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Un juzgado de guardia reconoce a un profesor interino el derecho a cobrar el sueldo los meses de verano

Sentencia del Juzgado nº 11 de lo Contencioso de Madrid de 30 de mayo de 2017

DIARIO LA LEY, n.º 9031/2017, pág. 1 a 2

Considera que la actuación de la Administración al cesarle el 30 de junio y nombrarle nuevamente en septiembre, dejando de generar antigüedad y sin percibir salario alguno, supone una situación discriminatoria con respecto a los profesores de carrera, por cuanto ejercen las mismas funciones que éstos y durante los mismos periodos escolares.

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