En clave constitucional. Siempre hay que dar una oportunidad de subsanar y el juez contencioso debe resolver en la vista sobre las causas de inadmisibilidad. STC 163/2016, de 3 de octubre
Maraña Sánchez, José Q.
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2017, pág. 335 a 338
En clave constitucional. Transparencia y dotación económica a los grupos políticos municipales. STCuentas 18/2011, de 19 de diciembre (I parte)
José Q. Maraña Sánchez
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1/2014, pág. 80 a 85
En clave constitucional. Transparencia y dotación económica a los grupos políticos municipales. STCuentas 18/2011, de 19 de diciembre (II parte)
José Q. Maraña Sáchez
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 3/2014, pág. 302 a 308
En el ámbito local, los planes económico-financieros que se elaboren, ¿requieren de informe de la AIREeF, con carácter previo a su aprobación?
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1 Especial/2020, pág. 15
En la fase de concurso de los procesos de estabilización ¿Se puede dar mayor puntuación por la experiencia en la Administración convocante?
Gracia Herrero, Francisco Javier
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 12/2023, pág. 1 a 4
En las liquidaciones del IBI derivadas del procedimiento de regularización catastral ¿se deben exigir intereseses de demora?
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 4 Especial/2020, pág. 18
En los datos personales relativos a los concejales, ¿el principio de transparencia y publicidad puede prevalecer en detrimento de la regla de confidencialidad?
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 4/2019, pág. 18 a 19
EN TORNO A LA CONSIDERACION DE LOS ALCALDES, CONCEJALES COMO AUTORIDADES PUBLICAS EN LOS DELITOS DE ATENTADO. COMENTARIOS A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO 21.6.89.
MARTIN PEREZ, PEDRO A.
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 20/1990, pág. 1818
EN TORNO A LA DURACION DE LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
ORENSE TEJADA, JUAN RAMON
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/1997, pág. 3234
EN TORNO A LA LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS.
GONZALEZ-HABA, VICENTE Mª
El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 11/1990, pág. 1005