Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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Las costas en la ejecución provisional: estado de la cuestión

Cabello Contreras, José Luis

Diario La Ley, n.º 8828/2016, pág. 1 a 5

La Justicia Digital (I): análisis de algunos de los problemas prácticos de su implantación y propuesta de soluciones para lograr una Administración de Justicia moderna y eficaz

Fernández López, Amaya

Diario La Ley, n.º 8827/2016, pág. 1 a 15

Sumario
I. Introducción. II. Conceptos básicos en la evolución de Lexnet y el objetivo "papel cero" en la Administración de Justicia (2003-2016). III. Algunos problemas prácticos en la implementación de la Justicia digital. IV. Conclusiones.

Los procesos de cooperación entre las Administraciones en el ámbito de la prestación de los servicios públicos a ciudadanos. Las TICs como herramienta de cooperación: situación actual y retos futuros

Farinós, Jesús Mari; Muñoz Pérez, David

Diario La Ley, n.º 8826/2016, pág. 1 a 6

Sumario
I. La pluralidad de Administraciones públicas. II. La coordinación de las Administraciones públicas e implantación de las TICs. III. Perspectivas: hacia la E-Administración.

Suspensión del juicio por enfermedad: premisas para la prosecución del proceso respecto a los acusados no dolientes

Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de julio de 2016

Diario La Ley, n.º 8824/2016, pág. 1 a 2

Inconstitucionalidad parcial de la Ley de tasas judiciales por vulnerar con sus desproporcionadas cuantías la tutela judicial efectiva

Sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de julio de 2016

Diario La Ley, n.º 8824/2016, pág. 1 a 2

¿Cómo adaptarse al Reglamento General de Protección de Datos (I)

Redacción Diario La Ley

Diario La Ley, n.º 8820/2016, pág. 1 a 4

Sumario
Desde el pasado 25 de mayo el Reglamento General de Protección de Datos se encuentra en vigor. Este nuevo marco normativo para Europa suscita no pocos interrogantes entre la ciudadanía, empresas y organizaciones responsables del tratamiento de datos, por lo que la AEPD ha desarrollado un listado de preguntas frecuentes para facilitar la comprensión de los cambios que introduce el nuevo Reglamento y cumpir con las obligaciones que impone.

Aproximación al régimen vigente de responsabilidad ambiental

Moreno Guzmán, Iván Luis

Diario La Ley, n.º 8820/2016, pág. 1 a 14

Sumario
I. Introducción. II. ¿Por qué nació la Ley de Responsabilidad Ambiental? III.¿Cuáles son las principales características de la LRM? IV. ¿Desde cuándo y hasta cuándo resulta de aplicación? V. ¿Cuál es su ámbito objetivo de aplicación? VI. ¿Qué sistemas de responsabilidad caben bajo la LRM? VII. ¿Qué medidas pueden resultar exigibles a los responsables? VIII. ¿Qué sujetos pueden resultar responsables bajo la LRM? IX. ¿Qué circunstancias eximentes se regulan y cómo operan? X. ¿Qué consecuencias tendría la iniciación de un procedimiento por vía penal o sancionadora sectorial? XI. ¿Resulta exigible algún régimen de garantía financiera? XII. Bibliografía.

El tiempo de trabajo y los problemas no resueltos de control y registro de la jornada y horario

Cubo Mayo, Ángel

Diario La Ley, n.º 8819/2016, pág. 1 a 18

Sumario
I. Introducción. II. La normativa en materia de jornada. II. La regulación de los contratos a tiempo parcial. IV. La normativa francesa. V. Conclusión.

El TJUE impone a los Estados miembros el derecho del trabajador al cobro de las vacaciones que no pudo disfrutar antes de su jubilación

Sentencia del T J U E de 20 de julio de 2016

Diario La Ley, n.º 8817/2016, pág. 1 a 2

Sumario
Solamente es posible privar de tal compensación económica cuando, en virtud de acuerdo empresario-empleado, éste no debía trabajar durante un tiempo inmediatamente anterior a la jubilación, percibiendo íntegramente su salario, y el no disfrute de las vacaciones obedezca a razones voluntarias y no por enfermedad.

No cabe apreciar la caducidad cuando se interpone la demanda dentro del plazo fijado por la ley, aunque sea ante un tribunal territorialmente incompentente

Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 2016

Diario La Ley, n.º 8817/2016, pág. 1 a 2

Sumario
Distinción entre falta de competencia objetiva y falta de competencia territorial. La primera determina la nulidad de pleno derecho de lo actuado, mientras que la segunda no conlleva tal efecto, sino la remisión de actuaciones al órgano territorialmente competente siendo válidas las realizadas con anterioridad.

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