Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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OPERACIONES DE CRÉDITO Y TUTELA FINANCIERA

RODRÍGUEZ BUENO, MANUEL A.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2941 a 2948

Sumario
1. La concertación de créditos: sujetos y objeto. 2. Límites de endeudamiento. 3. Determinación del ahorro. 4. Carga financiera. 5. Período transitorio. 6. Planes de saneamiento o escenario de consolidación presupuestaria. 7. Análisis de la situación económica. 8. Remanente de tesorería y coeficientes varios.

APUNTES PRÁCTICOS SOBRE EL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN APLICABLE EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

PEREZ SARRION, LORENZO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2935 a 2941

Sumario
1. Justificación. 2. Contenido a) Notificaciones y régimen de recursos (arts, 58, 59, 107, 114 a 118 y Disposición Transitoria 2ª). b) Información y copias a interesados (art. 42). c) Obligación municipal de resolver(art. 42). d) Silencio administrativo (arts. 43 y 44). e) Regulación de procedimientos municipales (art. 42.4 y Disposición Adicional 1ª). f) Régimen transitorio (Disposiciones Transitorias 1ª y 2ª y Disposición Derogatoria 2ª). 3. Consideración final.

URBANISMO. LICENCIAS URBANÍSTICAS. PARCELACIÓN, SEGREGACIÓN Y DIVISIÓN. CONCEPTO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2934

TELECOMUNICACIONES. GESTIÓN DE TELEVISIÓN POR CABLE. EMPRESAS CONCESIONARIAS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2933

PRESUPUESTOS LOCALES

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2932

Sumario
1. Modificación de créditos. Ha de distinguirse entre gastado y pagado. 2. Las únicas prevenciones que han de tenerse en cuenta al respecto son las establecidas en los artículos 158 LRHL Y 36 Y 37 del Real Decreto 500/1990.

IMPUESTOS DEL ESTADO. IVA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2931 a 2932

Sumario
1. El sujeto que realiza determinadas actividades,aunque sea ocasionalmente, se convierte en empresario o profesional. 2. El Ayuntamiento actúa como si fuera una empresa, y como tal ha de emitir factura de los trabajos realizados, con el consiguiente juego del IVA soportado e IVA repercutido, conforme a los artículos 88 y 92 de la ley.

HACIENDAS LOCALES. PRESCRIPCIÓN. EN EL SUPUESTO DE QUE SE HAYA PRODUCIDO LA PRESCRIPCIÓN, EXISTE EL DERECHO A EXIGIR LA INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR LOS OCASIONADOS POR LA ACTUACIÓN NEGLIGENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2930 a 2931

FUNCIONARIOS A.L. SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES. SEGURIDAD SOCIAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2928 a 2930

Sumario
1. Servicios especiales. 2. Pago de trienios al funcionario elegido concejal (sin dedicación esclusiva) de su Ayuntamiento. 3. Cotización a la Seguridad Social.

FUNCIONARIOS A. L. SELECCIÓN Y PROVISIÓN

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2928

Sumario
1. La movilidad de los funcionarios locales para ocupar puestos en otras Administraciones Públicas está condicionada a los requisitos exigidos para su desempeño.

FUNCIONARIOS A. L. DERECHOS Y DEBERES. SINDICATOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 19/1999, pág. 2927

Sumario
1. La elección de Presidente y Secretario de la Junta de Personal no precisa quórum de los dos tercios. La Junta de Personal no es un órgano colegiado de la Administración.

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