Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS SUFRIDOS COMO CONSECUENCIA DE ASISTENCIA SANITARIA

DE MENDIZÁBEL, TERESA

Actualidad Administrativa, n.º 8/2004, pág. 951 a 957

INDEMNIZACIÓN POR PREJUBILACIÓN Y SU CONCEPTO A LOS EFECTOS DEL IRPF (COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA Y LEÓN (SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO) DE 9 DE JUNIO DE 2003)

DE MENDIZÁBAL, TERESA

Actualidad Administrativa, n.º 4/2004, pág. 426 a 429

Sumario
I. LA SENTENCIA. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.

INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO

Actualidad Administrativa, n.º 20/2005, pág. 2529

INDEPENDENCIA E INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS: EL CASO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CUADRADO ZULOAGA, DANIEL

Actualidad Administrativa, n.º 13/2006, pág. 1540 a 1548

Sumario
I. PLANTEAMIENTO PREVIO. II. EL CONTROL INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN Y LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS. III. LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y EL PROBLEMA DE SU INDEPENDENCIA. IV. CONCLUSIONES.

INDEPENDENCIA JUDICIAL, JURISPRUDENCIA Y RECURSOS DE CASACIÓN EN INTERÉS DE LA LEY

RODRÍGEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

Actualidad Administrativa, n.º 12/2012, pág. 1566 a 1576

Sumario
I. LA INDEPENDENCIA JUDICIAL COMO SUMISIÓN EXCLUSIVA DEL JUEZ AL ORDENAMIENTO JURÍDICO. 1. ¿Qué debe entenderse por "ordenamiento jurídico? 2. Las garantías de la independencia judicial. 3. Independencia judicial e independencia de los titulares de potestad jurisdiccional no integrados en el poder judicial. II. ¿QUÉ HAY QUE ENTENDER HOY POR JURISPRUDENCIA? 1. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional. 2. La jurisprudencia emanada de las Salas del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia. III. ¿ES CONSUSTANCIAL A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL LA LIBERTAD DE LOS TRIBUNALES INFERIORES PARA APARTARSE DE LA JURISPRUDENCIA? 1. Regla general: la independencia judicial supone el sometimiento exclusivo de Jueces y Tribunales a la ley y la no vinculación a la jurisprudencia. 2. Primera excepción: el carácter vinculante de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para todos los Jueces y Tribunales. 3. Segunda y última excepción: el carácter vinculante de las sentencias estimatorias dictadas en recursos de interés de la Ley civiles y contencioso-administrativos. IV. LAS SENTENCIAS DICTADAS EN RECURSOS DE CASACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS EN INTERÉS DE LA LEY ESTATAL O AUTONÓMICO. 1. Sentencias dictadas en el recurso de casación en interés de la Ley estatal. a) Recursos contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. b) Recursos contra sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional. c) Ha de tratarse de recursos contra sentencias de cuyo fallo hayan sido determinantes normas emanadas del Estado. 2. Sentencias dictadas en el recurso de casación en interés de la Ley autonómica. a) Sólo son recurribles las sentencias dictadas en única instancia por Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. b) Ha de tratarse de sentencias de cuyo fallo hayan sido determinantes normas emanadas de la Comunidad Autónoma. V. LAS SENTENCIAS ESTIMATORIAS DE RECURSOS DE CASACIÓN EN INTERÉS DE LA LEY COMO EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE NO VINCULACIÓN DE LOS TRIBUNALES INFERIORES POR LA JURISPRUDENCIA. 1. Las sentencias estimatorias de recursos en interés de la Ley son una excepción al principio de no vinculación de la jurisprudencia de los Tribunales ordinarios a los Tribunales inferiores. 2. Esa vinculación de los Tribunales inferiores a las sentencias estimatorias de los recursos de casación en interés de la Ley no supone que en esos casos quede abolida la independencia judicial. 3. ¿Qué sucede con las sentencias desestimatorias de recursos de casación en interés de la Ley? VI. EPÍLOGO.

Inejecución de sentencia y derecho indemnizatorio

Hernández Jiménez, Hilario M.

Actualidad Administrativa, n.º 10/2015, pág. 64 a 66

Sumario
1. Plazo para poner en conocimiento del órgano judicial la concurrencia de causa de imposibilidad de ejecutar la sentencia. 2. Contenido del derecho indemnizatorio.

Inejecución de sentencias en el orden contencioso- administrativo

Hernández Jiménez, Hilario M.

Actualidad Administrativa, n.º 12/2014, pág. 1397 a 1409

Sumario
I. Introducción. II. Marco legal. III. El derecho indemnizatorio. IV. El incidente de imposibilidad de ejecución de sentencia. 1. La imposibilidad material. 2. La imposibilidad legal. V. La afección de la ejecución de sentencias a actos posteriores al acto o disposición anulado. VI. Conclusiones. VII. Cuadro de sentencias estudiadas más relevantes.

INEXIGIBILIDAD DE VISADO COLEGIAL EN UNA OBRA PÚBLICA DESTINADA A SERVICIOS EDUCATIVOS Y PROMOVIDA POR LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA. COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA-LA MANCHA DE 8 DE JUNIO DE 2009

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 5/2010, pág. 571 a 580

Sumario
I. LA SENTENCIA. Colegios profesionales. Arquitectos. Expediente de ampliación de edificio destinado a unidad de Educación Secundaria Obligatoria. Falta de necesidad de visado por parte de la Junta de Castilla-La Mancha para la construcción de una obra pública que va a ser destinada al servicio público de educación. La Administración autonómica dispone de sus propios servicios técnicos tanto para elaborar un proyecto como para visarlo. Doctrina relativa a la exigencia de visados. Todos los proyectos deben ser visados, pero no todos deben ser visados por el Colegio Oficial. Corresponde al Colegio demostrar y probar que el visado para el edificio en cuestión, había sido elaborado por una arquitecto particular y no por los propios servicios de la Consejería de Educación.

INEXISTENCIA DE DESVIACIÓN DE PODER EN UNA CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 3 DE MARZO DE 2010

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 3/2011, pág. 320 a 328

Sumario
I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Aprobación definitiva de Revisión de Plan General de Ordenación. Clasificación urbanística de terrenos integrantes de finca igual a la que contaba en el planeamiento anterior. No se aprecia discrecionalidad, arbitrariedad o irracionalidad en la actuación de la Administración. Desviación de Poder. Definición, naturaleza y exigencias procesales. Convenios urbanísticos suscritos con el Ayuntamiento. Imputaciones de ilegalidad carentes de acreditación. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

INEXISTENCIA DE PRUEBA SOBRE DEFECTOS CONSTRUCTIVOS QUE JUSTIFIQUEN EL IMPAGO POR LA ADMINISTRACION DE LA CERTIFICACION-LIQUIDACION DE UNA OBRA

TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA;T.S.J. CASTILLA Y LEON. VALLADOLID.;(SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO);SENTENCIA 15 DE OCTUBRE DE 2002

Actualidad Administrativa, n.º 6/2003, pág. 381

Sumario
Fundamentos de Derecho.

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