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Crítica civil a las demoliciones derivadas de la anulación de licencias: la aplicación del art. 34 L.H.

Vicente Guilarte Gutiérrez

REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 26/2012, pág. 23 a 51

I. Planteamiento del tema. II. Desde las limitaciones a la propiedad privada del suelo a su consideración como propiedad exclusivamente estatutaria. 1. La doctrina civil clásica. 2. La doctrina civil posterior a la Ley del Suelo de 1956. 3. La doctrina administrativa. 4. La legislación del suelo y su jurisprudencia: la propiedad estatutaria. III. Las consecuencias jurisprudenciales de esta configuración estrictamente estatutaria de la propiedad del suelo ante la anulación de licencias. IV. Las consecuencias prácticas de la doctrina del Tribunal Supremo: Europa y el principio de Seguridad Jurídica. V. El tránsito desde la propiedad estatutaria del suelo hacia la plena propiedad privada de la edificación. VI. Crítica de la argumentación de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo. 1. La apreciación por la Sala 3.ª en sede de medidas cautelares de las consecuencias del art. 34 L.H.. 2. El argumento de la inmutable persistencia del objeto de dominio. 3. La subrogación en los deberes urbanísticos como causalizadora del deber de soportar la demolición acordada. 4. La sobrevenida nulidad de la licencia -en cuanto actividad administrativa de carácter condicional- y su consecuencia claudicatoria de la existencia del objeto por ella amparado. 5. El art. 34 L.H. como causa de imposibilidad legal de cumplimiento de la Sentencia ex art. 105.2 de la LJ. VII. La aplicación al caso del art. 34 L.H.. VIII. El documento circulado por el Ministerio de Fomento y su incidencia en la materia. 1. El contenido de la propuesta. 2. Su crítica parcial.

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