Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LA APLICACIÓN (E INAPLICACIÓN) DEL SISTEMA DE VALORACIONES DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SUELO

FERNÁNDEZ TORRES, JUAN RAMÓN

Revista Aranzadi de Urbanismo y Edificación, n.º 20/2009, pág. 111 a 147

Sumario
1. Consideraciones generales sobre la propiedad del suelo y las valoraciones urbanísticas. 2. Excurso sobre los modelos y los criterios de valoración en el Derecho urbanístico español. 3. El propósito general del TRLS/2008. 4. El ámbito de aplicación del TRLS/2008. 5. La valoración del suelo en situación de suelo rural. 6. La valoración del suelo en situación de suelo urbanizado. 6.1. El suelo urbanizado no edificado, o con edificación (existente o en ejecución) ilegal o en ruina. 6.2. El suelo urbanizado sin atribución de edificabilidad o uso privado. 6.3. El suelo urbanizado con edificación (existente o en ejecución). 6.4. El suelo urbanizado sujeto a procesos de reforma o renovación urbana. 7. El suelo destinado a dotaciones públicas. En especial, el suelo afecto a sistemas generales supramunicipales. 8. Las indemnizaciones. 8.1. La indemnización de la facultad de participar en actuaciones de nueva urbanización. 8.2. La indemnización de la iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización y de edificación. 9. La valoración del suelo en régimen de equidistribución de beneficios y cargas. 10. El momento de referencia para la valoración de los terrenos expropiados. 11. La valoración de los demás bienes y derechos. 12. El régimen transitorio del suelo urbanizable ordenado. 13. Conclusiones. Bibliografía.

LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA BOLKESTEIN Y EL VERDADERO RETO DE LA LIBERALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS: TURISMO Y URBANISMO

ARAGÓN CÁNOVAS, FRANCISCO JAVIER

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 263/2011, pág. 59 a 102

Sumario
I. Introducción. II. Marco histórico-social y económico europeo previo a la Directiva Bolkestein. III. Exclusión y ámbito de aplicación de la Directiva Bolkestein. IV. Simplificación administrativa. V. Libertad de establecimiento. VI. Libre circulación de servicios. VII. Efectos de la aplicación de la Directiva Bolkestein. VIII. Aplicación de la Directiva Bolkestein en España. IX. Aplicación de la Bolkestein en ámbito turístico. 1. Desarrollo sostenible del Turismo. 2. Planificación turística y urbanismo. 3. La Directiva Bolkestein: impactos sobre turismo y urbanismo. X. Conclusiones.

LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE COMPETENCIA EN EL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

ARPÓN DE MENDÍVIL ALDAMA, ALMUDENA

La Ley Unión Europea, n.º 313/2011, pág. 35 a 46

Sumario
1. Introducción. 2. El Derecho de la competencia y la regulación del sector de las comunicaciones electrónicas. 2.1. Las autoridades con facultades en el sector. 2.2. Los mercados, los operadores con peso significativo y la imposición de obligaciones. 2.3. La posible aplicación simultánea del Derecho de la competencia a conductas reguladas. 3. Acuerdos y prácticas restrictivas. 3.1. Acuerdos de compartición de infraestructuras. 3.2. Acuerdos de actuación conjunta para la adquisición de contenidos audiovisuales y la comercialización de servicios de televisión de pago con otros servicios de comunicaciones. 3.3. Prácticas concertadas y mercado inicialmente en oligopolio: el mercado de comunicaciones móviles. 4. Abuso de posición de dominio. 4.1. Negativas de suministro de facilidades esenciales. 4.2. Compresión de márgenes o prize squeeze. 4.3. Precios predatorios. 4.4. Estándares técnicos y licencias de derechos de Pl: los asuntos Qualcomm y Rambus. 5. Concentraciones económicas. 5.1. Concentraciones entre operadores con redes fijas. 5.2. Concentraciones entre operadores con redes de comunicaciones móviles. 5.3. Concentraciones verticales y conglomeradas o de convergencia. 6. Ayudas públicas. 6.1. Las ayudas al despliegue rápido de banda ancha. 6.2. Los casos de ayudas públicas para financiación de la televión pública: Francia y España. 7. Conclusiones.

LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS EN EL MARCO DE LAS HACIENDAS LOCALES

CALVO VÉRGEZ, JUAN

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 121/2009, pág. 34 a 64

Sumario
I. Introducción. II. Principio de competencia presupuestaria. III. Ámbito temporal de la autorización presupuestaria: el principio de anualidad. IV. Principios de Unidad, Universalidad y no Afectación: aspectos convergentes y divergentes: 1. Consideraciones previas. 2. Principio de unidad. 2.a) El principio de unidad de caja: ¿una consecuencia contable del principio de unidad presupuestaria?. 3. Principio de Universalidad. Su conexión con el principio de presupuesto bruto. 4. Principio de no afectación. V. Principio de equilibrio o nivelación presupuestaria. VI. El necesario respeto del principio de estabilidad presupuestaria por parte de las Administraciones Locales. VII. Principio de especialidad presupuestaria: la aplicación de sus distintas vertientes a los presupuestos generales de las Entidades Locales.

LA APLICACIÓN DE TIPOS DE GRAVAMEN DIFERENCIADOS EN EL IBI: ALGUNAS REFLEXIONES A LA LUZ DE LA RECIENTE DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

CALVO VÉRGEZ, JUAN

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 128/2010, pág. 20 a 30

Sumario
I. Consideraciones generales. II. La aplicación de los principios constitucionales de capacidad económica y de reserva de ley en el sistema tributario municipal. III. Análisis de la reciente doctrina del Tribunal Constitucional: reflexiones en torno a los Autos de 28 y 30 de abril de 2009.

LA APLICACIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO COMO CUESTIÓN INFRACONSTITUCIONAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL

OLLERO, ANDRÉS

Revista de las Cortes Generales, n.º 76/2009, pág. 117 a 133

LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 8/2010, DE 20 DE MAYO, SOBRE REDUCCIÓN DE RETRIBUCIONES AL PERSONAL LABORAL DE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES

BOLTAINA BOSCH, XAVIER

La Administración Práctica, n.º 9/2010, pág. 883 a 889

Sumario
1. Introducción. 2. Ámbito subjetivo de aplicación. 3. Reducción aplicable a la masa salarial del personal laboral. 4. La reducción aplicable a las pagas extraordinarias. 5. Límites a la reducción: ¿Por qué la diferencia con el personal funcionario? 6. El papel de la negociación colectiva. 7. Aplicación del RDL 8/2010 si hay identidad retributiva entre personal funcionario y laboral. 8. Actuación de la Corporación local en la aplicación del RDL 8/2010 al personal laboral.

LA APLICACIÓN DIRECTA DE LA DIRECTIVA 2003/109/CE A LOS NACIONALES DE TERCEROS ESTADOS QUE ACREDITEN SER TITULARES DEL ESTATUTO DE LOS RESIDENTES DE LARGA DURACIÓN EN OTROS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA

IGLESIAS SÁNCHEZ, SARA

Revista de Derecho Migratorio y Extranjeria, n.º 19/2008, pág. 81 a 98

Sumario
I. Introducción. II. No transposición de Directivas comunitarias, efecto directo, aplicación e interpretación conforme. III. El método para la aplicación directa: el acceso de los residentes de larga duración de otros Estados miembros a los procedimientos de solicitud de autorizaciones de residencia temporal. A) Residencia para la realización de estudios o formación profesional, u otros fines, sin realización de actividades laborales. B) Residencia y trabajo. C) Reagrupación familiar. D) Punto de contacto. IV. Conclusión: ¿Libre circulación o mera exención de visado?.

LA APLICACIÓN MATERIAL DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS

PARICIO RALLO, EDUARDO

Cuadernos de Derecho Local, n.º 23/2010, pág. 12 a 28

Sumario
1. Introducción. 2. El proceso de transposición hasta el momento. 2.1. Alcance de la obligación municipal. 2.2. la transposición de la Directiva en la normativa del Estado. 2.3. La transposición en la normativa de las Comunidades Autónomas. 2.4. Algunos casos de transposición municipal. 3. Situación actual y régimen transitorio. 4. La proyección de la Directiva en la gestión del dominio público. 5. La aplicación de la Directiva en materia urbanística. 5.1. Planeamiento. 5.2. Licencias. 5.3. Silencio administrativo. 6. Razones imperiosas de interés general. 7. Establecimiento de sucursales. 8. Servicios de interés general y servicios de interés económico general. 9. Ventanilla única y procedimientos virtuales. 10. Requisitos inherentes a las solicitudes de autorizaciones y actos de control. 11. Otros. 11.1. El régimen de los nuevos controles. 11.2. La responsabilidad de la Administración.

LA APORTACIÓN/PROPOSICIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 5/2009, pág. 605 a 614

Sumario
I. El supuesto de hecho de la STS de 2 de diciembre de 2008. II. ¿Cómo se alega en un recurso de casación la indebida denegación de la práctica de pruebas en la instancia?. 1. El motivo previsto en el segundo inciso del art. 88.1.c) de la LJCA. 2. Es necesario justificar la indefensión que la denegación de la práctica de las pruebas ha causado a la parte que las solicitó. 3. Es necesario haber interpuesto recurso de súplica contra la providencia denegatoria de la práctica de las pruebas en la instancia. 4. Si existiese trámite de conclusiones, es discutible si la parte ha de reiterar en él la necesidad de practicar la prueba solicitada. 5. Es necesaria la expresión del motivo en el escrito de interposición y muy aconsejable citarlo también en el de preparación. III. La indebida inadmisión por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Asturias de la prueba pericial propuesta. IV. Las diferencias sobre la prueba pericial entre la LJCA de 1998 y la LEC de 2000. 1. La prueba pericial en la LJCA de 1998 sigue el sistema de la LEC de 1881. 2. El cambio radical de la prueba pericial en la LEC de 2000. 3. La situación de la prueba pericial en el proceso contencioso-administrativo después de la LEC DE 2000. V. Efectos de las sentencias dictadas en recursos de casación que aprecian la existencia de este tipo de infracciones procesales. VI. Epílogo.

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