Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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La buena Administración como fundamento de actuación del empleado público

Padilla Ruiz, Pedro

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 108/2017, pág. 383 a 402

Sumario
I. Introducción: la buena Administración como nuevo intento para encauzar la actuación administrativa hacia el ciudadano. II. El Estatuto Básico del Empleado Público y su apuesta por la buena Administración. II.1. La conducta profesional y su conexión con el deber de buena Administración. II.2. La relación entre el derecho a una buena Administración y la evaluación del desempeño del empleado público. III. Conclusiones. IV. Bibliografía.

La calidad en los servicios y gestión de las Universidades

López Martínez, Diego

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 99/2014, pág. 1937 a 1947

Sumario
I. Introducción. II. Subsistema auxiliar, administrativo y general (saag). II.1. Marco en el que se desarrollan dichas actividades. II.2. Factor humano. III. Sistema de gestión de la calidad. IV. Cultura organizacional: liderazgo y participación. V. Conclusiones. VI. Bibliografía.

LA CAPACIDAD DE INNOVACIÓN JURÍDICA DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES. ESPECIAL REFERENCIA A LA REGULACIÓN DE LA VIVIENDA TASADA MUNICIPAL MEDIANTE ORDENANZAS MUNICIPALES EN LA LEY 2/2006 DE SUELO Y URBANISMO DE LA CAPV

FERNÁNDEZ-RUBIO HORNILLOS, GONZALO

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 80/2008, pág. 111 a 143

Sumario
I. La capacidad de innovación jurídica de las ordenanzas municipales. 1.1. El principio de autonomía normativa de las entidades locales. 1.2. Entidades locales y vivienda. II. Especial referencia a la regulación de la vivienda tasada municipal mediante ordenanzas municipales en la ley 2/2006, de suelo y urbanismo de la CAPV. 2.1. La Ley 2/2006. 2.1.1. Situación previa a la Ley 2/2006. 2.1.2. Situación creada por la Ley 2/2006: las viviendas de protección pública. 2.1.3. Situación creada por la Ley 2/2006: las viviendas tasadas municipales. 2.2. Ordenanzas municipales de vivienda protegida en el País Vasco. Conclusiones.

La carrera administrativa horizontal. Especial referencia a la administración local

Cámara Mas, Roger

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 121/2021, pág. 295 a 336

Sumario
I. Introducción. II. El derecho a la carrera profesioal. III. El concepto de carrera administrativa horizontal. Marco jurídico. IV. El ámbito subjetivo de aplicación. V. Las características de la carrera administrativa horizontal. VI .La estructura de la carrera administrativa horizontal. VII. Elementos de valoración para el desarrollo de la carrera administrativa horizontal. VIII. Conclusiones. IX. Bibliografía.

LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA

CARRILLO, MARC

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 65/2003, pág. 145

Sumario
I. La Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea en el Derecho Comunitario. II. Los derechos en la Carta: cuestiones de teoría general. III. Algunas cuestiones problemáticas: la recepción jurídica, las garantías jurisdiccionales y el alcance de la Carta.

LA CARTA MUNICIPAL DE BARCELONA LA AUTONOMIA LOCAL AL SERVICIO DE UN NUEVO MODELO DE GESTION MUNICIPAL

SARASOLA GORRITI, SILVIA

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 54/1999, pág. 473

Sumario
1. Contexto normativo de la promulgación de laCarta Municipal de Barcelona. 2. Procedimiento deelaboración de la Carta. 3. Objeto de la Carta Municipal deBarcelona. 4. Contenido de la Carta Municipal de Barcelona.a) Organización político-administrativa de Barcelona. b) Lapoblación. c) Competencias municipales. d) Materias que nohan sido incorporadas al texto final de la Carta. e)Recapitulación. 5. Valoración final.

LA CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO: ¿UNA REGULACIÓN INSUFICIENTE?

LASAGABASTER HERRARTE, IÑAKI

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 73/2005, pág. 223

Sumario
I. LA REGULACIÓN DE LA CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO. II. LA REGULACIÓN DE LA CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA DE LA NORMATIVA ESTATAL. III. UNA CONSIDERACIÓN SOBRE EL OBJETO DE LA CASACIÓN. IV. EL RECURSO DE AMPARO Y SU SIGNIFICADO ANTE LA AUSENCIA DE LA CASACIÓN AUTONÓMICA. V. EL ASUNTO EN CUESTIÓN.

LA CELEBRACIÓN DE CONSULTAS POPULARES LOCALES A PETICIÓN DE LOS VECINOS

GARCÍA GARCÍA, M.ª JESÚS

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 83/2009, pág. 45 a 90

Sumario
I. La formulación del principio constitucional de participación de los ciudadanos y las consultas populares. II. Participación democrática y consultas populares: 1. El derecho fundamental a participar en los asuntos públicos y las consultas populares; 2. Las consultas populares como manifestación de la democracia participativa. III. Delimitación de competencias sobre las consultas populares. IV. La configuración legal de las consultas populares. V. La naturaleza jurídica de las consultas populares promovidas a iniciativa vecinal: 1. La solicitud de consultas populares como derecho subjetivo de los vecinos; 2. Distinción del derecho de petición. VI. El ámbito subjetivo de las consultas populares: 1. El ejercicio del derecho de petición de consultas populares: 2. Legitimación para participar en la consulta. VII. El objeto de las consultas populares y sus requisitos: 1. El objeto de las consultas populares: requisitos materiales y competenciales; 2. El objeto de las consultas populares desde un punto de vista formal. VIII. El procedimiento de las consultas populares: 1. Los acuerdos de la Administración local sobre iniciación y celebración de la consulta popular; 2. La autorización del Gobierno como requisito de validez de la consulta; 3. Convocatoria de la consulta y celebración de la misma. IX. Los efectos de la consulta popular.

LA CELEBRACION DE TRATADOS INTERNACIONALES POR LAS REGIONES Y COMUNIDADES BELGAS

BELTRAN GARCIA, SUSANA

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 46/1996, pág. 365

Sumario
1. Marco jurídico. a) Desarrollo histórico. b) Situación actual. 2. Naturaleza jurídica de los acuerdos concluidos antes de la reforma de 1993. a) Concepto. b) Determinación de su naturaleza jurídica. 3. Naturaleza jurídica de los acuerdos concluidos después de la reforma de 1993. a) Eventual superación del principio de unidad de acción exterior del Estado. b) Contenido.

LA CESIÓN DE DATOS DE SALUD FUERA DEL ÁMBITO SANITARIO. ANÁLISIS DE SUPUESTOS CONCRETOS EN QUE LA INFORMACIÓN SANITARIA SE TRANSMITE PARA EL CUMPLIMIENTO DE FINES DISTINTOS AL DE LA PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LAS PERSONAS

ABERASTURI GORRIÑO, UNAI; LASAGABASTER HERRARTE, IÑAKI

Revista Vasca de Administración Pública, n.º 91/2011, pág. 17 a 101

Sumario
II. INTRODUCCIÓN. II. LA CESIÓN DE DATOS SANITARIOS AL DEFENSOR DEL PUEBLO. III. LA CESIÓN A COMPAÑÍAS ASEGURADORAS. IV. LA CESIÓN DE DATOS SANITARIOS A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Criterio a aplicar para resolver la colisión entre el derecho a la autodeterminación informativa y la libertad de información. 2. Sobre cuándo una información cuenta con relevancia pública. V. EL USO DE DATOS SANITARIOS CON FINES POLICIALES. 1. Acercamiento al marco normativo que regula este supesto de cesión. 2. El artículo 22.3 LOPD como fundamento de la excepción al consentimiento en la cesión de datos sanitarios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. VI. COLISIÓN ENTRE EL DEBER DE SECRETO MÉDICO Y LA OBLIGACIÓN DE COLABORAR CON LA JUSTICIA. 1. Cuestiones previas. 2. La no inculpación y el derecho a la tutela judicial efectiva: una difícil relación. 3. El difícil equilibrio entre el deber de secreto médico, y el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y el deber de colaborar con la justicia. 3.1. En el ámbito civil. 3.2. El ámbito penal. 3.3. En la vía administrativa. 4. Requisitos generales que han de cumplir las cesiones a los órganos judiciales. VII. LA CONFRONTACIÓN ENTRE EL DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN INFORMATIVA Y EL DERECHO DE ACCESO SOBRE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SANITARIO: UNA PROPUESTA DE SOLUCIÓN. 1. Planteamiento del problema. 2. En torno a la posibilidad de argumentar el derecho de acceso sobre las historias clínicas. 3. El derecho a la autodeterminación informativa como límite al derecho de acceso en el ámbito sanitario. VIII. CONCLUSIONES.

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