Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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¿CÓMO SE CALCULA LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO?

SANJUÁN GARCÍA, PABLO

Lex Nova: La Revista, n.º 55/2009, pág. 26 a 27

Sumario
A) Salario regulador. B) Años de servicio. C) Cuantía de la indemnización y máximos.

¿CÓMO VOTAN LOS EUROPARLAMENTARIOS ESPAÑOLES?

EGEA DE HARO, ALFONSO

Revista de Estudios Políticos, n.º 143/2009, pág. 11 a 29

Sumario
1. Introducción. 2. Las votaciones en el Parlamento Europeo. 3. ¿Ideología o interés nacional/regional?. 4. Conclusiones. Referencias.

¿CUÁNDO VA A MODIFICARSE EL ARTÍCULO 46 DE LA LJCA (PLAZO PARA RECURRIR EL SILENCIO ADMINISTRATIVO?

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 12/2009, pág. 1468 a 1476

Sumario
I. EL SUPUESTO DE HECHO DE LA STS DE 31 DE MARZO DE 2009. II. LA MOTIVACIÓN DEFECTUOSA Y LA INCONGRUENCIA OMISIVA COMO MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN. 1. Su formulación al amparo del art. 88.1.c) de la LJCA. 2. La motivación de las resoluciones judiciales. 3. La incongruencia omisiva. 4. Inexistencia de esas vulneraciones en el recurso de casación que culminó con la STS de 31 de marzo de 2009. III. EL PLAZO PARA INTERPONER RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO EN LOS SUPUESTOS DE SILENCIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 1. El art. 46 de la LJCA. 2. Los intentos del Tribunal Supremo para impedir que las Administraciones se beneficien de su pasividad. a) La equiparación de los actos presuntos a los expresos con notificación defectuosa (STS de 28-1-2003). b) Si la Administración no ha realizado la comunicación prevista en el art. 42.4 de la LRJPAC (las Administraciones Públicas, dentro de los diez días siguientes a la recepción de una solicitud, enviarán una comunicación a los interesados informándoles del plazo máximo establecido para la resolución y notificación de los procedimientos así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo) no comienza a correr el plazo de seis meses para interponer recurso contencioso-administrativo previsto en el art. 46.1 de la LJCA (STS de 23-1-2004 y 4-4-2005). IV. LA STS DE 31 DE MARZO DE 2009 RATIFICA QUE NO PUEDE DECLARARSE EXTEMPORÁNEO UN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CUANDO LA ADMINISTRACIÓN NO HA CONTESTADO AL CIUDADANO EN LA VÍA ADMINISTRATIVA. V. EPÍLOGO.

¿CUÁNTO CUESTA UN ESCAÑO? LA IMPORTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL

SANJUÁN GARCÍA, PABLO

Lex Nova: La Revista, n.º 56/2009, pág. 32 a 33

Sumario
El método D'Hondt en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

¿CUÁNTO VALE MI CIUDAD? LAS CLAVES DE MERCOCIUDAD PARA RESPONDER A LA PREGUNTA DE TODO GESTOR LOCAL

CANEL, MARÍA JOSÉ

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 125/2009, pág. 96 a 104

Sumario
I. La reputación de las ciudades. II. Los problemas de reputación de una ciudad. III. Para ser ciudad reputada: la información que ofrece MercoCiudad. IV. Los retos del gestor local.

¿DEBEN CONTINUAR LOS LÄNDER NEGOCIANDO EN EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA?. DE LA LANDESBLINDHEIT A LA EUROPAFÄHIGKEIT EN EL MARCO DE LA REFORMA FEDERAL DE 2006

GONZÁLEZ PASCUAL, MARIBEL

Revista Española de Derecho Europeo, n.º 29/2009, pág. 75 a 97

Sumario
1. Introducción. 2. Los Länder en el proceso europeo de integración. 2.1. Breve excursus. 2. La reforma de 1992. 2.3. Críticas doctrinales a la capacidad de negociación de los Länder ante la UE tras la reforma de 1992. 3. Los imponderables del proceso comunitario. 4. La reforma federal de 2006. 5. Los imponderables del principio federal.

¿DEBERÍAN LAS AUTORIDADES Y LOS EMPLEADOS PÚBLICOS RESPONDER CIVILMENTE POR LOS DAÑOS CAUSADOS EN EL EJERCICIO DE SUS CARGOS?

DOMÉNECH PASCUAL, GABRIEL

Revista de Administración Pública, n.º 180/2009, pág. 103 a 159

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE AUTORIDADES Y EMPLEADOS PÚBLICOS POR LOS DAÑOS OCASIONADOS EN EL EJERCICIO DE SUS CARGOS: 1. Regulación general. ¿Hacia la irresponsabilidad civil de los agentes públicos?: A) Evolución legislativa. B) La irresponsabilidad de facto de autoridades y empleados públicos. C) Críticas doctrinales. ¡Que paguen! D) Explicaciones de la irresponsabilidad ensayadas. E) Más piezas que no encajan. 2. La especialidad de la responsabilidad contable. 3. Regulación contenida en la legislación penal: A) Rasgos esenciales. B) Críticas doctrinales. C) Un problema ilustrativo acerca de las ventajas y desventajas de la regulación contenida en el artículo 121 del Código penal: ¿responde en vía penal la Administración cuando los hechos constituyen una falta? III. FINALIDAD DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL: 1. El paradigma tradicional. 2. El paradigma suministrado por el análisis económico del Derecho. IV. POR QUÉ CONVIENE QUE LA ADMINISTRACIÓN RESPONDA DIRECTAMENTE POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR SUS AGENTES A TERCEROS: 1. Responsabilidad personal del agente o responsabilidad vicaria del principal: análisis económico: A) Irrelevancia del problema en un mundo (imaginario) sin insolventes ni costes de transacción. B) Ventajas de la responsabilidad vicaria en un mundo en el que los agentes son potencialmente insolventes. C) Ventajas de la responsabilidad vicaria en un mundo en el que cuesta identificar a los causantes del daño, determinar si han actuado negligentemente y condenarlos. D) Ventajas de la responsabilidad vicaria en un mundo en el que resulta costoso acordar una determinada distribución del riesgo. E) Inconvenientes de la responsabilidad vicaria. El riesgo moral. 2. Eficiencia de la regla según la cual las Administraciones públicas responden vicariamente por los daños que sus agentes hayan causado al ejercer sus cargos. V. POR QUÉ NO CONVIENE QUE LA ADMINISTRACIÓN EXIJA A SUS SERVIDORES RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS QUE ÉSTOS LE HAYAN OCASIONADO NEGLIGENTEMENTE: 1. Justificación de la "irresponsabilidad" civil de los empleados públicos por los daños causados imprudentemente en el desempeño de sus funciones. 2. ¿Deberían ser tratadas las autoridades de manera diferente? VI. POR QUÉ CONVIENE QUE LA ADMINISTRACIÓN EXIJA RESPONSABILIDAD CUANDO LOS DAÑOS SON DOLOSOS O HAN PODIDO ENGENDRAR UN ENRIQUECIMIENTO INJUSTO DEL CULPABLE. VII. LA ANOMALÍA DE LA VÍA PENAL: 1. Justificación de la posibilidad de exigir responsabilidad civil de la Administración en el proceso penal: ventajas e inconvenientes. 2. Posibles soluciones. 3. La Administración, en cualquier caso, debería responder directamente. VIII. CONCLUSIÓN: PROPUESTAS DE LEGE FERENDA.

¿DÓNDE DEBEN RESIDIR LAS COMPETENCIAS URBANÍSTICAS?

GARCÍA RUBIO, FERNANDO

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 135/2010, pág. 106 a 126

Sumario
I. Planteamiento del tema. II. Concepto de competencia. 1. Las competencias legislativas sobre el urbanismo. 2. Las Competencias reglamentarias. 3. Las competencias de ejecución. 4. Aspectos organizativos de las competencias urbanística. III. El urbanismo. IV. Situación actual de la cuestión. V. Perspectivas de futuro. VI. Principales problemas al respecto.

¿EL CONTENIDO ESENCIAL COMO COMÚN DENOMINADOR DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN EUROPA?

MICHAEL, LOTHAR

Revista de Derecho Constitucional Europeo, n.º 11/2009, pág. 165 a 187

Sumario
1. Introducción. 2. Primera parte: relación de referencias a la "esencia" y a su "contenido" en la dogmática de los derechos fundamentales. 3. Segunda parte: la diversidad intepretativa de la garantía del contenido esencial. 4. Final.

¿ENTRE DOS O ENTRE TODOS? EXAMEN Y PROPUESTAS PARA LA COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA EN ESPAÑA

FERNÁNDEZ LLERA, ROBERTO; MONASTERIO ESCUDERO, CARLOS

Hacienda Pública Española, n.º 195/2010, pág. 139 a 163

Sumario
1. Introducción. 2. Descentralización y Coordinación. 2.1. Federalismo fiscal y control del endeudamiento. 2.2. NEP y ciclo económico en España. 2.2.1. Regla general. 2.2.2. Reparto vertical. 2.2.3. Reparto horizontal y bilateralismo. 3. Resultados de la estabilidad presupuestaria. 3.1. Periodo 2003-2007. 3.2. Estabilidad presupuestaria, crisis económica y financiación autonómica. 4. Propuesta de mejora. 4.1. Conciliando la relación bilateral y la coordinación multilateral. 4.2. Reparto vertical del déficit. 4.3. Articulación del reparto horizontal a partir de variables. 4.4. Inversiones productivas y política contracíclica. 4.5. Propuestas técnicas complementarias. 5. Conclusiones.

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