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Grietas en el techo de cristal: Instrumentos jurídicos para promover el equilibrio entre mujeres y hombres en los puestos de responsabilidad

Plaza Martín, Carmen

La Administración al Día, n.º 1116/2021, pág. 1 a 23

Sumario
II. La acción global, europea y nacional para promover la igualdad de oportunidades en el acceso a puestos de responsabilidad: una breve panorámica. 2.1. La Organización de Naciones Unidas: la CEDAW, Beijing y la Agenda 2030. 2.2. Otros organismos internacionales: el “soft law” de la OCDE y del Consejo de Europa. 2.3. La Unión Europea: breve apunte sobre el fundamental papel del Derecho de la Unión. 2.4. España: de la Constitución de 1978 a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. III. La presencia equilibrada de mujeres y hombres en los ámbitos de decisión públicos. 3.1. La participación de la mujer en los cargos públicos representativos. 3.1.1. La situación global, en la Unión Europea y en España. 3.1.2. La introducción de cuotas de género en el sistema electoral español. 3.2. La presencia de mujeres en los puestos de Gobierno: La situación global, en la Unión Europea y en España. 3.3. La presencia de mujeres en la Administración 3.3.1. La situación global, de la UE y de España. 3.3.2. El marco normativo para la igualdad en el empleo público en España. 3.4. La igualdad en la Judicatura. 3.4.1. La situación global, en la Unión Europea y en España. .4.2. Las medidas introducidas por la Ley Orgánica de Igualdad en el sistema judicial español. 3.5. Otros órganos constitucionales. 4. La presencia equilibrada de mujeres y hombres en puestos de responsabilidad en la empresa. 4.1. La situación global, en la Unión Europea y en España. 4.2. Diversidad en los enfoques normativos y regulatorios: cuotas, objetivos, y códigos de buen gobierno. 4.3. Iniciativas de la Comisión Europea: la armonización de medidas nacionales para romper el techo de cristal en la Unión Europea. 4.3.1. La hasta ahora fallida Propuesta de Directiva sobre mujeres en los Consejos de Administración de las empresas cotizadas. 4.3.2. Otro tipo de medidas para promover la presencia equilibrada de mujeres en las empresas: la Directiva sobre divulgación de información no financiera. 4.4. La situación y la regulación en España. 4.3.1. ¿Hacia el equilibrio en las sociedades mercantiles de capital? 4.3.2. El caso de las empresas públicas. V. Consideraciones finales.VI. Bibliografía y otras fuentes.

Principales novedades del Real Decreto 203/2021 de administración electrónica (Infografía)

Doncel Rodríguez, Consuelo

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 19 a 22

Sumario
1. Canales de asistencia. 2. Sede electrónica y Punto de Acceso General Electrónico (PAGE). 3. Automatización. 4. Subsanación de solicitudes en papel por obligados a relacionarse electrónicamente. 5. Identificación y firma. 6. Comunicaciones y notificaciones electrónicas. 7. Registros electrónicos. 8. Expediente administrativo electrónico. 9. Colaboración entre Administraciones Públicas.

¿Pueden las personas jurídicas utilizar su sello electrónico para firmar documentos dirigidos a las Administraciones Públicas?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 18

¿Qué diferencia hay entre un sistema de identificación electrónica y un sistema de firma electrónica?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 17 a 18

¿Cuáles son las características de la utilización de soluciones informáticas en "modo servicio"?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 17

¿Hay que conservar la documentación en papel que entregan los ciudadanos en las OAMR?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 16

¿Hay un contenido mínimo que deba de tener cualquier sede electrónica? ¿Cuál es?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 14 a 15

¿Es necesario que las Administraciones Públicas cuente con un Punto de Acceso General electrónico (PAGe)? ¿Cuál es su utilidad?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 14

Ante el rechazo de una notificación electrónica por falta de acceso en el plazo de diez días desde su puesta a disposición, ¿cómo puede el interesado conocer el contenido del acto administrativo que la Administración ha tratado de notificarle?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 11

¿Cuál es la diferencia entre comunicación y notificación?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3 Especial/2021, pág. 11

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