Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Tu privacidad es importante para nosotros.

Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos. La base de tratamiento es el consentimiento, salvo en el caso de las cookies imprescindibles para el correcto funcionamiento del sitio web. Puedes obtener más información en nuestra Política de Cookies.

¿Qué estás buscando?

Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Examen de los cambios introducidos por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, con relación a la legislación anterior

José Ramón Rodríguez- Sabugo Fernández

Actualidad Administrativa, n.º 5/2014, pág. 551 a 555

Sumario
I. Creación y fusión de municipios. II. Competencias de los Ayuntamientos. III. Dedicaciones exclusivas de los miembros de las Corporaciones locales y régimen retributivo de los mismos y personal eventual de las Entidades Locales. IV. Funcionarios de habilitación de carácter nacional: secretarios, interventores y tesoreros. V. Otras cuestiones.

Examen, desarrollo y evaluación de la actividad administrativa de limitación (1)

Víctor Manteca Valdelande

Actualidad Administrativa, n.º 12/2013, pág. 1659 a 1668

Sumario
1. Actividad de las Administraciones Públicas. 2. La actividad administrativa de limitación. 3. Principios de la actividad administrativa de limitación. 4. El principio de legalidad como vinculación a la Ley. 5. Tipificación de las medidas de limitación. 6. Principio de proporcionalidad. 7. Formas, contenido y funciones de la actividad administrativa de limitación. 8. La actividad externa de la Administración es actividad de ordenación, limitación de regulación.

Examen, desarrollo y evaluación de la actividad administrativa de limitación (y 2)

Víctor Manteca Valdelande

Actualidad Administrativa, n.º 12/2013, pág. 1669 a 1680

Sumario
1. Diferencia entre limitación y delimitación de derechos. 2. Definición del contenido de los derechos. 3. Imposición de limitaciones singulares. 4. Regulación de carácter estatutario. 5. Reglamentos en la actividad de ordenación. 6. Los controles preventivos. 7. Las autorizaciones administrativas. 8. La autorización instrumento de control preventivo. 9. La autorización como control administrativo. 10. Régimen jurídico diferenciado. 11. Declaración responsable y comunidación previa a la Administración. 12. Orden de la Administración. 13. Intimación de la Administración. 14. Régimen de las órdenes represivas. 15. Habilitación legal.

EXCESOS DEL ÁREA METROPOLITANA DE BARCELONA. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 13 DE OCTUBRE DE 2005

SOLDEVILA FRAGOSO, SANTIAGO

Actualidad Administrativa, n.º 11/2006, pág. 1319 a 1322

Sumario
I. LA SENTENCIA. CORPORACIONES LOCALES. MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS. ANULACIÓN DE ACTO APROBATORIO DE LAS BASES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MOVILIDAD DEL PERSONAL POR VULNERACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE FUNCIÓN PÚBLICA. LA MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA PUEDE AFECTAR A LAS EXPECTATIVAS DE LOS DISTINTOS FUNCIONARIOS DE LAS ADMINISTRACIONES QUE FORMAN PARTE DE LA MANCOMUNIDAD, POR LO QUE SE EXIGE HABILITACIÓN LEGAL SUFICIENTE. NO INFRACCIÓN DEL PRINCIPIO DE AUTOORGANIZACIÓN Y DE AUTONOMÍA LOCAL. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

EXENCIONES TRIBUTARIAS A FAVOR DE LOS INMUEBLES DE LA IGLESIA CATÓLICA

Actualidad Administrativa, n.º 15/2004, pág. 1895

Sumario
DENTRO DE UN TÉRMINO MUNICIPAL LA IGLESIA CATÓLICA POSEE UN BIEN INMUEBLE, EL CUAL ESTÁ AFECTADO AL CULTO RELIGIOSO. DEBIDO A LA EXPANSIÓN TURÍSTICA DE ESTA LOCALIDAD LA COMUNIDAD RELIGIOSA HA AMPLIADO SUS INSTALACIONES Y HA EDIFICADO FUERA DEL REFERIDO RECINTO, INMUEBLES CUYO FIN ES EL DE LA HOSTELERÍA. LOS INMUEBLES DESTINADOS A FINES DE HOSTELERÍA PROPIAMENTO DICHOS, AÚN PERTENECIENDO A LA IGLESIA CATÓLICA NO ESTÁN EXENTOS DEL IBI, POR APARTARSE COMPLETAMENTE DE LOS FINES PASTORALES Y DE CULTO.

Exigencia de Instrumento de Control y Prevención Ambiental a actividades no catalogadas

Apresa Aragón, Miguel Ángel

Actualidad Administrativa, n.º 5/2017, pág. 60 a 64

Sumario
I. Introducción. II. Posibilidad de integración de actividades no recogidas literalmente en el Anexo de la Ley GICA por asimilación o integración en alguna de las categorías expresamente recogidas. III. Criterios para determinar si una actividad puede entenderse incluida en una categoría de Anexo de la Ley GICA por integración o asimilación. IV. Conclusión.

EXIGENCIA DE RECLAMACIÓN PREVIA EN LOS SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR VULNERACIÓN DE UN DERECHO FUNDAMENTAL

Actualidad Administrativa, n.º 13/2005, pág. 1645

Sumario
¿SUPONDRÍA UN OBSTÁCULO PROCESAL INSALVABLE LA FALTA DE RECLAMACIÓN PREVIA O LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO EN EL PLAZO DE 6 MESES?.

EXIGENCIA DE UNA MEMORIA ECONÓMICO-FINANCIERA PARA MODIFICAR LA ORDENANZA REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS. COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA-LA MANCHA DE 30 DE ENERO DE 2012

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

Actualidad Administrativa, n.º 12/2012, pág. 1531 a 1532

Sumario
I. LA SENTENCIA. Precios Públicos. Nulidad de la modificación del art. 4 de la ordenanza reguladora de Precios Públicos, aprobada por el Ayuntamiento de Tamajón. Incumplimiento esencial en la modificación por ausencia del previo y preceptivo informe económico-financiero que justifica la modificación operada. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

EXIGENCIA DEL USO DE LENGUA COOFICIAL PARA OBTENCIÓN DE SUBVENCIÓN EN DETERMINADAS ACTIVIDADES FOMENTADAS POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. COMENTARIO A LA STSJ CATALUÑA DE 22 DE FEBRERO DE 2008

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Actualidad Administrativa, n.º 22/2008, pág. 2632 a 2638

Sumario
I. La sentencia. Educación. Servicio de acogida mantinal en los centros públicos que imparten educación infantil y primaria. II. Fundamentos de Derecho.

EXIGENCIAS Y LÍMITES A LA CONFIGURACIÓN Y A LA ACTUACIÓN DE LOS MEDIOS PROPIOS, COMO ENTES ENCOMENDADOS EN EL MARCO DE LAS RELACIONES IN HOUSE

PERNAS GARCÍA, JOSÉ

Actualidad Administrativa, n.º 12/2010, pág. 1427 a 1438

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. LÍMITES A LA CONFIGURACIÓN Y AL RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE MEDIO PROPIO. 1. La necesidad de una declaración legal sobre el carácter de medio propio del ente encomendado y de la determinación normativa o estatutaria del régimen de las encomiendas. 2. El capital de las sociedades encomendadas debe ser íntegramente público. 3. Prohibición de encomiendas a sociedades públicas que impliquen el ejercicio de autoridad. III. LÍMITES A LA ACTUACIÓN CONTRACTUAL DE LOS ENTES QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE MEDIOS PROPIOS. 1. Imposibilidad de participar en licitaciones públicas convocadas por el ente matriz. 2. Sometimiento de los contratos de las entidades encomendadas a la LCSP.

Página 125 de 346