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LAS REGLAS PARA FIJAR LA CUANTÍA EN CASACIÓN (I)

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 7/2012, pág. 920 a 931

Sumario
I. LA IMPORTANCIA DE LA CUANTÍA LITIGIOSA. 1. Como elemento determinante de la competencia del Juzgado o Tribunal. 2. Como factor para determinar el procedimiento aplicable. 3. Como criterio determinante del importe de las costas. 4. Como elemento que determina la base imponible de la cuota variable de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional. 5. Como criterio que determina el acceso a los recursos. II. LA CUANTÍA NECESARIA PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DE CASACIÓN ORDINARIO, PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA Y EN INTERÉS DE LA LEY. 1. Recurso de casación ordinario. 2. Recursos de casación para la unificación de doctrina. 3. Recursos de casación en interés de la Ley. 4. Momentos en los que se fija esa cuantía. III. SUPUESTOS EN QUE NO SE EXIGE SUMMA GRAVAMINIS PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DE CASACIÓN. 1. Recurso de casación contra resoluciones judiciales en procesos de cuantía indeterminada. 2. Recurso de casación contra resoluciones judiciales dictadas en el proceso especial de protección de los derechos fundamentales de la persona. 3. Recurso de casación contra resoluciones judiciales dictadas sobre impugnación de disposiciones de carácter general. 4. El art. 5.4 de la LOPJ. IV. EL PROCEDIMIENTO PARA FIJAR LA CUANTÍA EN EL PROCESO EN PRIMERA O ÚNICA INSTANCIA. 1. El procedimiento de fijación de la cuantía en la LJCA de 1956: una tarea de la parte demandante. 2. El procedimiento de fijación de la cuantía en la LJCA de 1998: una tarea que es ya de las dos partes. 3. La caótica redacción dada al Art. 40 de la LJCA por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, sobre la nueva Oficina judicial. 4. ¿Cabe recurso contra la decisión del Secretario judicial fijando la cuantía? V. EL PROCEDIMIENTO PARA FIJAR LA CUANTÍA EN EL RECURSO DE CASACIÓN. 1. La posibilidad de modificar la cuantía fijada en la instancia a efectos de determinar el acceso al recurso de casación. 2. La posibilidad de que las partes puedan sostener en la vía del recurso una posición sobre la cuantía contraria a la que mantuvieron en la instancia. 3. La posibilidad de rectificar la cuantía fijada en la instancia en la fase de preperación de la casación ordinaria. 4. La posibilidad de rectificar la cuantía fijada en la instancia en la fase de admisión de la casación ordinaria o para la unificación de doctrina. 5. La posibilidad de rectificar la cuantía fijada en la instancia en la sentencia resolutoria de la casación ordinaria o para la unificación de doctrina. VI. REGLA GENERAL DE FIJACIÓN DE LA CUANTÍA. 1. Regla general: el valor económico de la pretensión. 2. Normas para fijar el valor económico de la pretensión. VII. REGLAS ESPECIALES PARA FIJAR LA CUANTÍA. 1. Supuestos de acumulación o ampliación. 2. Una extraña excepción jurisprudencial al art. 41.3 de la LJCA: los recursos contra sanciones impuestas por la Agencia de Protección de Datos estatal. 3. Caso de pluralidad inicial de demandantes. 4. Caso de pluralidad de demandantes por sucesión procesal. 5. La fijación de la cuantía en los casos de estimación parcial del recurso por el Tribunal de instancia.

LAS REGLAS PARA FIJAR LA CUANTÍA EN CASACIÓN (II)

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 8/2012, pág. 1064 a 1074

Sumario
I. La fijación de la cuantía en los casos de estimación parcial del recurso por el Tribunal de instancia. II. La fijación de la cuantía en los supuestos en que una misma liquidación se refiera a todo el período objeto de comprobación y comprenda, en realidad, varias liquidaciones correspondientes a distintos ejercicios (p. ej: liquidaciones por IRPF de los ejercicios 2009 y 2010) o a distintos períodos de liquidación (p. ej: liquidaciones por IVA correspondientes a los tres primeros trimestre) o incluso a distintos impuestos (p. ej: liquidaciones que comprenden Impuesto Sobre Sociedades e IVA).

LAS REGLAS PARA FIJAR LA CUANTÍA EN CASACIÓN (Y III)

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 9/2012, pág. 1200 a 1210

Sumario
I. LA FIJACIÓN DE LA CUANTÍA EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN QUE VERSAN SOBRE EXPROPIACIÓN FORZOSA. 1. Regla general: diferencia entre el valor fijado al bien en las respectivas hojas de aprecio y el asignado al mismo por la sentencia de instancia. 2. La cuantía a efectos casacionales para el expropiado. 3. La cuantía a efectos casacionales para el beneficiario de la expropiación. 4. La cuantía a efectos casacionales para la Administración expropiante y beneficiaria de la expropiación. 5. La cuantía a efectos casacionales para la Administración que no es expropiante, exproiada ni beneficiaria de la expropiación, sino que interviene en el proceso de defensa del jurado de Expropiación. 6. ¿La fijación de la cuantía depende de cuál de los sujetos que intervienen en la expropiación interponga el recurso o es única e independiente del sujeto recurrente? 7. La cuantía en los supuestos de pluralidad de expropiados, incluso agrupados en comunidades de bienes. 8. La cuantía en los supuestos de pluralidad de bienes expropiados. 9. Finca expropiada, finca catastral, finca registral y fincas que conforman una única unidad económica. 10. La fijación de la cuantía en los procesos de reconocimiento del derecho a retasación. 11. Los intereses de demora. II. LA FIJACIÓN DE LA CUANTÍA EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN QUE VERSAN SOBRE LA RECUPERACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE. 1. Procesos que deberían ser de inequívoca cuantía indeterminada. 2. Su conversión jurisprudencial en procesos de cuantía determinada. III. LAS REGLAS PARA FIJAR LA CUANTÍA EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN QUE VERSAN SOBRE CONTRATOS O CONCESIONES ADMINISTRATIVA. 1. Las reclamaciones sobre certificaciones de obra. 2. Los recursos de casación que versan sobre concesiones administrativas: el importe del canon anual de la concesión. IV. LAS REGLAS PARA FIJAR LA CUANTÍA EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN QUE VERSAN SOBRE SANCIONES. 1. La cuantía no viene determinada por la suma de todas las sanciones impuestas, sino por el importe individual de cada una de ellas. 2. La cuantificación de las sanciones consistentes en la clausura del establecimiento hasta la obtención de la correspondiente licencia de apertura y funcionamiento. 3. La cuantificación de las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística. V. EPÍLOGO.

LAS RELACIONES DE LOS TRIBUNALES CONSTITUCIONALES DE LOS ESTADOS MIEMBROS CON EL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y CON EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: UNA PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN

RAGONE, SABRINA

Revista de Derecho Constitucional Europeo, n.º 16/2011, pág. 53 a 89

Sumario
1. Introducción metodológica. 2. Los tribunales dialogantes. 3. Los tribunales tendencial o potencialmente dialogantes. 4. Los tribunales reticentes a dialogar. 5. Conclusiones.

LAS RESPUESTAS LEGISLATIVAS A LAS DECLARACIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD COMO FORMA DE DIÁLOGO CONSTITUCIONAL

NIEMBRO ORTEGA, R.

Revista Española de Derecho Constitucional, n.º 95/2012, pág. 139 a 168

Sumario
1. Introducción. 2. Las respuestas legislativas a las declaraciones de inconstitucionalidad en los sistemas de control judicial fuerte. 2.1. El caso de España: ¿es posible que el legislador responda a las sentencias del Tribunal Constitucional? 2.2. El Tribunal Constitucional español ante las respuestas legislativas. 3. Conclusión. Bibliografía.

LAS SANCIONES IMPUESTAS A UN FUNCIONARIO LOCAL POR FALTA DE RENDIMIENTO Y DE LA OBEDIENCIA DEBIDA. COMENTARIO A LA STSJ ILLES BALEARS DE 17 DE ENERO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 16/2011, pág. 2051 a 2056

Sumario
I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicas. Administración local. Régimen disciplinario. Confirmación de las sanciones impuestas a un funcionario local por falta de rendimiento y de la obediencia debida. Sanción, asimismo, por falta de desconsideración grave al superior jerárquico al increpar con gritos a la Concejala competente, cuando ésta le requirió la entrega de cierta documentación relativa a la oferta de empleo público para el año 2008. Anulación de aquellas sanciones que no fueron analizadas en la sentencia recurrida. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

LAS SOLUCIONES A LOS PROBLEMAS DEL AGUA ENTRAN EN LA AGENDA MUNDIAL

Carta Local, n.º 246/2012, pág. 48 a 49

Sumario
1. Una declaración no vinculante. 2. El tiempo de las soluciones.

LAS TASAS PORTUARIAS Y LA POTESTAD TARIFARIA DE LAS AUTORIDADES PORTUARIAS DE LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL

RUIZ HIDALGO, CARMEN

Crónica Tributaria, n.º 142/2012, pág. 113 a 127

Sumario
1. Introducción. 2. Los recursos económicos de las autoridades portuarias. 3. El examen de las tasas portuarias. 4. El principio de autosuficiencia económica como fundamento de la Ley 33/2010 en relación con las tasas y tarifas. 5. La potestad tarifaria de la Administración en la Ley 33/2010. 6. Conclusiones. Bibliografía.

LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES COMO MOTOR PARA EL CRECIMIENTO

DAVARA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2011, pág. 2830 a 2835

Sumario
I. Introducción. II. Acciones a considerar. III. En particular, la Administración electrónica. IV. Trabajar "en la nube". V. La seguridad y la confianza. VI. A modo de conclusión.

LAS ÚLTIMAS NOVEDADES EN ALGUNOS DE LOS SISTEMAS ENERGÉTICOS DETERMINANTES EN LA EUROPA INTEGRADA

PAREJO ALFONSO, LUCIANO

La Ley Unión Europea, n.º 322/2011, pág. 3 a 31

Sumario
1. El panorama europeo visto desde el estado de la cuestión en España. 2. La evolución reciente en la Unión Europea. 3. Las principales novedades de las políticas energéticas en Gran Bretaña, Francia y Alemania.

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