Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Análisis crítico de la Sentencia del Tribunal Constitucional por la que se declaran inconstitucionales y nulos los artículos 9.4, 26.2 y 33.1.a) de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 12/2016, de 17 de agosto

Atxukarro Arruabarrena, Iñaki

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 152/2018, pág. 1 a 11

ANÁLISIS DE LA LEY 1/2008, DE 4 DE ABRIL, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS URGENTES PARA LA ADAPTACIÓN DEL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO A LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO. GARANTÍAS DE SOSTENIBILIDAD DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO E IMPULSO A LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE VIVIENDA Y SUELO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. ESPECIAL REFERENCIA A LAS INNOVACIONES INTRODUCIDAS RESPECTO AL DECRETO-LEY 2/2007, DE 4 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ESTABLECIERON MEDIDAS URGENTES PARA LA ADAPTACIÓN DEL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO A LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO

SÁNCHEZ GIMÉNEZ, ROSA

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 72/2008, pág. 40 a 49

Sumario
I. Introducción. II. Modificaciones de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón. III. Modificaciones de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida. IV. Programación de sectores residenciales de suelo urbanizable concertado. V. Regímenes Transitorios. 1. De los instrumentos urbanísticos vigentes. 2. De las modificaciones de los instrumentos urbanísticos vigentes. 3. Del régimen aplicable a los instrumentos de ordenación urbanística en tramitación. 4. Del régimen transitorio del suelo urbanizable. 5. Del régimen aplicable a los proyectos supramunicipales. 6. Del aprovechamiento subjetivo. 7. Del régimen transitorio de los convenios urbanísticos. 8. De la constitución de los patrimonios municipales de suelo. 9. De la aplicación de la reserva de suelo para vivienda protegida. 10. Del régimen especial de capitalidad. 11. De los límites de repercusión de suelo sobre viviendas protegidas. VI. Consideraciones finales.

Análisis de la Ley 12/2014 y el Decreto Ley 1/2016 de Baleares

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 140/2016, pág. 104 a 105

Sumario
1. Consulta. 2. Contestación.

ANÁLISIS DE LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO. SU INCIDENCIA EN LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

SÁNCHEZ GIMÉNEZ, ROSA

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 63/2007, pág. 25 a 44

Sumario
I. PRINCIPIO GENERAL COMÚN. II. PRINCIPIOS GENERALES. III. INNOVACIONES E INCIDENCIAS EN LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA DE ARAGÓN. 1. ESTATUTOS DE DERECHOS Y DEBERES. 2. DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN. 3. SITUACIONES BÁSICAS DEL SUELO. 4. ACTUACIONES DE TRANSFORMACIÓN URBANÍSTICA. ESPECIAL REFERENCIA A LOS DEBERES DE LA PROMOCIÓN. 5. SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y ECONÓMICA DEL DESARROLLO URBANO. 6. VALORACIONES. 7. PATRIMONIOS PÚBLICOS DEL SUELO. 8. DERECHO DE SUPERFICIE. 9. VENTA Y SUTITUCIÓN FORZOSA. 10. ENTRADA EN VIGOR Y REGÍMENES TRANSITORIOS. 11. TEXTO REFUNDIDO. 12. CONSIDERACIÓN FINAL.

ANÁLISIS DEL DECRETO LEY 2/2007, DE 4 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS URGENTES PARA LA ADAPTACIÓN DEL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO A LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO. GARANTÍAS DE SOSTENIBILIDAD DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO E IMPULSO A LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE VIVIENDA Y SUELO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

SÁNCHEZ GIMÉNEZ, ROSA

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 71/2008, pág. 24 a 51

Sumario
I. Introducción. II. Su objeto. III. Modificaciones de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón. 1. Finalidades y características de la LUA. 2. Sistemática utilizada por el Decreto Ley 2/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón. 2.1. Especial referencia a los artículos sujetos a una nueva redacción de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística. IV. Modificaciones de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida. 1. De la nueva redacción al artículo 5. 1.1. Reservas de terrenos para construcción de viviendas protegidas (Apartado 1). 1.2. Reglas para establecer las reservas de terrenos para construcción de viviendas protegidas (Apartado 2). 1.3. Previsión de los supuestos de exención de la reserva (Apartado 3). 1.4. La calificación del suelo con destino a vivienda protegida de Aragón (Apartado 4). 1.5. La Administración de la Comunidad Autónoma o los Municipios podrán expropiar los terrenos destinados por el planeamiento a la construcción de viviendas protegidas (Apartado 5). 1.6. Fijación del coeficiente de ponderación del uso residencial de vivienda protegida en el planeamiento general siendo único para todas las tipologías (Apartado 6). 1.7. Exigencia de acreditación del cumplimiento del régimen de reservas de terrenos para viviendas protegidas (Apartado 7). 2. De la nueva redacción al artículo 8, apartado tercero. 3. De la nueva sección tercera, rubricada "Regímenes especiales de vivienda en alquiler", en el capítulo tercero del título primero con un único artículo, el 18 bis. V. Regímenes transitorios. 1. Sobre los instrumentos urbanísticos vigentes a la entrada en vigor de este Decreto Ley, el 8 de diciembre de 2007 (Disposición Transitoria Primera). 2. Sobre las modificaciones de los instrumentos urbanísticos vigentes que se aprueben inicialmente tras la entrada en vigor de este Decreto Ley (Disposición Transitoria Segunda). 3. Sobre los instrumentos de ordenación urbanística inicialmente aprobados a la entrada en vigor de este Decreto Ley (Disposición Transitoria Tercera). 4. Del suelo urbanizable no delimitado clasificado bajo la vigencia de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, de Aragón (Disposición Transitoria Cuarta). 5. De los Proyectos Supramunicipales (Disposición Transitoria Quinta). 6. Sobre el aprovechamiento urbanístico subjetivo (Disposición Transitoria Sexta). 7. De los Convenios urbanísticos (Disposición Transitoria Séptima). 8. Sobre la constitución del Patrimonio municipal del suelo (Disposición Transitoria Octava). 9. Sobre la aplicación de la reserva de suelo para vivienda protegida (Disposición Transitoria Novena). VI. Convalidación del Decreto Ley 2/2007, de 4 de diciembre, VII. Referencia especial a las Enmiendas presentadas en el trámite parlamentario del proyecto de Ley urbanística. VIII. Consideraciones finales.

Andalucía integra en una misma ley la ordenación territorial y urbanística de la región

Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (B.O.J.A. de 3 de diciembre de 2021)

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 174/2022, pág. 1 a 5

Sumario
I. Objetivos de la ley. II. La nueva regulación. III. Régimen del suelo. IV. Actuaciones de transformación urbanística. Ordenación territorial. V. Ordenación territorial. VI. Ordenación urbanística. VII. Ejecución urbanística. VIII. Edificación. IX. Disciplina territorial y urbanística. X. Adecuación ambiental y territorial. XI. Modificaciones legislativas. XII. Entrada en vigor.

Andalucía permitirá aumentar la edificabilidad de los hoteles que emprendan obras de reforma

Ley 6/2021, de 15 de noviembre, de medidas para la renovación y modernización de los establecimientos de alojamiento turístico (B.O.J.A. de 22 de noviembre de 2021)

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 174/2022, pág. 1 a 3

Sumario
I. Aumento de la edificabilidad y la ocupación. II. Ámbito de aplicación. III. Régimen y duración. IV: Entrada en vigor y disposiciones transitorias.

Anotaciones preventivas en el registro de la propiedad por expedientes de disciplina urbanística y procedimientos contenciosos administrativos

Teófilo Arranz Marina

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 127/2014, pág. 62 a 76

Sumario
I. Introducción. II. Naturaleza jurídica de las anotaciones preventivas de los expedientes de disciplina urbanística. III. Requisitos, procedimiento, vigencia, cancelación y efectos de las anotaciones preventivas de los expedientes de disciplina urbanística. IV. Anotación preventiva por interposición de recurso contencioso-administrativo. V. Inscripción en el Registro de la Propiedad de las sentencias que pongan fin al procedimiento jurisdiccional. VI. Normativa aplicable a las inscripciones en el Registro de la Propiedad, por expedientes de infracción urbanística y recursos contenciosos administrativos. VII. Conclusiones.

ANTE LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE EDIFICACIÓN CONFORME ESPECIFICACIONES DE SUELO URBANO EN PARCELA DE DOBLE NATURALEZA, RUSTICA Y URBANA, Y DEBIDO AL ERROR DE UBICACIÓN DE LA MISMA EN EL PLANO DE LA NORMATIVA MUNICIPAL, ¿SE PUEDE INCORPORAR AL EXPEDIENTE NUEVO PLANO DE SITUACIÓN Y CONSIDERAR ASÍ VIGENTE LA LICENCIA CONCEDIDA? EN CASO DE ANULACIÓN DE LA LICENCIA, ¿CABRÍA EXIGIR ALGUN TIPO DE RESPONSABILIDAD AL AYUNTAMIENTO?

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS Y DE LOS JUZGADOS

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 9/2002, pág. 77 a 78

Sumario
Cuando una ordenanza atribuye a una parcela régimen de suelo urbano en el frente a vía pública y régimen de suelo rústico en el fondo, debe hacerlo con todo detalle a fin de deslindar ambos regímenes. El error en el otorgamiento de licencia genera responsabilidad para el Ayuntamiento si la licencia es anulada o revisada.

ANTE LA PETICIÓN DE SEGREGACIÓN DE UNA FINCA RURAL (NO ADSCRITA A NINGÚN PLAN DE PROTECCIÓN ESPECIAL) CUYA FINALIDAD ES LA VENTA DE LAS PARCELAS RESULTANTES. ¿QUÉ PUEDE PRESENTARSE COMO "JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE SEGREGACIÓN" QUE EXIGE EL ARTÍCULO 52 LOUA?

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 32/2004, pág. 57

Sumario
EN SUELO RURAL O NATURAL SON ADMISIBLES LAS SEGREGACIONES, EDIFICACIONES, CONSTRUCCIONES, OBRAS E INSTALACIONES QUE ESTÉN EXPRESAMENTE PERMITIDAS POR EL PGOU O POR EL PLAN ESPECIAL DE DESARROLLO, EN LOS SUPUESTOS MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 52.1.B LOUA.

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