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¿PUEDEN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS COMPLEMENTAR LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL? COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 239/2002, DE 11 DE DICIEMBRE

MORENO REBATO, MAR

CIVITAS, REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 118/2003, pág. 231 a 248

I. Breve exposición de la cuestión litigiosa. II. Encuadramiento competencial de los complementos. III. La configuración como normas, o como actos administrativos, de los decretos autonómicos objeto del conflicto. IV. Lo que subyace en los votos particulares y en el parecer de la mayoría. Las dos concepciones de la asistencia social: la asistencia social versus beneficencia y la asistencia social como superación histórica de la beneficiencia. V. Análisis de las implicaciones de futuro derivadas de esta Sentencia; en concreto, la anunciada Ley de Medidas Específicas en Materia de Seguridad Social.

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