Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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NUEVOS CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN CONTRA SENTENCIAS Y AUTOS DE LA AUDIENCIA NACIONAL

CHINCHILLA MARÍN, CARMEN

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 52/2011, pág. 25 a 50

Sumario
I. Introducción. II. La regulación por la Ley de la Juridicción Contencioso-administrativa de los requisitos exigidos para la interposición de los recursos de casación. III. La interpretación por el Tribunal Supremo de los preceptos de la LJCA que regulan el acceso al recurso de casación contra las sentencias y autos dictados por la Audiencia Nacional. 1. La interpretación, según la cual, cuando se trata de recurrir en casación sentencias y autos de la Audiencia Nacional, no resulta exigible el anuncio de los motivos casacionales en el escrito de preparación del recurso. 2. La interpretación, según la cual, cuando se trata de recurrir en casación sentencias y autos de la Audiencia Nacional, sí resulta exigible el anuncio de los motivos casacionales en el escrito de preparación del recurso, pero no la justificación de la infracción. 3. La interpretación, según la cual, cuando se trata de recurrir en casación sentencias y autos de la Audiencia Nacional, no sólo resulta exigible el anuncio de los motivos casacionales en el escrito de preparación del recurso, sino también la justificacion de la infracción. IV. Reflexiones críticas sobre el Auto de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, de 10 de febrero de 2011.

OBJETO DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: EN PARTICULAR, EL CASO DE LA INACTIVIDAD ADMINISTRATIVA

SUAY RINCÓN, JOSÉ

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 49/2010, pág. 7 a 32

Sumario
I. PLANTEAMIENTO GENERAL: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IMPUGNABLE Y PRETENSIONES DE LAS PARTES. II. DE LO GENERAL A LO CONCRETO: SU PROYECCIÓN EN EL CASO DE LA INACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. EL PROBLEMA DE LA DENOMINADA "INACTIVIDAD MATERIAL" DE LA ADMINISTRACIÓN: 1. Las distintas modalidades de inactividad administrativa: inactividad administrativa impugnable y no impugnable, formal y material. 2. En particular, la inactividad material del artículo 29.1 de la Ley: A) Examen del precepto legal. B) La aplicación del artículo 29.1 por la jurisprudencia: crónica de una frustración. C) El estado de la cuestión en la doctrina: entre el escepticismo y el mantenimiento de una apuesta a favor de la utilidad de esta vía de recurso. D) Bases para la revitalización de la figura del recurso por inactividad (artículo 29.1). E) Desarrollo y concreción de las bases expuestas. III. FINAL. DE LO CONCRETO A LO GENERAL: LA REALIZACIÓN DEL MISMO RECORRIDO, AHORA, A LA INVERSA. 1. De vueltas al planteamiento general: proyección sobre el mismo de las consideraciones precedentes. 2. La raíz de los malentendidos: la artificiosa línea divisoria que discurre entre la inactividad formal y la inactividad material de la Administración. NOTA BIBLIOGRÁFICA FINAL.

OBSERVACIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DE LOS "MUNICIPIOS DE GRAN POBLACIÓN"

SÁNCHEZ MORÓN, MIGUEL

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 25/2004, pág. 5

ORDENANZAS DE CONVIVENCIA, ORDEN PÚBLICO Y COMPETENCIA MUNICIPAL

CASINO RUBIO, MIGUEL

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 56/2012, pág. 7 a 21

Sumario
I. Introducción. II. El contenido tìpico de las nuevas ordenanzas municipales de convivencia. III. La dudosa competencia municipal para aprobar este tipo de ordenanzas y, en particular, para ordenar normativamente determinados comportamientos personales. 1. La supuesta pero falsa atribución competencial del art. 139 LRBRL. 2. Sobre la cláusula de orden púbico y la competencial municipal.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, M.

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 25/2004, pág. 151

Sumario
1. ADMINISTRACIÓN LOCAL. A) IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LAS ENTIDADES LOCALES. B) RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES LOCALES. MOCIÓN DE CENSURA: OBLIGACIÓN DEL ALCALDE DE CONVOCAR PLENO EXTRAORDINARIO SIEMPRE QUE LA MOCIÓN REÚNA LOS REQUISITOS LEGALES, SIN QUE PUEDA DENEGARSE EN ATENCIÓN A LOS MÓVILES QUE ANIMAN LA MOCIÓN O A UNA SUPUESTA FALTA DE IDONEIDAD DEL CANDIDATO PROPUESTO. C) ORGANIZACIÓN MUNICIPAL. SEGREGACIÓN DE UNA PARTE DEL MUNICIPIO: LA COMPETENCIA PARA AUTORIZAR LA SEGREGACIÓN EN EL PAÍS VASCO CORRESPONDE A LAS JUNTAS GENERALES DE LOS TERRITORIOS HISTÓRICOS. D) COMPETENCIAS Y SERVICIOS LOCALES.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, M.

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 18/2003, pág. 131 a 141

Sumario
1. CONSIDERACIÓN PRELIMINAR. 2. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. 3. COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 4. ADMINISTRACIÓN LOCAL. 5. COLEGIOS PROFESIONALES.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, MIGUEL

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 20/2003, pág. 151 a 159

Sumario
1. CONSIDERACIÓN PRELIMINAR. 2. COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 3. ADMINISTRACIÓN LOCAL. 4. COLEGIOS PROFESIONALES.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, M. (COORD.) Y OTROS

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 56/2012, pág. 135 a 144

Sumario
1. ADMINISTRACIÓN LOCAL. A) Competencias municipales: Ordenanzas reguladoras de telecomunicaciones: limitaciones a la instalación de antenas de telefonía móvil (control continuo de emisiones, obligación de compartir emplazamiento, planes de implantación o desarrollo, mejores técnicas disponibles y límites al emplazamiento). B) Estatuto de los miembros de las corporaciones locales. Cuestión de inconstitucionalidad sobre el art. 73.3 LBRL. Concejal no adscrito. Núcleo de la función representativa. C) Organización municipal. Moción de censura: interpretación del requisito en el artículo 197.1a) de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. 2. COLEGIOS PROFESIONALES Y PROFESIONES TITULADAS. A) Colegios profesionales. Visado colegial obligatorio. Cuestiones diversas derivadas del RD 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. B) Profesiones tituladas. La profesión titulada de geólogo no es una actividad regulada por no afectar a los intereses públicos y generales.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, M.

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 28/2005, pág. 139

Sumario
1. RÉGIMEN DE LAS CIUDADES AUTÓNOMAS. 2. ADMINISTRACIÓN LOCAL. 3. COLEGIOS PROFESIONALES Y PROFESIONES TITULADAS. 4. UNIVERSIDADES.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

SÁNCHEZ MORÓN, M.

Justicia administrativa. Revista de derecho administrativo, n.º 33/2006, pág. 161 a 168

Sumario
1. COMUNIDADES AUTÓNOMAS. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS COMISIONES MIXTAS DE TRANSFERENCIAS ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 2. ADMINISTRACIÓN LOCAL. A) ALTERACIÓN DE TÉRMINOS MUNICIPALES. DENEGACIÓN DE SEGREGACIÓN DE UNA ENTIDAD LOCAL MENOR PARA CONSTITUIRSE EN NUEVO MUNICIPIO: DEBER DE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE LOS REQUISITOS LEGALES. B) ESTATUTO DE LOS MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES. C) RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES LOCALES. EL SISTEMA DE VOTACIÓN POR GRUPOS POLÍTICOS NO ES VÁLIDO EN EL CASO DE MOCIONES DE CENSURA. 3. COLEGIOS PROFESIONALES Y PROFESIONES TITULADAS. A) PREVALENCIA DE LA LEY AUTONÓMICA DE COLEGIOS SOBRE LA LEY ESTATAL. B) NO ES COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA LA REVISIÓN DE LAS CUENTAS DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES. 4. FEDERACIONES DEPORTIVAS. A) LA NORMATIVA APLICABLE A LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURAS DE UNA FEDERACIÓN DEPORTIVA ESTÁ INTEGRADA POR LA NORMATIVA AUTONÓMICA Y POR LA LEY ESTATAL. B) OBLIGATORIEDAD LEGAL DE ACUDIR EN CUESTIONES DISCIPLINARIAS DEPORTIVAS AL COMITÉ ESPAÑOL DE DISCIPLINA DEPORTIVA CON CARÁCTER PREVIO A LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA.

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