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LA DOCTRINA BRITÁNICA Y EL CONTROL JUDICIAL DE LAS LEYES. POR UNA "TEORÍA CUÁNTICA" DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

LAFUENTE, JOSEP MARIA

Revista de Derecho Político, n.º 71/2008, pág. 255 a 307

Sumario
1. El principio de la Parliamentary Supremacy y el Judicial Review. 2. El debate doctrinal británico sobre el control judicial de la legalidad. 2.1. La Doctrina del ultra vires. 2.2. La Doctrina del common law. 3. La inserción de la Doctrina británica en la continental. 4. Una característica común a la norma constitucional escrita y no escrita: su ambigüedad.

LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

GALLEGO CÓRCOLES, ISABEL

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 71/2008, pág. 38 a 49

Sumario
1. INTRODUCCIÓN. 2. ÁMBITO DE ANÁLISIS. 3. CRITERIOS DETERMINANTES DE LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS. 4. NECESIDAD DE QUE LA PRÓRROGA ESTÉ PREFIJADA. 5. CARÁCTER UNILATERAL DE LAS PRÓRROGAS. 6. PROHIBICIÓN DE PRÓRROGAS TÁCITAS. 7. CUADRO DE SENTENCIAS ESTUDIADAS.

LA DURÉE DE L'ASSURANCE CONSTRUCTION

GRYNBAUM, LUC

Droit et Ville, n.º 63/2007, pág. 149 a 156

Sumario
I. LE POINT DE DÉPART DE LA GARANTIE. A. LE POINT DE DÉPART DE LA DOMMAGES OUVRAGE. B. LE POINT DE DÉPART DE L'ASSURANCE DE RESPONSABILITÉ DÉCENNALE. II. LA RÉALISATION DU SINISTRE PENDANT LA GARANTIE. A. LE DÉCLENCHEMENT DE LA GARANTIE PENDANT LA VIE DU CONTRAT. B. LA GARANTIE AU-DELÀ DU DÉLAI DE DIX ANS.

LA E-FACTURA, NECESARIA AL CONTRATAR CON EL ESTADO

REDACCIÓN DE PUBLICACIONES DERECHO ADMINISTRATIVO. LA LEY

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 75/2008, pág. 63 a 65

Sumario
1. Facturación electrónica en el ámbito de la contratación administrativa. 2. Facturación electrónica en el sector privado. a) La medida a implantar.

LA EDIL OPOSITORA

ALCÓN ZARAGOZA, LUCAS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2007, pág. 3141 a 3142

LA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. REFLEXIONES JURÍDICAS

EMBID IRUJO, ANTONIO

Revista Española de Derecho Constitucional, n.º 83/2008, pág. 11 a 56

Sumario
I. Introducción. II. Los orígenes y causas de la introducción por la Ley Orgánica de Educación (LOE) de la educación para la ciudadanía como área o materia. III. Los caracteres de la educación para la ciudadanía en la Ley Orgánica de Educación y en sus normas de desarrollo. IV. La discusión de índole constitucional establecida en torno a la asignatura educación para la ciudadanía. V. La ética en el Land de Berlín. El Auto del Tribunal Constitucional Federal Alemán de 15 de marzo de 2007. El absoluto paralelismo con la situación española. VI. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de los derechos educativos de los padres. Referencia especial a las últimas aportaciones (2007). VII. Notas finales.

LA EFICACIA DE LAS GARANTÍAS REALES TRAS LA LGT-2003 Y RGR-2005. COORDINACIÓN EN LA EJECUCIÓN (I)

LAGO MONTERO, JOSÉ MARÍA

Nueva Fiscalidad, n.º 2/2008, pág. 9 a 75

Sumario
I. Objeto del trabajo: análisis de problemas de coordinación tras la LGT.- 2003 y RGR-2005 en materia de eficacia y ejecución de garantías reales. Las garantías reales como respuesta a la insuficiencia de la responsabilidad patrimonial universal, de la potestad ejecutiva y de la prelación para el cobro en la tutela del crédito tributario. II. La mejora en la sistematización de prestaciones y sujetos de las obligaciones y deberes tributarios. Lagunas en el catálogo: garantías y garantes. La ausencia del garante real. El difícil concepto de relación jurídica compleja. Insuficiencia de las reformas respecto del contribuyente, el sucesor y el deudor solidario. III. Las relaciones entre garantías personales y reales. La precedencia del avalista y del responsable solidario respecto del garante real. Falta de fijación del daño con culpa como requisito para la declaración de responsabilidad. La inapropiada denominación de responsable "solidario". Inconcreción en cuanto al alcance de la responsabilidad por prestaciones accesorias. La confusión responsable-garante y responsable-infractor. La afección real de bienes al pago de tributos como erróneo supuesto de responsabilidad subsidiaria. La suceción en la titularidad de explotaciones económicas como acertado supuesto de responsabilidad. IV. Falta de uniformidad en el tratamiento de las garantías reales del crédito tributario. Necesaria diferenciación entre bienes dentro y fuera del patrimonio del deudor. La descoordinación con la legislación concursal. Las incertidumbres en cuanto al procedimiento a seguir por la Administración tributaria en caso de concurso. V. Defectos de redacción y operatividad en el artículo 77 LGT-2003. La conjunción con la responsabilidad patrimonial universal y la potestad ejecutiva de la Administración tributaria. Prelación relativa de ámbito oscuro, no esclarecido por las reformas recientes, del derecho de prelación general o privilegio general sobre bienes muebles e inmuebles del artículo 71 LGT-1963. El polémico papel de la anotación preventiva de embargo. El diluido carácter real de esta garantía: no confiere al crédito el carácter de especialmente privilegiado en caso de concurso, que sí tendría de haberse practicado embargo ejecutivo por la hacienda pública con anterioridad a la declaración de concurso. VI. La hipoteca legal tácita, ¿"superada" por la afección de bienes al pago del I.B.I.? del privilegio o prelación especial sobre bienes muebles e inmuebles del artículo 73 LGT-1963 Y 78 LGT-2003, al artículo 76 LHL-1988 y 64 TRLHL-2004. El crédito especialmente privilegiado en caso de concurso de manera indubitada.

LA EFICACIA VERTICAL DE LA JURISPRUDENCIA COMUNITARIA Y LAS COMPETENCIAS FISCALES DE LA UE. (A PROPÓSITO DE LA RESOLUCIÓN DEL TEAC DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2006)

CAAMAÑO ANIDO, MIGUEL A.

La Ley Unión Europea, n.º 282/2008, pág. 5 a 14

Sumario
I. Introducción. II. La eficacia vertical de la jurisprudencia del TJCE. 1. Eficacia en el tiempo. 2. Tutela efectiva y Derecho comunitario. 3. Medidas provisionales y jurisprudencia comunitaria. 4. Responsabilidad del Estado por infracción del Derecho comunitario. 5. La sentencia interpretativa dictada por el Tribunal de Justicia vincula a la jurisdicción nacional que sometió a consulta la cuestión. 6. Dicha sentencia vincula también a cuantas otras jurisdicciones se ocupan del litigio que la motivó. 7. Para que resulte lícito apartarse de doctrina del TJCE, tanto los órganos jurisdiccionales nacionales como, en su caso, también los administrativos (TEAR, TEAC), deben plantear una nueva cuestión prejudicial a fin de habilitar un cambio de criterio jurisprudencial del TJCE. 8. La línea intepretativa vincula a todo órgano jurisdiccional o administrativo que se ocupa de supuestos idénticos o análogos resueltos por una sentencia del TJCE. 9. Las sentencias del TJCE expresan una interpretación de una norma en abstracto, no circunscrita al caso, sino dotada de validez general. III. Competencias normativas comunitarias e impuestos directos.

LA EJECUCIÓN DE LAS TASACIONES DE COSTAS Y LAS JURAS DE CUENTAS EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

PÉREZ ALONSO, JORGE

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 7/2008, pág. 1309 a 1318

Sumario
I. Planteamiento general. 1) Primera instancia. 2) Sucesivas instancias o grados. II. Plazo de espera: diez/veinte días. III. Procedimiento a seguir: demanda ejecutiva y aplicación de la LEC. 1) Auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 11 de febrero de 2002. 2) Auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 19 de enero de 2004. 3) Auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 12 de abril de 2004. 4) Auto de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 8 de marzo de 2005. 5) Auto de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 25 de octubre de 2005. 6) Auto de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 13 de febrero de 2006. 7) Auto de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 13 de febrero de 2006. 8) Auto de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 25 de septiembre de 2007. IV. Conclusión.

LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE URBANISMO: REPASO AL ESTADO DE LAS COSAS Y ALGUNA PROPUESTA

SÁMANO BUENO, PABLO

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 238/2007, pág. 149 a 216

Sumario
INTRODUCCIÓN. 1. DEL TITULAR DE LA POTESTAD DE EJECUCIÓN. 2. DE LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN SUS ESTRICTOS TÉRMINOS. 3. DE LA NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA. 4. DE LA IMPOSIBILIDAD DE EJECUTAR LA SENTENCIA. 5. DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS. 6. DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS. 7. DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS TENDENTES A EJECUTAR LA DEMOLICIÓN. 8. DE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA LA ENTRADA EN DOMICILIO. 9. DEL CORTE DE SUMINISTROS. 10. DE LAS MEDIDAS JUDICIALES CONMINATORIAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA. 11. UNAS MODESTAS PROPUESTAS PARA LA REFLEXIÓN.

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