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Derecho de propiedad y política de vivienda: límites constitucionales. Comentario a la STC de 14 de mayo de 2015

Martín Valdivia, Salvador María

REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 34/2015, pág. 137 a 144

I. El legislador no puede fijar el contenido esencial del derecho de propiedad, ni, con mayor razón, el legislador autonómico por la vía de urgencia. II. Lo que dice -y lo que no dice- el Tribunal Constitucional. III. Legislar o hacer política: desafortunada confusión para momentos de crisis.

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