Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Tu privacidad es importante para nosotros.

Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos. La base de tratamiento es el consentimiento, salvo en el caso de las cookies imprescindibles para el correcto funcionamiento del sitio web. Puedes obtener más información en nuestra Política de Cookies.

¿Qué estás buscando?

Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

La digitalización conforme al esquema nacional de interoperabilidad. La digitalización retrospectiva no histórica

Ruiz Cagigal, Alfonso

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 8/2021, pág. 136 a 154

Sumario
I. Introducción. II. Recorrido hasta la estandarización. III. Crítica a la digitalización retrospectiva conforme al ENI. IV. La Planificación: Consultoría, Plan de campaña y Guía. V. Conclusiones. Anexo I- Propuesta de tabla de verificación de consultoría interna. Anexo II- Simulación de metadatos de documento analógico digitalizado ENI: solicitud de la licencia (instancia general del ayuntamiento). Anexo III. Simulación de ficha de expediente analógico digitalizado ENI: caso de expediente de licencia de primera ocupación y funcionamiento.

La diligencia debida en la gestión de los fondos públicos a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Cuentas

Acín Biota, Javier

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 12/2020, pág. 48 a 59

Sumario
I. Introducción. II. La diligencia de un buen padre de familia. III. La diligencia de un ordenado empresario. IV. Una mayor diligencia de un ordenado empresario. IV. Una mayor diligencia en la gestión de los fondos publicos. V. ¿Cuándo se cumple y cuándo no con el criterio de diligencia debida? Casos concretos ejuiciados por el Tribunal de Cuentas.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS Y LAS ENTIDADES LOCALES

MOLINA FLORIDO, IGNACIO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2794 a 2811

Sumario
I. Antecedentes. II. Regímenes de autorización. 1. Carácter excepcional de los regímenes de autorización. 2. Requisitos exigibles. 2.1. Principios generales. 2.2. Requisitos prohibidos. 2.3. Requisitos sujetos a evaluación previa. 2.4. Requisitos prohibidos respecto de prestadores de otro Estado miembro. 2.5. Requisitos prohibidos respecto de los destinatarios de los servicios. 3. Requisitos específicos respecto de los regímenes de autorización. 3.1. Requisitos del procedimiento. 3.2. Requisitos de la autorización. 4. Forma de acreditar los requisitos. III. La aplicación de la Directiva de servicios en la Administración local. 1. Tiempo y forma de la transposición. 2. Regímenes autorizatorios afectados. 2.1. Las licencias urbanísticas. 2.2. El dominio público local. IV. Conclusiones.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS Y SU INCIDENCIA EN EL ÁMBITO MUNICIPAL. APUNTES DE URGENCIA

HERNÁNDEZ LÓPEZ, JUAN

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2009, pág. 2772 a 2793

Sumario
I. Introducción. II. Aspectos genéricos sobre la Directiva. III. Proyecto de Ley de trasposición de la Directiva de Servicios. A. En cuanto a la LBRL. B. En cuando a la Ley 30/1992. a) Declaración responsable. b) Comunicación previa. c) Aspectos comunes a las declaraciones responsables y comunicaciones: autorizaciones implícitas. IV. Manual de evaluación para las entidades locales. V. Incidencia en el mundo local. VI. Actividades urbanísticas. a) Las parcelaciones urbanísticas. b) Los movimientos de tierra. c) Las obras de nueva planta. d) La modificación de la estructura o aspectos exterior de las edificaciones existentes. e) Otro tipo de obras. f) La primera utilización de los edificios. g) La modificación del uso de los edificios. h) La demolición de construcciones. i) La colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública. j) Los cierres y vallados de fincas. k) Actos promovidos por las administraciones públicas. l) Otro tipo de actuaciones urbanísticas. VII. Licencias de actividad. 1. Actividades inocuas. 2. Actividades clasificadas. VIII. Actividades que requieran la utilización del dominio público. 1. Utilización del dominio público, uso público. Por ejemplo. 2. Utilización del dominio público, servicio público. Por ejemplo. IX. Otras actividades. X. Tansmisión de licencias. XI. Procedimientos. 1. Actividades referidas con la edificación. 2. Procedimientos referidos a desarrollo de actividades. XII. Carácter del silencio. XIII. Conclusiones.

LA DIRECTIVA DE SERVICIOS. DIFICULTADES PARA SU TRASPOSICIÓN

REINOSO CARRIEDO, ANTONIO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 17/2009, pág. 2457 a 2466

Sumario
I. En materia de procedimiento administrativo, la Ley Paraguas establece en sus arts. 17 y 18 lo siguiente: Art. 17. Simplificación de procedimientos. Art. 18. Ventanilla única. II. Y la Ley Ómnibus introduce los siguientes cambios: A. Art. 1. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. B. Art. 2. Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. C. Art. 3. Modificación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. D. En materia concreta de los servicios medioambientales y de agricultura (Título V Ley Ómnibus). E. Reformas profundas en el marco de las profesiones colegiadas. F. Pero ¿qué ocurre con la Administración Local?.

La Directiva Ue 1937/2019 y la obligación de implementación de canales internos en las corporaciones municipales

Saura Alberdi, Beatriz

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2022, pág. 110 a 120

Sumario
I. Introducción. II. Ámbito material de aplicación. III. Administraciones obligadas a tener un canal de denuncias interno. IV. Especial referencia a las empresas públicas y al compliance penal. V. El canal de denuncias interno. VI. Protección prevista para el denunciante de buena fe. VII. Conclusión.

La disciplina urbanística en la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana

Puentes Quiles, Jesús

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2014, pág. 2572 a 2581

Sumario
I. La Disciplina Urbanística. II. Licencias urbanísticas. III. Licencias de parcelación. IV. Cédula de garantía urbanística. V. Protección de la legalidad urbanística. VI. Infracciones y sanciones urbanísticas. VII. Ilícito penal urbanístico.

LA DISCIPLINA URBANISTICA Y EL NUEVO CODIGO PENAL DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1995

VILLARRUBIA MEDIAVILLA, LUIS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 6/1999, pág. 939

Sumario
1. Introducción. 2. La aplicación de las normas penales en el tiempo: referencia al delito urbanístico. 3. ¿Se trata de un delito especial o de un delito común?. 4. Elìart. 30 de la Ley (Baleares) 10/1990,de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, Capítulo II: Personas Responsables. 5. ¿El artículo 319.1 es de aplicación al suelo especialmente protegido por su interés agropecuario?. ¿Hay identidad entre el interés agrícola o ganadero con el ecológico...?. 6. ¿Qué es desde el punto de vista penal una edificación autorizable?. 7. Existencia en todo caso de error de tipo; vencible o no; imposibilidad de comisión imprudente del delito: exoneración de responsabilidad.

LA DISCIPLINA URBANISTICA Y LA LEY DE REFORMA DEL REGIMEN URBANISTICO Y VALORACIONES.

FERNANDEZ-PACHECO, ISIDRO NICOLAS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 5/1991, pág. 872

Sumario
1. Consideraciones generales. 2. Las nuevas medidasìde disciplina urbanística. 3. Conexión entre infracciónìurbanística y adquisición gradual de derechos urbanísticos.ì4. Tratamiento de las edificaciones ilegales no demolidas.ì5. Tratamiento de las edificaciones ilegales no demolidas yìsituadas sobre terrenos no expropiados.

La discrecionalidad técnica en libertad vigilada

Chaves García, José Ramón

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 9/2018, pág. 119 a 126

Sumario
I. Introducción. II. Garantías debilitadas. III. El Estatuto Básico del Empleado Público. IV. La prudente parcialidad de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. V. Acorralamiento jurisprudencial. VI. A modo de conclusión.

Página 401 de 774