Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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EL NEGOCIO JURÍDICO TRASLATIVO DEL DOMINIO EN EL IIVTNU

CALVO VÉRGEZ, JUAN

Tributos Locales, n.º 91/2009, pág. 13 a 31

Sumario
1. La necesaria presencia del título y el modo en las plusvalías realizadas. 2. Análisis de los diversos supuestos de transmisión onerosa de la propiedad susceptibles de plantearse. 2.1. Expropiación forzosa. 2.2. Permuta. 2.3. Aportación de inmuebles para la constitución de sociedades y supuestos de disolución con liquidación. 2.4. Supuestos de comunidades de bienes, comunidades hereditarias y excesos de adjudicación. 2.5. Operaciones llevadas a cabo en el seno de procedimientos urbanísticos. 2.6. Incidencia de los supuestos de otorgamiento de expedientes de dominio y actas de notoriedad. 3. Supuestos de transmisiones lucrativas de terrenos urbanos. 4. Alcance de otros posibles negocios susceptibles de realización. 5. Supuestos de constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio.

EL NUDO GORDIANO DEL EBEP CON RELACIÓN A LA JUBILACIÓN PARCIAL DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

FONDEVILA ANTOLÍN, JORGE

Cuadernos de Derecho Local, n.º 22/2010, pág. 125 a 146

Sumario
1. Introducción. 2. La controversia de la jubilación parcial de los funcionarios públicos en la doctrina y la más reciente jurisprudencia. 2.1. Posiciones doctrinales. 2.2. Pronunciamientos jurisdiccionales. 3. Consideraciones en torno al origen del conflicto y una propuesta interpretativa. 3.1. Génesis del precepto. 3.2. Adecuación de los criterios aplicados por los juzgados y tribunales a las consecuencias deducidas de la génesis parlamentaria del precepto. 3.3. La función de las previsiones del artículo 67.2 párrafo 2.º y de la disposición adicional sexta de la Ley 7/2007 EBEP, y de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2007, de medidas en materia de Seguridad Social. 3.4. La cuestión de la exigencia de un "contrato de relevo" conforme determina el artículo 166 de la LGSS, en el caso de la jubilación parcial de los funcionarios. 4. Conclusiones finales.

EL NUEVO (Y NECESARIO) RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS EN EL PROYECTO DE LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE

MELLADO RUIZ, LORENZO

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 99/2010, pág. 58 a 68

Sumario
I. La deficiente configuración legal del sistema de modificación contractual sobrevenida. II. La regulación española sobre la modificación de los contratos administrativos contraviene los principios y la normativa comunitaria. III. La reacción (indirecta) de España: el nuevo régimen de modificación de los contratos del Proyecto de Ley de Economía Sostenible.

EL NUEVO CONSEJO DE GARANTÍAS ESTATUTARIAS DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA COMO INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE LOS DERECHOS

ALBERTÍ, ENOCH

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 82/2008, pág. 15 a 25

EL NUEVO CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO

CARLÓN RUIZ, MATILDE

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 140/2008, pág. 653 a 684

Sumario
I. Claves de la introducción del contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado en la Ley de Contratos del Sector Público. II. Caracterización del contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado: elementos subjetivos e indefinición objetiva en función de su carácter subsidiario. 1. Elementos subjetivos -implícitos- en la definición del contrato. A) La reconducción del "sector público" a las "Administraciones Públicas": análisis crítico a la luz del art. 3.2. LCSP. B) La delimitación del "sector privado" como contratista bajo la referencia legal a "entidades de derecho privado". 2. La indefinición primaria del objeto contractual. Carácter subsidiario y dificultades para el deslinde del contrato de colaboración frente a otros típicos. III. Régimen del contrato. 1. Clasificación del contrato de colaboración dentro de la lógica de la LCSP: contratos administrativos, "calificados" y sujetos a regulación armonizada. 2. La indeterminación de un régimen contractual general: las estipulaciones contractuales como fuente principal del contrato. 3. Especialidades comunes en las fases de preparación y adjudicación: la evaluación previa y su conexión con el diálogo competitivo. A) La evaluación previa: sentido y alcance. Su criticable devaluación bajo la apelación a la urgencia. B) La tramitación bifásica del procedimiento de diálogo competitivo: sus riesgos. 4. Contenido del contrato. A) Objeto y condiciones de prestación del contrato: reparto de riesgos, objetivos de rendimiento y calidad y condiciones económicas. Ejercicio del ius variandi. B) Mecanismos de control y sanción: márgenes para la subcontratación y la cesión. C) Duración y terminación del contrato. IV. A modo de conclusión.

EL NUEVO CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO (Y II). SELECCIÓN DEL SOCIO PRIVADO Y CONDICIONES DEL CONTRATO

BRUNETE DE LA LLAVE, MARÍA TERESA

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 97/2010, pág. 39 a 57

Sumario
I. Selección del contratista mediante diálogo competitivo: características, mesa especial, fases y consideraciones críticas sobre su imposición como procedimiento de adjudicación de los contratos de colaboración. 1. Primera fase: Convocatoria y licitación. 2. Segunda fase: Diálogo con los candidatos. 3. Tercera fase: Presentación, examen de ofertas y adjudicación. II. Aspectos económicos, financieros, presupuestarios y contables del contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado. III. Retribución del contratista: vinculación con la calidad y el cumplimiento de los criterios de Eurostat y SEC-95. IV. Duración del contrato, modificación, efectos, resolución y extinción. V. Anexo.

EL NUEVO CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO (Y III). CONTROLES, VENTAJAS E INCONVENIENTES DEL CONTRATO DE CPP

BRUNETE DE LA LLAVE, MARÍA TERESA

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 98/2010, pág. 35 a 51

Sumario
I. Control interno en las fases de elaboración, adjudicación y ejecución del contrato. II. El preceptivo recurso especial en materia de contratación pública. a) Tramitación. b) Resolución y medidas cautelares. c) Incompatibilidad con otro tipo de recursos administrativos. III. Control judicial: la ineludible sujeción a regulación armonizada. Órdenes jurisdiccionales competentes en función del sujeto contratante. IV. Recapitulación: aspectos más destacados del contrato de CPP. V. Ventajas e inconvenientes de la utilización de los contratos de CSP-SP. a) Ventajas. b) Inconvenientes. VI. Factores determinantes del éxito del contrato de CSP-SP. a) En la fase de decisión política. b) En la fase de evaluación previa. c) En la fase de elaboración del programa funcional. d) En la fase de selección del socio privado. e) En la fase de ejecución y control del contrato.

EL NUEVO CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO EN LA LEY 30/2007, DE 30 DE OCTUBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

PEÑA OCHOA, ALFONSO

Revista Aragonesa de Administración Pública, n.º 10 Monografía/2008, pág. 87 a 108

Sumario
I. ANTECEDENTES. II. EL CONCEPTO COMUNITARIO DE COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA. III. LA PRÁCTICA ESPAÑOLA ANTES DE LA REGULACIÓN EN LA LCSP. IV. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO EN LA LCSP. V. ACTUACIONES PREPARATORIAS DE LOS CONTRATOS DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO. VI. EL PROGRAMA FUNCIONAL. VII. EL CLAUSULADO DEL CONTRATO: 1. Identificación de las prestaciones principales que constituyen su objeto, que condicionarán el régimen sustantivo aplicable al contrato, de conformidad con lo previsto en la letra m) de este artículo y en al artículo 289. 2. Condiciones de reparto de riesgos entre la Administración y el contratista, desglosando y precisando la imputación de los riesgos derivados de la variación de los costes de las prestaciones y la imputación de los riesgos de disponibilidad o de demanda de dichas prestaciones. 3. Objetivos de rendimiento asignados al contratista, particularmente en lo que concierne a la calidad de las prestaciones de los servicios, la calidad de las obras y suministros y las condiciones en que son puestas a disposición de la Administración. 4. Remuneración del contratista, que deberá desglosar las bases y criterios para el cálculo de los costes de inversión, de funcionamiento y de financiación y en su caso, de los ingresos que el contratista pueda obtener de la explotación de las obras o equipos en caso de que sea autorizada y compatible con la cobertura de las necesidades de la Administración. 5. Causas y procedimientos para determinar las variaciones de la remuneración a lo largo del periodo de ejecución del contrato. VIII. EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. IX. CONCLUSIONES.

EL NUEVO MARCO URBANÍSTICO Y CONTABLE: EFECTOS EN LA VALORACIÓN DEL SUELO

FALCÓN PÉREZ, ESTHER; SERRANO MORACHO, FRANCISCO

Auditoria Pública. Revista de los Órganos Autonómicos de Control Externo, n.º 46/2008, pág. 113 a 122

Sumario
1. Introducción. 2. La reforma contable: implicaciones en la valoración del terreno. 3. Situaciones básicas de suelo en la Ley del Suelo de 2007. 4. Valor urbanístico versus valor razonable. a) Valoración en el suelo rural. b) Valoración en el suelo urbanizado. 5. Consideraciones finales.

EL NUEVO PLAN DE VIVIENDA 2009-2012 Y SUS EFECTOS SOBRE EL URBANISMO; EN ESPECIAL, LAS RESERVAS DE SUELO PARA VIVIENDA PROTEGIDA

IGLESIAS GONZÁLEZ, FELIPE

Revista Aranzadi de Urbanismo y Edificación, n.º 19/2009, pág. 45 a 71

Sumario
1. INTRODUCCIÓN. 2. TIPOLOGÍAS DE VIVIENDAS PROTEGIDAS. 3. RÉGIMEN LEGAL DE LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS. 4. NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL NUEVO PLAN DE VIVIENDA 2009-2012. 4.1. El requisito de la inscripción en los registros públicos de demandantes. 4.2. Duración del régimen de protección de las viviendas protegidas. 5. La reserva de suelo para vivienda protegida. 5.1. La vinculación de terrenos a la construcción de vivienda protegida en la jurisprudencia. 5.2. La vinculación de terrenos a la construcción de vivienda protegida en la normativa urbanística autonómica. 5.3. Las reservas de suelo para viviendas protegidas en la normativa urbanística autonómica y los efectos producidos por la normativa estatal. i) Comunidades autónomas que cumplían totalmente los parámetros de la LS/2007 antes de su entrada en vigor. ii) Comunidades Autónomas que sólo cumplen parcialmente el régimen jurídico de la reserva de suelo y que no se han adaptado. iii) Comunidades Autónomas que han aprobado normas específicas para adaptarse a los criterios estatales de reserva de suelo para vivienda protegida. iv) Comunidades Autónomas que no cumplen los parámetros estatales y para las que resulta aplicable el régimen transitorio.

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