Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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PERMUTA DE SOLAR POR EDIFICACIÓN EN EL IVA: LA SITUACIÓN ACTUAL

GARCÍA NOVOA, CÉSAR

Crónica Tributaria, n.º 141/2011, pág. 101 a 128

Sumario
1. Introducción. La operatividad de la permuta de suelo por edificación. Cuestiones de la calificación jurídica del negocio. 2. La opción por la Constitución de un derecho de superficie. 3. El contrato de permuta de solar por edificación futura. 4. Régimen tributario en el IVA de la operación de permuta de suelo por edificación. 5. El devengo del IVA en las operaciones de permuta de solar por construcción futura. 6. La Base Imponible. 7. La subjetivización de la contraprestación. Indentificación de la base imponible con el coste. 8. Cuestionamiento de la rectificación de la base imponible. 9. Conclusiones. Un régimen jurídico caracterizado por un constante cambio de criterio administrativo.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- CUANTÍA INDEMNIZATORIA POR EXPIRACIÓN DEL TIEMPO CONVENIDO O REALIZACIÓN DE LA OBRA O SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 2/2012, pág. 162 a 163

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- CONSECUENCIAS DE CESE DEL PERSONAL LABORAL TEMPORAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2011, pág. 2731 a 2732

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- DESPIDO DE TRABAJADORES EN MUNICIPIO CREADO TRAS SEGREGACIÓN MUNICIPAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 18/2011, pág. 2115 a 2116

Sumario
1. ANTECEDENTES.- En el acuerdo de segregación del municipio, varios trabajadores laborales pasaron como funcionarios interinos al nuevo. ¿Pueden reclamar al Ayuntamiento de origen si, en el nuevo municipio, se han convocado procesos selectivos y no los han superado? 2. CONTESTACIÓN.- Consideramos que en ningún caso cabe reclamar al Ayuntamiento de origen por despido improcedente o modificación de las condiciones objetivas (traslado, movilidad geográfica, conversión contractual...), pues ya ha operado el plazo de caducidad de 20 días que establece el TRLPL. Solamente cabrá presentar la reclamación oportuna contra el Ayuntamiento para el cual prestan servicio en la actualidad, ante la Jurisdicción Contenciosa, en el caso de no estar de acuerdo con la cobertura reglamentaria de la plaza que en la actualidad ocupan y la consiguiente extinción de su nombramiento.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- DÍAS POR ASUNTOS PROPIOS EN CASO DE JORNADA PARCIAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 15/2011, pág. 1840 a 1841

Sumario
I. ANTECEDENTES.- El personal laboral tiene derecho a nueve días de asuntos propios. ¿Cuántos días le corresponden al personal con jornada reducida? II. CONTESTACIÓN.- En cuanto a la forma de disfrutar de los días de vacaciones o a los días por asuntos propios o los restantes permisos, debermos estar, en primer lugar, a lo que se haya negociado cuando se han establecido estas peculiaridades o, en su defecto, a lo que se haya establecido por la Corporación. En el caso de que no haya nada previsto, debe tenerse en cuenta que los días se computan, en este momento, como laborables; pero que los derechos se generan sobre el tiempo efectivamente trabajado. Por tanto, si la jornada se está cumpliendo, se generan los mismos días que cualquier otro funcionario, o cualquier otro laboral.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- EFECTOS DE LA CONCATENACIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES TRAS EL REAL DECRETO-LEY 10/2011

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 22/2011, pág. 2597 a 2598

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- LA DECLARACIÓN DE COMPATIBILIDAD ES UN DERECHO SI NO SE DAN LAS PROHIBICIONES LEGALES

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 14/2011, pág. 1718 a 1720

Sumario
1. ANTECEDENTES.- ¿Qué requisitos y trámites son necesarios para que un personal laboral pueda ejercer de masajista por las tardes? 2. CONTESTACIÓN.- A "sensu contrario" entendemos que sí pueden ejercer actividades privadas, siempre que no se de cualquiera de las circunstancias establecidas en esta norma; y, además, se cumplan los requisitos que en la misma se impone, por ejemplo, en cuanto al complemento específico o retribución equiparable.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- LA JUBILACIÓN PARCIAL CON CONTRATO DE RELEVO NO REQUIERE LA NECESIDAD DE MODIFICAR LA PLANTILLA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1/2012, pág. 19 a 20

Sumario
1. Pregunta. 2. Contestación.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- LÍMITES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS PARA LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/2011, pág. 2238 a 2239

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN.- LOS ERE DEBEN TRAMITARSE EN CASO DE DESPIDO COLECTIVO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 22/2011, pág. 2598 a 2599

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

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