Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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LA INVEROSÍMIL CADUCIDAD DE LOS "INSTRUMENTOS" EN LAS ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN SEGÚN LA LEY DE SUELO

CABRAL GONZÁLEZ-SICILIA, ÁNGEL

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 81/2009, pág. 29 a 36

La irreductible singularidad de los planes de urbanismo: el caso de la consulta pública previa como paradigma

Suay Rincón, José

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 190/2024, pág. 1 a 11

La legislación prevalece sobre el planeamiento urbanístico

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 142/2016, pág. 65 a 66

Sumario
1. Consulta. 2. Contestación.

La Ley 12/2017, de urbanismo de les Illes Balears (LUIB): eficacia de sus instrumentos de gestión en la ciudad consolidada

Fernández Fernández, Gerardo Roger

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 191/2024, pág. 1 a 11

Sumario
I. Características básicas del desarrollo legislativo balear: La Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de d’urbanisme de les Illes Balears (LUIB). II. Las memorias de viabilidad económica. III. Las actuaciones de dotación. IV. Los complejos inmobiliarios. V. La ejecución sustitutoria. VI. Bibliografía básica mínima.

La Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía

Parejo Alfonso, Luciano

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 175/2022, pág. 1 a 3

LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO Y LAS ILLES BALEARS

NAVARRO SÁNCHEZ, ÁNGEL CUSTODIO

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 64/2007, pág. 53 a 76

Sumario
I. INTRODUCCIÓN: CARENCIA EN LAS ILLES BALEARS DE UNA LEY AUTONÓMICA GENERAL SOBRE EL SUELO, LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA Y LA VIVIENDA. DISPERSIÓN LEGISLATIVA EXTREMA. II. AÑADIR A LO ANTERIOR, LAS DERIVACIONES DEL NUEVO ESTATUTO DE AUTONOMÍA (LEY ORGÁNICA 1/2007, DE 28 DE FEBRERO), A PROPÓSITO DEL URBANISMO Y LA ORDENACIÓN TERRITORIAL EN LAS ILLES BALEARS. LOS SUJETOS ADMINISTRATIVOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, EN EL ARCHIPIÉLAGO. III. LA FILOSOFÍA DE LA LEY DE SUELO: PRECEDENTES EN LA LEGISLACIÓN BALEAR, A PROPÓSITO DEL PRINCIPIO DEL "DESARROLLO SOSTENIBLE". EL CRECIMIENTO Y LA PROTECCIÓN EN UN TERRITORIO INSULAR. IV. AVANCE DE UNOS COMENTARIOS GENERALES Y DE UNOS COMENTARIOS PORMENORIZADOS. V. EL TÍTULO PRELIMINAR DE LA LEY (DISPOSICIONES GENERALES) Y LAS ILLES BALEARS. VI. EL TÍTULO I DE LA LEY (CONDICIONES BÁSICAS DE LA IGUALDAD EN LOS DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES DE LOS CIUDADANOS) Y LAS ILLES BALEARS. VII. EL TÍTULO II DE LA LEY (BASES DEL RÉGIMEN DEL SUELO) Y LAS ILLES BALEARS. VIII. EL TÍTULO V DE LA LEY (FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD Y GESTIÓN DEL SUELO) Y LAS ILLES BALEARS. EN ESPECIAL LA CUESTIÓN DE LOS PATRIMONIOS PÚBLICOS DE SUELO Y EL DERECHO DE SUPERFICIE. IX. OTROS ASPECTOS DE LA LEY DE SUELO EN SU INCIDENCIA EN LA LEGISLACIÓN BALEAR. X. REFLEXIÓN FINAL: NECESIDAD DE UNA LEY BALEAR SOBRE EL RÉGIMEN DEL SUELO Y LA VIVIENDA, SOBRE LA BASE DE LOS ESTABLECIDO EN LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DE SUELO. BONDADES Y PELIGROS DE LA CUESTIÓN, ANTE LA DIVERSIDAD DE NORMAS, EN EL PANORAMA NORMATIVO BALEAR, QUE TRATAN LA CUESTIÓN.

LA LEY 8/2007, DE 28 DE MAYO, DEL SUELO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA: CONCORDANCIAS Y DISONANCIAS

COELLO MARTÍN, CARLOS

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 67/2008, pág. 22 a 39

Sumario
I. Introducción. II. El inventario de instrumentos de planeamiento urbanístico en la Comunidad Autónoma de La Rioja. III. El grupo normativo urbanístico de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 1. Pervivencia de reglamentos estatales como derecho supletorio. 2. Instrumentos de ordenación del territorio de carácter urbanístico. 3. La legislación ambiental modula los institutos urbanísticos. 4. La legislación de viviendas adapta algunas licencias urbanísticas. IV. Del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Comunidad Autónoma de La Rioja. V. Concordancias y disonancias de ambos textos legales: la LOTUR de 2006 y la LS de 2007. 1. Del interés general y del desarrollo territorial y urbano sostenible: primera modificación de la LOTUR de 2006. 2. El urbanismo como función pública: disonancias con los convenios de planeamiento y gestión urbanística y el agente urbanizador. 3. Del estatuto del ciudadano y del propietario en materia urbanística. 4. Del régimen de aprovechamientos urbanísticos. 5. Del régimen de elección del agente urbanizador establecido en la LOTUR DE 2006. 6. La regulación urbanística del subsuelo: el artículo 40 de la LOTUR DE 2006.

La Ley castellano- leonesa 7/2014, de 12 de septiembre, de Medidas sobre Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, y sobre Sostenibilidad, Coordinación y Simplificación en materia de Urbanismo: algunas reflexiones e incertidumbres que plantea sobre la conservación de la ciudad

Villanueva López, Ángel

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 147/2017, pág. 1 a 14

Sumario
I. Introducción. II. Antecedente: la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. III. Reflexiones e interrogantes que plantean algunas de sus determinaciones. IV. Conclusión.

La Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Rioja: rumbo a la sostenibilidad tras una década marcada por la crisis económica

Santamaría Arinas, René Javier

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 143/2016, pág. 82 a 101

Sumario
I. Introducción. II. Las ocho reformas de la LOTUR. III. La evaluación ambiental de planes territoriales. IV. La contribución del caso de la "ecociudad" a la jurisprudencia sobre el principio de ordenación territorial sostenible. V. Reflexión final.

LA LEY DE SUELO DE 2007 (LS 07) Y SU INCIDENCIA EN LA LEY DEL SUELO Y ORDENACIÓN TERRITORIAL DE EXTREMADURA (LSOTEX)

CORCHERO, MIGUEL

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 69/2008, pág. 17 a 28

Sumario
I. La Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo (LS 07): la asunción implícita del modelo del agente urbanizador valenciano. 1. Asunción plena de los valores y principios constitucionales: la centralidad del principio de desarrollo sostenible y del derecho a una vivienda digna y adecuada. 2. Renovación profunda. 3. Abandono de la técnica urbanística de la clasificación y categorización del suelo: la disociación entre clasificación y valoración. 4. Abandono del "sobredimensionamiento" del contenido urbanístico del derecho de propiedad. La inclusión de nuevos derechos: la libre empresa, el medio ambiente y una vivienda digna. 5. El fomento de un modelo de ciudad compacta. 6. Nuevo régimen de valoraciones del suelo. II. El principio de desarrollo sostenible. III. El urbanismo como función pública. IV. las consecuencias de la aplicación del principio de desarrollo sostenible: las situaciones básicas del suelo y la preceptiva evaluación de todos los instrumentos de ordenación territorial y urbanística. 1. las situaciones básicas del suelo: la redefinición del suelo urbanizable y la configuración del suelo rural como nueva clase residual. 2. La preceptiva evaluación de todos los instrumentos de ordenación territorial y urbanística. V. Estatuto jurídico de los sujetos afectados por la utilización del suelo en el proceso urbanístico. 1. El establecimiento de tres estatutos subjetivos básicos. 2. Primer ámbito normativo: los derechos y deberes de los ciudadanos. 3. Segundo ámbito normativo: la iniciativa privada en la urbanización. 4. Tercer ámbito normativo: el derecho de propiedad del suelo. 4.1. Régimen urbanístico del derecho de propiedad del suelo: su carácter estatutario. 4.2. Facultades. 4.3. Deberes y cargas. VI. Reserva para la construcción de viviendas con protección pública. VII. Transparencia, publicidad y eficacia urbanística.

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