Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM).- CLASIFICACIÓN DE LAS CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS A EFECTOS DEL IVTM

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 10/2012, pág. 1190 a 1191

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).- La gestión tributaria corresponde al ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 6/2023, pág. 18 a 19

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM).- OBLIGADO TRIBUTARIO EN EL IVTM EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE TITULARIDAD CIVIL Y EL REGISTRO DE VEHÍCULOS DE TRÁFICO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 17/2012, pág. 1883 a 1884

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM).- RETROACTIVIDAD DE LOS BENEFICIOS FISCALES

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 15/2011, pág. 1838 a 1839

Sumario
1. ANTECEDENTES.- ¿Se puede reconocer efectos retroactivos, desde la fecha de compra del vehículo, a la exención a que tienen derecho los minusválidos? 2. CONTESTACIÓN.- Los beneficios se disfrutan siempre que concurran los requisitos legalmente fijados para su aplicación, durante el período que la propia Ley tributaria señale; aun cuando se solicitase su reconocimiento en un momento posterior al tiempo en que pudo comenzar su disfrute; todo ello sin perjuicio de los efectos de la prescripción.

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).- Si se publica la modificación de las tarifas una vez entrado el nuevo año, no serán de aplicación hasta el 2015

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 24/2013, pág. 2336 a 2338

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

IMPUESTOS DEL ESTADO, IVA.-EL IVA SOPORTADO DEDUCIBLE DEBE REDUCIRSE EN EL MISMO PORCENTAJE EN QUE UNA OBRA HAYA SIDO FINANCIADA CON SUBVENCIÓN.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2003, pág. 3572

IMPUESTOS DEL ESTADO. IRPF.- MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES.-. LAS DIETAS POR ASISTENCIA A SESIONES DE LOS ÓRGANOS MUNICIPALES ESTÁN SUJETAS A RETENCIÓN EN EL IRPF

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 8/2005, pág. 1269

Sumario
1. ANTECEDENTES. 2. CONTESTACIÓN.

IMPUESTOS DEL ESTADO. IVA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 13/1999, pág. 2130

Sumario
1. La Ley del IVA sujeta a tributación por esteImpuesto los arrendamientos de bienes, industria o negocio,empresas o establecimientos mercantiles, con o sin opción decompra. 2. Se incluyen, pues, en este apartado, comoservicios, de un modo muy amplio, los arrendamientos debienes y derechos de todas clases.

IMPUESTOS DEL ESTADO. IVA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 14/1999, pág. 2290

Sumario
A partir de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, las enajenaciones deterrenos edificables por los Entes Locales están sujetas aIVA.

IMPUESTOS DEL ESTADO. IVA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2931 a 2932

Sumario
1. El sujeto que realiza determinadas actividades,aunque sea ocasionalmente, se convierte en empresario o profesional. 2. El Ayuntamiento actúa como si fuera una empresa, y como tal ha de emitir factura de los trabajos realizados, con el consiguiente juego del IVA soportado e IVA repercutido, conforme a los artículos 88 y 92 de la ley.

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