Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LAS RESERVAS DE SUELO. COMENTARIOS A LA STSJ ANDALUCÍA, SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, 26 DE FEBRERO 2008

REINOSO CARRIEDO, ANTONIO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2865 a 2870

Sumario
I. Introducción. II. Objetivos de las reservas. III. Efectos. IV. Incorporación al proceso urbanizador de los terrenos objeto de reserva para los PPS.

LAS RESTRICCIONES AL CRÉDITO A LARGO PLAZO DEL ARTÍCULO 14 DEL RD 8/2009, REPERCUSIONES Y ALTERNATIVAS

DE BENITO ARAMBURU, JOSÉ MARIA

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 133/2010, pág. 80 a 99

Sumario
I. CONCEPTO DE DÉFICIT Y SU VARIACIÓN. II. INSTRUMENTOS LEGALES CORRECTORES DE DESEQUILIBRIOS. Bloque I: medidas contempladas en el TRLRHL. 1) Límites en el endeudamiento. 2. Ahorro neto negativo. Bloque II: condicionantes derivados de la Estabilidad Presupuestaria. 1) Responsabilidad directa de la administración que incurra en incumplimiento. 2. Restricción del endeudamiento. Bloque III: restricciones derivada del RD 5/2009. III. EVIDENCIA EMPÍRICA. 1. Datos manejados. 2. Variables empleadas. a) Endeudamiento. b) Ahorro bruto. c) Déficit no financiero. d) Déficit de capital no financiero. 3. Análisis de los datos. Bloque I: medidas contempladas en el TRLRHL. a) Límite al endeudamiento. b) Ahorro bruto negativo. Bloque II. Condicionantes derivados de la Estabilidad Presupuestaria. 3. Comparación del déficit de las Corporaciones Locales en relación a las Comunidades Autónomas. 4. Impacto del RD 8/2010 sobre los gastos de inversión. IV. CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA. FUENTES ELECTRÓNICAS.

LAS SENTENCIAS DE DERRIBO Y LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE CANTABRIA

MENÉNDEZ ALONSO, JOSÉ MARÍA

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 97/2010, pág. 33 a 39

Sumario
I. Introducción. II. Las posibles respuestas. III. La solución de la Ley 6/2010: Medidas Urgentes para la Adecuación del POL. IV. Otras medidas: mejora de la seguridad jurídica. V. Conclusión.

LAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS Y SU INCORPORACIÓN A LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA

GÓMEZ CID, ANTONIO; BENGOETXEA ARRIETA, FRANCISCO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2812 a 2826

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. LA CONFLUENCIA DE LAS COMPETENCIAS ESTATALES CON PROYECCIÓN TERRITORIAL Y LAS URBANÍSTICAS DE LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES MENORES EN UN MISMO ESPACIO FÍSICO. 1. El ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado con trascendencia territorial frente a las competencias que ostentan las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos en materia de ordenación del territorio y urbanismo. 2. Los principios de cooperación y coordinación en el ejercicio de distintas competencias con incidencia territorial. III. EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS DEL ESTADO EN MATERIA DE NAVEGACIÓN AÉREA FRENTE A LAS COMPETENCIAS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO ATRIBUIDAS A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y A LOS AYUNTAMIENTOS. 1. Competencias del Estado que inciden en la navegación aérea. 2. Las servidumbres aeronáuticas. 2.1. Las servidumbres aeronáuticas como limitación impuesta por el Estado en ejercicio de sus competencias. 3. Los mecanismos de cooperación establecidos en el marco de la navegación aérea y la ordenación del territorio y el urbanismo. 3.1. Emisión de informes por parte de la Administración General del Estado durante la tramitación de cualquier instrumento de ordenación del territorio y urbanismo. 3.2. La autorización previa de la Administración General del Estado para los usos, construcciones o instalaciones en las zonas de servidumbre aeronáutica. IV. LAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS Y SU INCORPORACIÓN A LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA. 1. Limitaciones de las alturas máximas de las futuras edificaciones derivadas de la existencia de servidumbres físicas. 2. Calificación como fuera de ordenación de los edificios existentes que vulneren las servidumbres aeronáuticas. V. CONCLUSIONES.

LAS SITUACIONES BÁSICAS Y LA CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA DEL SUELO. LAS ADAPTACIONES AUTONÓMICAS AL NUEVO CONTEXTO NORMATIVO

DE GUERRERO MANSO, CARMEN

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 140/2008, pág. 747 a 777

Sumario
I. La tradicional determinación del régimen jurídico del suelo en la legislación urbanística española. 1. Breves notas sobre la técnica de clasificación del suelo. Las condiciones básicas del suelo urbano. 2. La idoneidad de la clasificación del suelo como técnica urbanística. II. La supresión de la clasificación del suelo en la nueva Ley de suelo estatal. 1. La eliminación de la clasificación del suelo en la nueva Ley de suelo: motivos del cambio. 2. Las situaciones básicas del suelo en la nueva Ley de Suelo de 2007. III. La incidencia del ejercicio de la competencia autonómica en materia de urbanismo. 1. La adaptación de las disposiciones urbanísticas autonómicas en relación al destino del suelo. 2. Análisis formal de las adaptaciones autonómicas. 3. Contenido material de las adaptaciones autonómicas. IV. Conclusión.

LAS TASAS LOCALES POR LICENCIAS URBANÍSTICAS: UN EJEMPLO MÁS DE LA EXTRAORDINARIA FLEXIBILIDAD DEL PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY EN LAS TASAS

RUIZ GARIJO, MERCEDES

Tributos Locales, n.º 91/2009, pág. 71 a 86

Sumario
1. Introducción. 2. Delimitación del hecho imponible. 1. Introducción. 2. ¿Es la solicitud y el otorgamiento de la licencia urbanística un presupuesto de la tasa? Vías de solución en el caso de denegación y de desistimiento. 3. Hechos imponibles (tasas urbanísticas) problemáticos. A. Tasa por licencia de apertura. El concepto de establecimiento mercantil o industrial y la necesaria prestación del servicio. B. Tasa por tramitación de instrumentos de planeamiento urbanístico. 3. Cuantificación. 1. Introducción. El coste global del servicio: ¿un diferimiento en el control de legalidad de la tasa?. 2. Métodos de cuantificación en las tasas por licencias urbanísticas. A. Cuantificación de la licencia de obras. El presupuesto de ejecución material. B. Cuantificación de la tasa por licencia de apertura. ¿Desnaturalización del tributo y vulneración del principio de reserva de ley?. 4. Posibles situaciones de doble imposición. 1. ICIO. 2. Tasa por uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público. 3. La prestación compensatoria en suelo no urbanizable. 5. Conclusiones.

LAS TASAS MUNICIPALES: NUEVAS OPORTUNIDADES PARA SU ESTABLECIMIENTO COMO RECURSO ORDINARIO DE FINANCIACIÓN DE LAS CORPORACIONES LOCALES

CHICO DE LA CÁMARA, PABLO

Tributos Locales, n.º 97/2010, pág. 115 a 166

Sumario
1. PLANTEAMIENTO. 2. CONCEPTO LEGAL Y CARACTERES DE LAS TASAS. A) Concepto. B) Caracteres. 3. PRINCIPIOS RECTORES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LAS TASAS. A) El principio de legalidad. B) El principio de equivalencia de costes y el carácter sinalagmático de las tasas. El papel secundario del principio de capacidad económica como criterio redistributivo. 4. Presupuestos de hecho. A) Utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público. 1. Planteamiento. 2. Tasa de cajeros automáticos: una primera batalla ganada por los Ayuntamientos. a) Delimitación positiva. a.1) El aprovechamiento especial del dominio público. a.2) Delimitación entre la tasa por utilización de cajeros y la de portadas, escaparates y vitrinas. a.3) Delimitación con el estacionamiento de personas para acceder a otros establecimientos comerciales. b) Delimitación negativa: ¿existe sujeción al tributo en los supuestos de cajeros automáticos localizados en el interior de la sucursal? c) El futuro de la tasa. 3. La tasa del régimen general para las empresas de telefonía móvil. 4. La tasa por el paso de vehículos y carruajes. B) Prestación de servicios o realización de actividades administrativas. 1. Planteamiento. 2. La tasa de licencia de apertura de establecimientos. C) Concurrencia de exanciones tributarias. 1. Planteamiento. 2. Compatibilidad en la concurrencia de tasas. 3. Compatibilidad de la tasa de licencia urbanística y el ICIO. 4. Compatibilidad de la tasa del 1,5 por 100 con la tasa por prestación de servicios y realización de actividades administrativas. 5. Concurrencia de tasas y contribuciones especiales. C) Numeros clausus de actividades administrativas sujestas, no sujetas y exentas. 5. SUJETOS PASIVOS. A) Planteamiento. B) ¿Pueden las empresas comercializadoras de servicios de suministros que utilizan redes ajenas ser sujetos pasivos de la tasa del 1,5 por 100? 6. CUANTIFICACIÓN DEL HECHO IMPONIBLE. A) Reglas generales de valoración para determinar el importe de la tasa. B) El régimen especial de cuantificación de la tasa del 1,5 por 100. C) La memoria económico-financiera. 7. DEVENGO. A) Planteamiento. B) Los supuestos de denegación de la licencia urbanística. C) La no utilización del servicio municipal de recogida de residuos sólidos urbanos. D) La no solicitud del servicio de extinción de incendios. 8. Conclusiones. 9. BIBLIOGRAFÍA.

LAS TASAS MUNICIPALES: ORDENANZA FISCAL, INFORME TÉCNICO-ECONÓMICO Y VALOR DEL APROVECHAMIENTO

JAIME VÁZQUEZ, JOSÉ MARÍA

Revista digital CEMCI, n.º 4/2009, pág. 1 a 39

Sumario
1. Autonomía local, suficiencia financiera y ejercicio de la potestad reglamentaria por parte de las Entidades locales. 2. Naturaleza y alcance de las Ordenanzas Fiscales Municipales. 3. La Tasas: el principio de capacidad económica y de proporcionalidad. 4. El Informe Técnico-Económico. 5. La cuantía de las tasas y la valoración del aprovechamiento. 6. El valor catastral como referencia para la valoración del aprovechamiento. 7. La ocupación del dominio público local: los cajeros automáticos. 8. Las empresas suministradoras de servicios de carácter general. 9. Un caso particular: la telefonía móvil. 10. Informe de fiscalización de la gestión de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. Bibliografía. Anexo: zonas de valor como referente para el cálculo del aprovechamiento.

LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS EN LA HACIENDA LOCAL

SERRANO ANTÓN, FERNANDO

Anuario Aragonés del Gobierno Local, n.º 1/2010, pág. 263 a 321

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. DOCTRINA CONSTITUCIONAL SOBRE AUTONOMÍA FINANCIERA Y SUFICIENCIA DE LAS CORPORACIONES LOCALES: SU CONEXIÓN CON LAS TASAS. III. HECHO IMPONIBLE. DEFINICIÓN LEGAL Y REQUISITOS. 1. Definición legal. 2. Requisitos legales del hecho imponible de las tasas. A. La referencia, la afectación o el beneficio particular. B. La obligatoriedad de la tasa local. IV. LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS. 1. Definición. 2. Los requisitos legales de las tasas locales por prestación de servicios. A. Competencia Local. B. Referencia, afectación o beneficio particular en el caso de las tasas por la prestación de servicios. C. Solicitud o recepción obligatoria. D. No concurrencia con el sector privado. V. SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN EN LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. 1. Abastecimiento de aguas en fuentes públicas. 2. Alumbrado de vías públicas. 3. Vigilancia de las vías públicas. 4. Limpieza de la vía pública. 5. Enseñanza en los niveles de educación obligatoria. VI. LAS EXENCIONES EN EL CASO DE LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. VII. LA CUANTIFICACIÓN DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. VIII. PARTE ESPECIAL: ALGUNOS CASOS DE TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. 1. Expedición de documentos administrativos. 2. Autorización para utilizar en placas, patentes y otros distintivos análogos el escudo de la Entidad Local. 3. Otorgamiento de licencias o autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler. 4. Guardería rural. 5. Vigilancia especial de los establecimientos que lo soliciten. Servicios de competencia local que especialmente sean motivados por la celebración de espectáculos públicos, grandes transportes, pasos de caravana y cualesquiera otras actividades que exijan la prestación de dichos servicios especiales. 6. Otorgamiento de licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana y otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos. 7. Inspección de vehículos, calderas de vapor,motores, transformadores, ascensores, montacargas y otros aparatos e instalaciones análogas de establecimientos industriales y comerciales. 8. Servicios de prevención y extinción de incendios, de prevención de ruinas, construcciones y derribos, salvamentos y, en general, de protección de personas y bienes, comprendiéndose también el mantenimiento del servicio y la cesión del uso de maquinaria y equipo adscritos a estos servicios, tales como escalas, cubas, motobombas, barcas, etc. 9. Servicios de inspección sanitaria y de sanidad preventiva. 10. Asistencias y estancias en centros sanitarios, establecimientos benéfico-asistenciales de las Entidades Locales, hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga. 11. Casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. 12. Cementerios locales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local. 13. Servicios de alcantarillado, así como de tratamiento y depuración de aguas residuales, incluida la vigilancia especial de alcantarillas particulares. 14. Recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos, monda de pozos negros y limpieza en calles particulares. 15. Distribución de agua, gas, electricidad y otros abastecimientos públicos. 16. Visitas a museos, exposiciones, bibliotecas, monumentos históricos o artísticos, parques zoológicos u otros centros o lugares análogos. 17. Realización de actividades singulares de regulación y control del tráfico urbano, tendentes a facilitar la circulación de vehículos y distintas a las habituales de señalización y ordenación del tráfico por la Policía Municipal.

LAS TASAS Y LAS NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS

ACÍN FERRER, ÁNGELA

La Administración Práctica, n.º 4/2010, pág. 390 a 396

Sumario
1. Introducción. 2. Atención a las tasas. A. Argumentos del Ayuntamiento. B. Criterio del Tribunal Supremo. C. Urgente reflexión. 3. Las notificaciones telemáticas. A. Alternativa mediante plataforma pública de general utilización. 4. Conclusión.

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