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CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA NATURALEZA REGLAMENTARIA DE LOS PLANES DE URBANISMO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. ESPECIAL REFERENCIA A LA SENTENCIA DE 9 DE FEBRERO DE 2012

MARTÍN GARCÍA-MATOS, CARMEN

REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 25/2012, pág. 251 a 263

I. Introducción. II. Antecedentes del litigio. III. Naturaleza jurídica de los planes de urbanismo. Efectos. IV. Consideraciones que realiza la Sentencia de 9 de febrero de 2012, relacionadas con algunas de las consecuencias derivadas de la naturaleza reglamentaria de los Planes Urbanísticos: La necesidad de publicación de los instrumentos de planeamiento urbanístico para determinar su entrada en vigor y el perfeccionamiento de su eficacia. Consecuencia de la previsión por los Derechos autonómicos de la publicación de una "reseña" de la aprobación del Plan sin indicación de acuerdo de aprobación y sobre todo de normas urbanísticas. 2. Impugnación directa e indirecta de las disposiciones de carácter general. 3. Solución que adopta la sentencia en aras a la tutela judicial efectiva.

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