Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LÍMITES A LA REVISIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS Y ALCANCE DE LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS (COMENTARIO A LA STSJ EXTREMADURA DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010)

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 13/2011, pág. 1648 a 1652

Sumario
I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Planeamiento urbanístico. Normas Complementarias y Subsidiarias. Nulidad de pleno derecho de la aprobación definitiva de revisión de Normas Subsidiarias de planeamiento municipal. Los terrenos que tenían la clasificación de urbanos pasan a integrarse en una Unidad en la que se integran terrenos que no tenían esa clasificación, alterando la regla básica de la planificación y de todo el Derecho Urbanístico, de la justa distribución de cargas y beneficios. La falta de motivación obliga a considerar arbitraria la delimitación de la nueva Unidad, máxime cuando ello se hace tras la aprobación inicial de la revisión, lo que obligaba a un plus de motivación. La discrecionalidad del planficador exige una cuidada motivación de las opciones elegidas entre las probables para evitar incurrir en arbitrariedad. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

LÍMITES AL ARRASTRE O BANKING DE UNIDADES DE KIOTO Y DERECHOS DE EMISIÓN

SERRANO PAREDES, OLGA

Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n.º 20/2011, pág. 99 a 115

Sumario
1. INTRODUCCIÓN. 2. CUESTIONES PREVIAS. 2.1. Conceptos: unidades de Kioto y derechos de emisión. 2.2. El PK y el mercado comunitario de derechos de emisión. 2.2.1. La conversión de UCA en derechos de emisión, y de UCA y UDA en URE. 2.2.2. La utilización de RCE y URE en el mercado comunitario. 3. EL ARRASTRE DE UNIDADES DE KIOTO EN EL MARCO DEL MERCADO INTERNACIONAL. 4. EL ARRASTRE EN EL MERCADO COMUNITARIO. 4.1. Derechos de emisión. 4.1.1. El régimen anterior: del periodo 2005-2008 al período 2008-2012. 4.1.2. El arrastre o banking de derechos de emisión al post-Kioto. 4.2. El arrastre o banking de RCE y URE: su intercambio por derechos de emisión.

LÍMITES AL EJERCICIO DEL DERECHO DE REUNIÓN EN SU VERTIENTE DE MANIFESTACIÓN EN LUGARES PÚBLICOS. COMENTARIO A LA STSJ ILLES BALEARS DE 28 DE ENERO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 16/2011, pág. 2045 a 2050

Sumario
I. LA SENTENCIA. Derecho de reunión. Manifestaciones públicas. Vulneración del derecho fundamental por la resolución de la Delegación del Gobierno de les Illes Balears que procedió a cambiar el itinerario fijado para una manifestación organizada por un sindicato con ocasión de la fiesta del trabajo. Tutela Judicial Efectiva. Vulneración. Extemporaneidad en la contestación dada por la Administración que hizo que deviniera inefectiva e ilusoria la posibilidad de utilizar contra ella el procedimiento especial para la protección del derecho de reunión. Indemnización por daño moral. Improcedencia. La incorrecta actuación administrativa no produce per se el automatismo del nacimiento de un dolor moral en el recurrente... II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

LÍMITES POLÍTICOS Y NORMATIVOS DE LA INTEGRACIÓN POR ENTREGAS. POR QUÉ HAY QUE PENSAR DE NUEVO EL PROYECTO EUROPEO TRAS LA CRISIS DE LA UNIÓN MONETARIA

MAJONE, GIANDOMENICO

El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, n.º 29/2012, pág. 38 a 53

Sumario
I. Introducción: Thesmos contra nomos. II. Los límites del neofuncionalismo. III. El método comunitario y la transacción entre integración y democracia. IV. La disociación entre política y economía. V. Hayek y los límites distributivos a la integración. VI. Políticamente independientes pero socialmente ancladas: las instituciones no mayoritarias en una democracia. VII. Independientes y desancladas: las instituciones no mayoritarias en la UE. VIII. Cómo replantearse el proyecto europeo. Bibliografía.

LÍNEA DE CRÉDITO PARA LA CANCELACIÓN DE DEUDAS DE ENTIDADES LOCALES CON EMPRESAS Y AUTÓNOMOS PREVISTA EN EL REAL DECRETO-LEY 8/2011, DE 1 DE JULIO: LA TRASLACIÓN DE UN PROBLEMA

FUEYO BROS, MANUEL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 15/2011, pág. 1910 a 1915

LÍNEAS GENERALES DEL ANTEPROYECTO DE LA NUEVA LEY DE EMPLEO PÚBLICO DE ARAGÓN

RECIO SÁEZ DE GUINOA, JOSÉ MARÍA; FERNÁNDEZ-CABALLERO LAMANA, LUIS

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 12 Monografía/2011, pág. 65 a 95

Sumario
I. Introducción. II. Proceso de elaboración. III. Un nuevo modelo común, global, completo y sistemático del empleo público aragonés. IV. Un nuevo sistema de coordinación y cooperación interadministrativa. V. La renovación de la estructura de la función pública. VI. Mejora de las herramientas de selección de personal y provisión de puestos y garantía de los principios de acceso al empleo público. VII. Actualización de la visión estratégica de la gestión de los recursos humanos. VIII. Conformación de un nivel de dirección pública profesional. IX. Autonomía local y reforma del empleo público. X. Sistematización de un Estatuto de Derechos para los empleados públicos. XI. Hacia un modelo de ética postconvencional para los empleados públicos. XII. Conclusiones.

LIQUIDACIÓN DE LA PIE DE 2009 DE LAS ENTIDADES LOCALES

Carta Local, n.º 239/2011, pág. 28 a 29

Sumario
Normativa aplicable.

LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS. DETERMINACIÓN DEL "DIES A QUO" DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA. COMENTARIO A LA STSJ CANARIAS DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2010

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 12/2011, pág. 1507 a 1510

Sumario
I. LA SENTENCIA. Prescripción. Del derecho a determinar la deuda tributaria. Cómputo de plazos. Determinación del dies a quo. No procede la exención por cuanto el bien objeto de la misma no reúne las condiciones para ser considerado un bien de inversión, es decir, el incumplimiento de los requisitos legales se produce desde el mismo momento en que se adquiere el bien no apto para acoger la exención y, consecuentemente desde el momento en que se presentó la declaración del ITP como exenta la Administración podía ejercitar su derecho liquidatorio y exigir el pago de la deuda y, por tanto, en ese momento comenzó a correr el plazo de prescripción. Al haberse prolongado más allá de los 4 años se encontraba consumada. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

LO QUE IMPORTA SOBRE LOS PRINCIPIOS

ATRIA, FERNANDO

El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, n.º 25/2012, pág. 72 a 83

Sumario
I. El sentido de la distinción entre reglas y principios. II. Reglas y principios: una distinción errada aunque importante en su momento. III. La discreción en sentido débil. IV. Principios y neoconstitucionalismo. V. La lectura moral de la Constitución. VI. Interpretación constitucional y convicción personal. VII. Conclusión: ¿la lectura moral del derecho?

LOS 30 DÍAS DE "VACACIONES" PARA LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS TRIBUTARIAS

CUBERO TRUYO, ANTONIO

Actualidad Jurídica Aranzadi, n.º 841/2012, pág. 7

Sumario
1. Los 30 días se conceden en su totalidad a los sujetos que entren a formar parte del régimen a lo largo del año natural. 2. Este periodo que hemos llamado "vacacional" sólo lo es a los efectos de las notificaciones que pudieran haberse planteado en el mismo.

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