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¿Es posible limitar la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales para el planteamiento de cuestiones prejudiciales?

Martín Valero, Ana Isabel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2022, pág. 1 a 7

I. Introducción. II. La STJUE de 23 de noviembre de 2021 (asunto C-564/19). III. Configuración y presupuestos de la cuestión prejudicial. IV. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. V. Prohibición de obstáculos internos a la facultad del órgano nacional que conoce del asunto para el planteamiento de la cuestión prejudicial. VI. Consecuencias de las limitaciones a la facultad del órgano jurisdiccional nacional para el planteamiento de la cuestión. VII. La posición del Tribunal de Justicia. VIII. La vinculación del órgano jurisdiccional nacional a las decisiones del Tribunal de Justicia. IX. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de no someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. X. Conclusiones.

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