Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. RETRIBUCIONES.- NO EXISTE LIMITACIÓN TEMPORAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS SERVICIOS PREVIOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 17/2011, pág. 1988 a 1989

Sumario
1. ANTECEDENTES. Un funcionario ha solicitado el reconocimiento de los servicios prestados en 1987 como personal laboral ¿No habría pescrito su derecho? 2. CONTESTACIÓN. Como consecuencia de todo lo cual, el ayuntamiento deberá reconocer la antigüedad que el funcionario ha conseguido como consecuencia de sus trabajos anteriores para la Administración; porque no se establece ningún procedimiento de prescripción de la acción de pedir los servicios previos, los cuales siguen existiendo hacia el futuro continuamente, por lo cual en cualquier momento se puede ejercer el derecho a pedirlos.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. SELECCIÓN Y PROVISIÓN.- COMPOSICIÓN DE LOS TRIBUNALES DE SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1/2012, pág. 10 a 12

Sumario
1. Pregunta. 2. Contestación.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. SELECCIÓN Y PROVISIÓN.- LOS OPOSITORES NO TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE LOS EJERCICIOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO PARA LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 2/2012, pág. 157 a 158

Sumario
1. Pregunta. 2. Contestación.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. SELECCIÓN Y PROVISIÓN.- REVOCACIÓN DE PROCESO SELECTIVO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2011, pág. 2728 a 2729

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. SITUACIONES.- SITUACIÓN ADMINISTRATIVA Y RÉGIMEN LEGAL DEL FUNCIONARIO EN COMISIÓN DE SERVICIOS EN OTRA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 18/2011, pág. 2112 a 2113

Sumario
1. ANTECEDENTES.- ¿Cuál es la situación de un funcionario que se va a otra Administración en comisión de servicios? 2. CONTESTACIÓN. El funcionario de carrera en comisión de servicios se encuentra en situación administrativa de servicio activo por la legislación autonómica; con todos los derechos inherentes a tal condición, y con reserva del puesto de trabajo de origen.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.- DERECHOS. NO ES POSIBLE LA CARRERA PROFESIONAL DE UN FUNCIONARIO INTERINO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 2/2012, pág. 155 a 156

Sumario
1. Pregunta. 2. Contestación.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.- PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- LA JORNADA LABORAL EN LAS ENTIDADES LOCALES TRAS EL REAL DECRETO-LEY 20/2011

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2012, pág. 289 a 290

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO.- SUSPENSIÓN DE FUNCIONES POR SENTENCIA PENAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 14/2011, pág. 1714 a 1715

Sumario
1. ANTECEDENTES.- Un funcionario condenado en vía penal a la suspensión de funciones por un año, ¿pierde su puesto de trabajo a la vista del art. 90 EBEP? 2. CONTESTACIÓN.- Ciertamente, el art. 90.1 in fine EBEP establece que "La suspensión determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de seis mees". Pero, como ya hemos señalado, de la dicción del art. 96.1 EBEP, entendemos la suspensión de funciones puede ser de hasta seis años. Lo cual implica que no hay una contradicción o antinomia entre ambos ordenamientos jurídicos (penal y administrativo); y posibilita la mera aplicación de la pena impuesta.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.- RETRIBUCIONES.- GASTOS DE KILOMETRAJE EN COMISIÓN DE SERVICIOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 14/2011, pág. 1713

Sumario
1. ANTECEDENTES.- ¿Desde dónde han de abonarse los gastos de desplazamiento diarios de un funcionario en comisión de servicios fuera de la localidad de su centro? 2.- CONTESTACIÓN.- Habrá de abonarse el importe correspondiente al número de kilómetros que correspondan desde la oficina o dependencia en que se desarrollen las actividades del puesto de trabajo habitual, a menos que el recorrido efectuado desde su lugar de residencia sea inferior.

FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.- SEGURIDAD SOCIAL.- JUBILACIÓN ANTICIPADA DE LOS FUNCIONARIOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2011, pág. 2231 a 2232

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

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