Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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Montes.- Bienes y patrimonio. Comunales.- Procedimiento para la transposición del aprovechamiento de bienes comunales

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2015, pág. 2512 a 2513

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

Funcionarios con habilitación nacional.- Orden de prelación de los informes del Secretario y del Interventor

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2015, pág. 2509 a 2510

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

Corporaciones locales. Sesiones. Es posible modificar la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2015, pág. 2508

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

Contratación local.- Publicidad de los contratos menores y los tramitados mediante procedimiento negociado

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2015, pág. 2507

Sumario
1. Antecedente. 2. Contestación.

Régimen de competencias locales y destino de superávits presupuestarios

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 98 a 100

Las distintas formas de inactividad de la Administración: prestacional y ejecutiva

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 95 a 97

Sumario
A) Inactividad prestacional. B) Inactividad ejecutiva.

La reforma del recurso de casación contencioso-administrativo por la Ley Orgánica 7/2015: análisis de sus novedades

Lozano Cutanda, Blanca

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 89 a 94

Sumario
1. Se suprimen los recursos de casación en interés de ley y para unificación de doctrina. 2. Desaparecen los motivos tasados: la casación puede fundarse en cualquier cuestión de derecho, tanto procesal como sustantiva, y sin limitación al derecho estatal. 3. Se amplia el ámbito objetivo de las sentencias recurribles en casación. 4. La apreciación por el Tribunal Supremo del interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. 5. La preparación del recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 6. Sustanciación del recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Las claves de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico (BOE 2 de octubre de 2015)

González- Varas Ibáñez, Santiago

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 85 a 88

Sumario
I. Los principios generales ahora están en las disposiciones generales de la LRJSP: los tradicionales y alguno más. II. Regulación en la LRJSP de los "órganos". III. "Abstención" por vínculo matrimonial. IV. Regulación ahora en la LRJSP de los principios de la potestad sancionadora (no del procedimiento) y de la responsabilidad patrimonial, con novedades en la responsabilidad del Estado legislador y en la exigencia de responsabilidades directas. V. Se aporta un marco general regulador de los convenios y del funcionamiento electrónico del sector público. VI. Matices regulatorios competenciales en los órganos de la Administración del Estado. VI. ¿Cómo queda la Administración institucional? VIII. Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local. IX. La nueva ratio de la Administración institucional es la supervisión del sector, el control de eficacia y las mayores exigencias para crear una entidad. X. Mayor precisión en la regulación de las conferencias sectoriales y de la colaboración interadministrativa. XI. Entrada en vigor.

Análisis preliminar de la nueva Ley Reguladora del Sector Público

Quintana Daimiel, Alberto

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 82 a 84

Sumario
I. La regulación administrativa al servicio del crecimiento económico. II. Incorporación del concepto "sector público". III. Adaptaciones y aclaraciones normativas. IV. Responsabilidad patrimonial del Estado. V. Conclusión.

Las claves de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 2 de octubre de 2015)

González- Varas Ibáñez, Santiago

Actualidad Administrativa, n.º 11/2015, pág. 77 a 81

Sumario
I. Obligación de emplear medios electrónicos para "las personas jurídicas y profesionales" (art. 14.2 de la L-PACA). II. Regulación más completa de los documentos con aportaciones del nuevo contexto electrónico. III. Los sábados pasan a ser inhábiles y hay plazos por horas. IV. El criterio de aplicación subjetiva de la LRJSP depende del ejercicio de potestades públicas. V. Matices en capacidad y representación. VI. Ratio electrónica para los registros de apoderamientos, identificación y firma del interesado. VII. Notificaciones: ¿un cambio revolucionario de la cultura jurídica? VIII. Integración de los procedimientos sancionadores y de responsabilidad patrimonial en el articulado general de la L-PACA. IX. "Se fomenta" la presentación de denuncias. X. Los expedientes en formato electrónico. XI. Posibilidad de tramitación simplificada. XII. Mantenimiento de la doctrina leal principal en los temas centrales de nulidad, revisión de oficio, lesividad, recursos. XIII. Novedad regulando la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria de las Administraciones. XIV. Se deroga la Ley 30/1992 y otras leyes. XV. Sistematización. XVI. Entrada en vigor. Vacatio legis.

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