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SUBSANACIÓN DE ERRORES EN LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS UNA VEZ ADJUDICADO EL CONTRATO

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 111/2011, pág. 14 a 15

Sumario
1. Consulta. 2. Contestación.

SUBSANACIÓN DE ERRORES EN LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS UNA VEZ ADJUDICADO EL CONTRATO

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 111/2011, pág. 14 a 15

Sumario
1. Consulta. 2. Contestación.

SUBVENCIONES E IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: ANÁLISIS DE LA JURISPRUDENCIA EUROPEA

ALONSO DE LEÓN, SERGIO

Crónica Tributaria, n.º 141/2011, pág. 7 a 25

Sumario
1. INTRODUCCIÓN. 2. LAS SUBVENCIONES NO VINCULADAS AL PRECIO DE OPERACIONES SUJETAS. 2.1. La contradicción entre la normativa española y la Sexta Directiva. 2.2. La jurisprudencia del TJUE sobre la cuestión: el legislador nacional no puede introducir nuevas limitaciones al derecho a deducir. 2.3. Las consecuencias de la declaración de incumplimiento. 3. LAS SUBVENCIONES VINCULADAS AL PRECIO DE LAS OPERACIONES SUJETAS. 3.1. La delimitación de las subvenciones vinculadas al precio de las operaciones sujetas según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 3.2. La delimitación de las subvenciones vinculadas según la jurisprudencia española. 3.3. Aplicación de la doctrina expuesta a un supuesto concreto; el de una entidad que percibe subvenciones nominalmente vinculadas al precio de un servicio que no presta por sí misma. 4. Conclusiones.

SUBVENCIONES Y AYUDAS ECONÓMICAS EN TIEMPOS DE CRISIS

FERNÁNDEZ FARRERES, GERMÁN

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 154/2012, pág. 19 a 48

Sumario
I. Introducción. II. La incidencia de la crisis económica en el incremento de subvenciones y ayudas económicas y en la flexibilización de los criterios de las autoridades comunitarias sobre las ayudas de Estado. III. La Ley General de Subvenciones y los abusos en el ejercicio de la actividad subvencional. 1. Sobre la naturaleza y características de la actividad subvencional y las dificultades existentes para garantizar su correcto ejercicio. 2. La regla de la concurrencia competitiva para la selección de beneficiario de la subvención y la práctica de los convenios de colaboración. 3. La defectuosa concreción legal de las entidades otorgantes de subvenciones sujetas al ámbito de aplicación de la LGS. IV. Consideración final.

SUJECIÓN AL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE LAS OPERACIONES DERIVADAS DE UNA EXPROPIACIÓN

CABEZUELO VALENCIA, DAVID

La Administración Práctica, n.º 11/2011, pág. 922 a 926

Sumario
1. Referencias normativas. 2. Antecedentes. 3. Fundamentos jurídicos. 4. Conclusión.

SUMMUM IUS SUMMA INIURIA, OVVEROSIA QUANDO L'AUTONOMIA REGIONALE NON RIESCE A CONVERTIRSI IN SERVIZIO PER I DIRITTI FONDAMENTALI

RUGGERI, ANTONIO

Quaderni Regionali. Rivista Trimestrale di Studi e Documentazione, n.º 1/2012, pág. 15 a 31

Sumario
I. Il caso. 2. Limitatezza delle risorse disponibili versus diritto alla salute e dignità della persona umana. 3. Autonomia e diritti: simul stabunt vel simul cadent. 4. Due buone ragioni per far salva la disciplina regionale impugnata: in ispecie, il possibile ampliamento dell'area di tutela coperta dalle norme statali e il binanciamento tra norme sulla normazione e norme sostantive, con la conseguente preminenza data alle seconde sulle prime. Oscilazioni ed aporie di costruzione riscontrabili nella giurisprudenza sostituzionale, a seconda che la lesione delle competenze, ancorché giustificata dal bisogno di prestare tutela ai diritti, si abbia ad opera delle leggi statali ovvero di quelle regionali. 5. Quale la tecnica decisoria di cui la Corte avrebbe potuto fare utilizzo ove si fosse orientata ad anteporre la salvaguardia dei diritti al mantenimento del riparto delle competenze, in tesi alterato dalla disciplina regionale impugnata? 6. Una succinta notazione finale, con l'augurio che le questioni di diritto costituzionale (e di diritti constituzionali) possano essere risolte preservando l'idea, che sta a base dell'ordine republicano, della centralità della persona umana.

SUSPENSIÓN CAUTELAR DE LA EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL. COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA-LA MANCHA DE 10 DE ENERO DE 2011

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 16/2011, pág. 2065 a 2068

Sumario
I. LA SENTENCIA. Proceso Contencioso-Administrativo. Medida cautelar. Suspensión de la medida de expulsión del territorio nacional, ya ejecutada. La doctrina jurisprudencial admite excepciones al principio general contrario a la suspensión de los actos administrativos ya ejecutados, uno de cuyos ejemplos es la suspensión de las órdenes de expulsión de los extranjeros del territorio nacional; si bien, la estimación no puede alcanzar a la pretensión de que se reconozca el derecho a regresar a España a costa de la Administración, pues la suspensión deja expedita al recurrente la vía para regresar a España en los términos legales, pues su reconocimiento como medida cautelar no está fundamentada en una prueba acerca de la irreparabilidad de los perjuicios que ocasionarían al recurrente el abono de los gastos de regreso a España con anterioridad a un hipotético reconocimiento del derecho a ser resarcido de dichos gastos. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

TASAS LOCALES: ALGUNAS PROPUESTAS DE REFORMA DE SU RÉGIMEN DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN

ACÍN FERRER, ÁNGELA

Tributos Locales, n.º 103/2011, pág. 99 a 110

Sumario
1. Introducción. 2. Reflexiones sobre la improcedencia de repercutir IVA en la tasa por recogida, transporte y eliminación de residuos. 3. Reflexiones sobre la necesidad de la Administración tributaria de consultar los datos de domicilio de los obligados tributarios. 4. Reflexiones sobre la extraterritorialidad de las actuaciones de recaudación ejecutiva, que pueden desarrollar las entidades locales.

TASAS LOCALES. EL INFORME TÉCNICO ECONÓMICO: ALGUNOS ASPECTOS JURÍDICO ADMINISTRATIVOS Y DE PROCEDIMIENTO

GOMAR SÁNCHEZ, JUAN IGNACIO

Tributos Locales, n.º 100/2011, pág. 11 a 29

Sumario
1. EL INFORME TÉCNICO ECONÓMICO. 1.1. Introducción. 1.2. Concepto. 1.3. ¿Cuál es su utilidad inmediata? 1.4. ¿Cuál es su finalidad en términos de doctrina Constitucional? 1.5. ¿Su inexistencia es motivo de nulidad o anulabilidad de la tasa, o es una mera irregularidad no invalidante? 2. ASPECTOS DE FORMA. 2.1. ¿Qué forma y aspecto ha de tener un informe técnico económico? 2.2. ¿De qué partes se compone un informe técnico económico? 2.3. El principio formal "el coste que no se menciona no existe". 2.4. La cuestión del vínculo formal entre el informe técnico económico de una tasa por prestación de servicios y actividades y el método de determinación de la cuota a pagar. 3. ASPECTOS COMPETENCIALES. 3.1. ¿Quién ha de elaborar el informe técnico económico? ¿Le corresponde esta labor a la Secretaría General o a la Intervención General? 3.2. ¿Puede una empresa privada confeccionarle a la entidad local el informe técnico económico? 3.3. ¿Puede elaborarlo la empresa que va a gestionar el servicio público mediante gestión indirecta? 4. ASPECTOS PROCEDIMENTALES. 4.1. ¿En qué momento del procedimiento de aprobación de la ordenanza debe incorporarse el informe técnico económico? 4.2. ¿Sólo tiene sentido si va acompañado de una ordenanza fiscal? 4.3. ¿Forma parte del expediente de aprobación de la ordenanza? ¿Debe ser expuesto al público en el trámite de alegaciones? 4.4. ¿Pueden los particulares formular alegaciones contra el informe técnico económico? 4.5. ¿Es este informe susceptible de recurso administrativo o contencioso singularizado antes de la aprobación de la ordenanza de cuyo expediente aprobatorio forma parte? 4.6. ¿Es vinculante el informe técnico económico para el Pleno de la entidad local? 4.7. ¿Qué es del informe técnico económico una vez aprobada la ordenanza? 4.8. ¿A quién le corresponde acreditar ante los tribunales la existencia y el contenido del informe técnico económico? 4.9. ¿Se incorpora el informe técnico económico a las actas del Pleno?. 4.10. ¿Si se modifica la cuantía de la tasa es necesario un nuevo informe? 4.11 ¿Puede pactarse el informe técnico económico con los contribuyentes que van a quedar sujetos a la tasa a la que se refiere? 5. CONCLUSIONES. 5.1. ¿De qué modo un informe complejo puede demostrar que todos los ciudadanos no somos iguales ante la ley? 5.2. La forma y el procedimiento de elaboración de la memoria económico financiera como prolongación de la garantía Constitucional.

TASAS. LOCALES.- EXIGENCIA DE LA TASA DE RECOGIDA DE BASURAS A TITULARES DE ESPACIOS DE MERCADO SEMANAL DE VENTA-AMBULANTE

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2012, pág. 302 a 304

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

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