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La notificación a las personas jurídicas a través de la Sede Judicial Electrónica
García Rivas, Francisco J.
DIARIO LA LEY, n.º 9261/2018, pág. 1 a 7
I. ¿Qué es la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia? ¿Y la Dirección Electrónica Habilitada Única? II. La obligatoriedad de la comunicación bidireccional entre las personas jurídicas y los órganos judiciales. III. Forma de realización de las comunicaciones; la legislación procesal. IV. Apuntes jurísprudenciales sobre el tema. V. La validez del requerimiento de pago telemático a una persona jurídica en procedimiento de ejecución hipotecaria. VI. Conclusión.