Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- CONSECUENCIAS DE LA PRÓRROGA DEL PRESUPUESTO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 20/2011, pág. 2361 a 2362

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- CONTRATACIÓN LOCAL.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO PARA CONVALIDAR GASTOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 15/2011, pág. 1843 a 1844

Sumario
1. ANTECEDENTES.- ¿Cuál sería el procedimiento más adecuado para reconocer una deuda por el uso, durante dos años, de un terreno por el Ayuntamiento, teniendo en cuenta que no se formalizó contrato de cesión gratuita? 2. CONTESTACIÓN. Para evitar un procedimiento judicial que normalmente está perdido de antemano, se adoptan acuerdos de reconocimiento extrajudicial, que implican realmente la convalidación de un gasto.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN NACIONAL. INTERVENTOR.- ES FUNCIÓN DE LA INTERVENCIÓN LA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES DEL PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 14/2011, pág. 1720 a 1721

Sumario
I. ANTECEDENTES.- ¿A quién corresponde informar en contra de las órdenes de pago que vulneren el plan de disposición de fondos? II. CONTESTACIÓN.- Hemos de tener en cuenta que el Plan de Disposición de Fondos no es un Presupuesto de Tesorería o de Caja, como en ocasiones se ha mantenido, sino la planificación de los gastos, no de los pagos, que han de producirse durante el ejercicio, según las disponibilidades de la tesorería y de acuerdo con los flujos de los ingresos. La expedición de las órdenes de pago habrá de acomodarse al plan conforme a las prioridades legales, pero lo que puede gastarse no solo ha de ajustarse a la existencia de consignación presupuestaria, sino también a las previsiones del plan, de modo que no se rebasen los límites que en él se hayan establecido para cada momento del ejercicio.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- GASTOS SUPLIDOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 15/2011, pág. 1842 a 1843

Sumario
1. ANTECEDENTES.- La empresa que gestiona el teatro municipal ha pagado la factura de unos muebles y, ahora, la pasa al Ayuntamiento. ¿Se pueden tramitar gastos suplidos por terceros? 2. CONTESTACIÓN. El acto de reconocimiento de la obligación supone, formalmente, la aparición de un acreedor concreto de la Entidad local, por una cantidad líquida, esto es, concretada en cifra cierta y determinada. Acreedor concreto que no puede ser otro que quien hubiera realizado la prestación. Por lo que el acreedor sólo puede serlo quien realizó la prestación.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- LOS PAGOS A JUSTIFICAR PRECISAN CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 22/2011, pág. 2600 a 2601

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- PRINCIPIO DE VINCULACIÓN JURÍDICA DE LOS CRÉDITOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1/2012, pág. 22 a 25

Sumario
1. Pregunta. 2. Contestación.

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- RECLAMACIÓN DE PAGOS INDEBIDOS POR LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2011, pág. 2484 a 2485

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación

PRESUPUESTOS GENERALES LOCALES.- RESPONSABILIDAD DE LOS ORDENADORES DE GASTOS Y DE PAGOS Y DE LOS INTERVENTORES DE LAS ENTIDADES LOCALES, CUANDO NO ADVIERTAN POR ESCRITO SU IMPROCEDENCIA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2011, pág. 2732 a 2734

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PRIME RIFLESSIONI SULLA FORMA DELLE LEGGI REGIONALI

ITALIA, VITTORIO

Quaderni Regionali. Rivista Trimestrale di Studi e Documentazione, n.º 1/2012, pág. 9 a 14

Sumario
1. Premessa. 2. La situazione attule della legislazione regionale. 3. La legislazione regionale come legislazione di sistema, ed il rapporto di gerarchia con i principi comunitari. 4. Nuovi aspetti formali delle leggi regionali. 5. Aspetti positivi della legislazione di principio regionale. 6. Aspetti negativi della legislazione di principio regionale. 7. Conclusioni.

PRIMERAS CONSIDERACIONES SOBRE LA LÍNEA DE CRÉDITO PARA LA CANCELACIÓN DE DUDAS DE LAS ENTIDADES LOCALES CREADA POR REAL DECRETO-LEY 8/2011, DE 1 DE JULIO

SÁNCHEZ-CERVERA DE LOS SANTOS, LUIS

Cunal. Revista de Estudios Locales, n.º 141/2011, pág. 68 a 75

Sumario
I. Introducción. II. Alteración del orden de prelación de créditos en pro de la indeterminación prescrita por el artículo 5.2 del Real Decreto-Ley 8/2011. III. Apertura, singular causa, del endeudamiento a largo plazo para el pago de gasto corriente. IV. Excesiva rigidez normativa en el caso de la generación de remanente de tesorería negativo durante el período de amortización de las operaciones de endeudamiento (artículo 11 Real Decreto-Ley 8/2011). V. A modo de conclusión.

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