifa. VII. Déficit ex ante. VIII. Los retos jurídicos del déficit tarifario: concepto jurídico indeterminado, desviación de poder y prestación patrimonial de carácter público. 1. Concepto jurídico indeterminado y desviación de poder. 2. Imposición de una prestación patrimonial pública. IX. Conclusiones. X. Nota bibliográfica.

DISPONIBILIDAD DE AGUA Y NUEVOS DESARROLLOS URBANÍSTICOS

AGUDO GONZÁLEZ, JORGE

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 45/2009, pág. 23 a 72

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y POLÍTICA HIDRÁULICA: UNA RELACIÓN SERVICIAL MAL ENTENDIDA QUE HA FOMENTADO LA PRIMACÍA DEL URBANISMO. II. POLÍTICAS DEL SUELO Y POLÍTICA HIDRÁULICA: PREVALENCIA Y COORDINACIÓN. TRASCENDENCIA EN MATERIA DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA. A) La imprescindible coordinación entre las políticas del suelo y la política hidráulica y su traslado al ámbito de la planificación hidrológica. B) Intento de explicación del protagonismo del urbanismo en la normativa sobre planificación hidrológica. Críticas. III. NUEVOS DESARROLLOS URBANÍSTICOS Y GESTIÓN HÍDRICA. A) Ordenación del territorio, urbanismo y gestión hídrica: análisis de la competencia prevalente. B) Mecanismos ordinarios de articulación de las competencias estatales y autonómicas en relación con la garantía de disponibilidad de agua en nuevos desarrollos urbanísticos. a) El informe sobre disponibilidad de recursos del artículo 25.4 del TRLA. a') El tratamiento otorgado por la legislación de aguas estatal no permite garantizar la prevalencia de la competencia estatal en materia de gestión hídrica en situaciones de conflicto. a'') La eficacia otorgada al informe no evita su separación motivada. b'') El carácter desfavorable del silencio informador de la Administración hidráulica. c'') Desarrollo reglamentario, aplicación del informe, preceptividad y plazos. d'') El contenido del informe. b') El tratamiento del informe en la legislación sectorial estatal y autonómica. a'') El intento de solución en la nueva legislación estatal de suelo. b'') La relación del informe previsto en el artículo 25.4 del TRLA y su relación con otros informes vinculantes. c') Algunos intentos de devaluación adicional de la eficacia y transcendencia del informe en la legislación autonómica. d') Análisis de la eficacia real del informe del organismo de cuenca en situaciones de conflicto. e') Planteamiento de propuestas y conclusiones en torno al informe del organismo de cuenca. a'') El informe, incluso vinculante, como técnica jurídica de coordinación interadministrativa para el ejercicio de comptencias concurrentes. b'') Análisis de la eficacia de los informes estatales objeto de la doctrina constitucional y reflexiones sobre su previsión en la legislación de aguas. b) Otras previsiones que contribuyen a considerar que las decisiones urbanísticas prevalecen sobre las mantenidas en materia de gestión hídrica. a') La prioridad absoluta y sobredimensionada del uso de abastecimiento de población. b) El procedimiento para el otorgamiento de concesiones de abastecimiento. c) La expropiación de aprovechamiento a favor de usos preferentes. IV. CONCLUSIÓN.

DISPOSICIONES NORMATIVAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL AÑO 2010

MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, JOSÉ MANUEL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2011, pág. 283 a 295

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE SE HAN DICTADO EN EL AÑO 2010. 1. Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo. 2. Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras. 2.1. Régimen de invalidez de los contratos. 2.2. Recursos y reclamaciones. 2.3. Adjudicación única y perfección del contrato con la formalización. 3. Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España. 4. Morosidad e interés de demora. 4.1. Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. 4.2. Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (Refundición) 2009/0054 (COD). 4.3. Resolución de 30 de junio de 2010, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2010. 5. Revisión de precios. Índices. 6. Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado. 7. Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. 8. Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de marzo de 2010, sobre la responsabilidad social de las empresas de subcontratación en las cadenas de producción [2008/2249 (INI) DOUE de 6 de mayo de 2010]. 9. Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril de 2010 sobre medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo. 10. Real Decreto Ley 5/2010, de 31 de marzo, por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal. 11. Reserva de contratos en empresas de inserción sociolaboral y a entidades sin ánimo de lucro que tengan como finalidad la integración laboral o social de personas con riesgo de exclusión social, y a centros especiales de trabajo. 12. Seguridad y salud en el trabajo y subcontratación. 13. Mesas de contratación: composición. 14. Publicación de anuncios en el DOUE. 15. Umbrales de contratación. III. DISPOSICIONES NORMATIVAS EN TRAMITACIÓN. 1. Proyecto de Ley de Economía Sostenible. 2. Anteproyecto de Real Decreto por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de los contratos de suministros de fabricación de las Administraciones Públicas. 3. Financiación concesiones. IV. CONCLUSIÓN.

DISTINCIÓN ENTRE DEVOLUCIÓN DE EXTRANJEROS Y SANCIÓN DE EXPULSIÓN. NECESIDAD DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. COMENTARIO A LA STSJ ANDALUCÍA DE 28 DE MARZO DE 2008

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 1/2009, pág. 43 a 48

Sumario
I. La Sentencia. II. Fundamentos de Derecho.

DOCTRINA DE LA SALA DE JUSTICIA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CONTABLE EN EL ÁMBITO LOCAL

GUTIÉRREZ GARCÍA, CONCEPCIÓN

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 132/2010, pág. 278 a 308

Sumario
I. Introducción. II. Concepto de responsabilidad contable. III. Compatibilidad de la jurisdicción contable y la penal. IV. Legitimación en los procedimientos contables. 1. Legitimación Activa. a) Legitimación de la Administración o entidad pública perjudicada. b) El Ministerio Fiscal. c) La acción pública. V. Legitimación pasiva. Especial referencia al litisconsorcio pasivo necesario. VI. Diligencia exigible al gestor de fondos públicos. VII. Supuestos de responsabilidad contable. 1. Gastos de representación. 2. Pago de retribuciones. 3. Dación en pago. 4. Prestación de servicios sin causa. 5. Nueva relación de puestos de trabajo. 6. Subvenciones.

DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD A LA TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS. COMENTARIO A LA STC (SALA 1.ª) 81/2009 DE 23 DE MARZO DE 2009

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 21/2009, pág. 2554 a 2559

Sumario
I. LA SENTENCIA. Deportes. Régimen sancionador. Inconstitucionalidad del artículo 69.3 c) de la Ley 10/1990, del deporte. Principio de legalidad sancionadora. Vulneración. Tipificación de la infracción por remisión legislativa. El referido artículo tipifica las infracciones leves con una mera remisión a las prescripciones reglamentarias que no estén incluidas en los apartados anteriores del mismo artículo, esto es, las infracciones muy graves y graves. De esta manera, no concurren los elementos esenciales de la conducta antijurídica, lo que permite una regulación reglamentaria independiente, no sometida, siquiera en sus líneas fundamentales, a la voluntad de los representantes de los ciudadanos, en degradación de "la garantía esencial que el principio de reserva de ley entraña". II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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