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1. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. A) Organización de la AGE. Competencia para la renovación de la autorización de explotación de centrales nucleares y para su cese definitivo. 2. ADMINISTRACIÓN LOCAL. A) Autonomía Local. B) Competencias municipales. Órgano municipal competente para la adopción de determinadas medidas cautelares previstas en la Ley balear 5/1997, de publicidad dinámica. Recurso de casación en interés de Ley autonómica. Fijación de doctrina legal. C) Concejo abierto. Notificación de convocatoria e inaplicabilidad del régimen de corporación en funciones. D) Estatuto de los miembros de las Entidades Locales. E) Mancomunidades de municipios. Derecho de participación en los asuntos públicos: puesta a disposición de la documentación relacionada con el orden del día y examen previo en la comisión informativa correspondiente. F) Organización municipal. Reglamento orgánico: alcance de la potestad de autoorganización. 3. ORGANISMOS PÚBLICOS. A) Revisión de oficio de sus actos. Autoridad Portuaria. Máximo órgano rector. La competencia para la declaración de lesividad de acto dictado por su Presidente no corresponde al Ministerio de Fomento sino a los órganos de la propia Autoridad Portuaria. 4. COLEGIOS PROFESIONALES Y PROFESIONES TITULADAS. a) Profesiones tituladas. Alcance jurisprudencial del principio de reserva de Ley del artículo 36 de la CE relativa a esta materia. B) Las elecciones de los Colegios Profesionales no tienen naturaleza política. C) Colegios Profesionales: Naturaleza jurídica.
1. Administración local. A) Autonomía local: necesaria intervención municipal en relación con obras promovidas por otras Administraciones Públicas. B) Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales. C) Mociones de censura: obligación de convocarlas. D) Impugnación de acuerdos. 2. Colegios Profesionales. A) La convocatoria para la elección del Presidente del Colegio Profesional en base a la normativa interna del mismo es válida y conforme a Derecho. B) Corresponde a las Juntas Generales de los Colegios de cada Provincia la fijación de las cuotas colegiales y no a los Consejos Generales.
PRECISIONES JURISPRUDENCIALES SOBRE EL RECURSO CONTRA LA INACTIVIDAD ADMINISTRATIVA (COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 3 DE DICIEMBRE DE 2008)
I. La prudente regulación legal del recurso contra la inactividad de la Administración. II. El supuesto a que se refiere la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2008. III. La resolución sobre la demanda contra la inactividad. IV. Hacia una concepción amplia del recurso contra la inactividad de la Administración. A) La "prestación concreta" incluye la iniciación debida de oficio de procedimientos administrativos. B) El problema de la determinación de los beneficiarios de la prestación y las obligaciones administrativas de alcance colectivo. C) La cuestión de la legitimación para recurrir.
Prejudicialidad homogénea y prejudicialidad heterogénea en los procesos contencioso-administrativos
1. En caso de prejudicialidad homogénea procede la suspensión (siguiendo el art. 43 LEC) siempre que el objeto del proceso no sean disposiciones generales. 2. Prejudicialidad heterogénea.
PRESCRIPCION, CADUCIDAD Y PERENCION ADMINISTRATIVAS
1. Delimitación conceptual. 2. Prescripción,caducidad y perención: pautas para su distinción. 3. Laprescripción. 4. La caducidad de derechos (o acciones). 5.La perención (o caducidad) de la instancia. a) Perención porcausa imputable al interesado. b) Perención por causa noimputable al interesado.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
I. LA FORMACIÓN DEL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO DE LA CAM. II. EL DESARROLLO SOSTENIBLE COMO PRINCIPIO RECTOR Y FIN DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA: CRITERIOS SUSTANTIVOS. III. LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA COMO FUNCIÓN PÚBLICA. FACULTADES QUE COMPRENDE. IV. LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD Y SU REFLEJO EN EL RÉGIMEN DEL SUELO.
I. INTRODUCCIÓN. II. LA DILACIÓN DEL PROCESO. III. LA PÉRDIDA DE VALOR DE LA JURISPRUDENCIA. IV. EL AUMENTO DE VALOR DE LA LITISPENDENCIA. V. LA FALTA DE ESPECIALIZACIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS. VI. LA INEFICIENCIA EN LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. VII. LA CONDENA EN COSTAS. VIII. LAS TASAS JUDICIALES. IX. EL DISTANCIAMIENTO ENTRE EL PRESTADOR DEL SERVICIO -LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES- Y EL DESTINATARIO DEL MISMO - EL ADMINISTRADO-. X. BIBLIOGRAFÍA.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO REGULADO EN EL ARTICULO 78 LJCA
1. Naturaleza y supuestos en que ha de seguirse el procedimiento abreviado. 2. Iniciación del proceso. 3. Trámite de admisión, citación para la vista y trámites previos a la vista. 4. Vista. 5. Terminación del proceso y recursos.
PROCEDIMIENTOS CONTABLES ANTE EL TRIBUNAL DE CUENTAS Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA. EL EJEMPLO DEL CONTROL DE LAS REMUNERACIONES DE ELECTOS LOCALES
I. Juicio de cuentas y procedimiento de reintegro por "alcance". II. Así, pues, el juicio de cuentas presupone un procedimiento previo de fiscalización (incluso un procedimiento que haya finalizado. Explicación histórica de la dualidad procedimental [véase el ANEXO B)]. III. El concepto amplio de "alcance". IV. Vocación del Tribunal de Cuentas de reconducir el caso hacia el "alcance". V. Procedencia del "alcance" a efectos de poder encauzar las acciones públicas. VI. Presupuestos de la responsabilidad contable. VII. Archivo de las actuaciones por el Tribunal de Cuentas (artículo 46.2 de la Ley de Funcionamiento del TrCu). VIII. Improcedencia del archivo de actuaciones por el Tribunal de Cuentas. IX. Improcedencia del enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por ser competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa. X. Precisión de los sujetos que pueden ser responsables en los procedimientos sustanciados ante el Tribunal de Cuentas. XI. Prescripción en los procedimientos sustanciados ante el Tribunal de Cuentas. XII. Improcedencia de reproducir en sede de apelación las alegaciones efectuadas en primera instancia. XIII. Importancia de la prueba. XIV. Criterios legales y jurisprudenciales sobre la remuneración a electos locales y su control por el Tribunal de Cuentas y la jurisdicción contencioso-administrativa. XV. La jurisprudencia del TS que afirma que la indemnización comprende también "la compensación de la prestación de un cargo municipal", en el marco de una ratio de razonabilidad y del presupuesto legal del artículo 75 de la LBRL 7/1985. XVI. Régimen jurídico de dietas e indemnizaciones por desplazamientos. XVII. En particular, la regulación de la indemnización por kilometraje. XVIII. Las dietas y gastos de desplazamiento en las sentencias del Tribunal de Cuentas. XIX. Aplicación jurisprudencial de la normativa de la indemnización por kilometraje en el Tribunal de Cuentas. XX. Recepción y reconocimiento por el Tribunal de Cuentas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa a que proceden las indemnizaciones que compensen la pérdida del eventual beneficio económico que podrían reportar otras actividades. XXI. Reflexión final. ANEXO.