Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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CONTRATACION LOCAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/1999, pág. 3596

Sumario
1. Posibilidad y requisitos para ejecución de obrasde abastecimiento de aguas por Administración.

CONTRATACION LOCAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 10/2000, pág. 1636

Sumario
1. Desempeño de la Secretaria de la Mesa de Contratación en Ayuntamientos en que el único funcionario esel Secretario-Interventor. Presidencia de la Mesa cuando elórgano de contratación es el Alcalde y designación devocales de "entre los miembros del órgano de contratación"en este caso.

CONTRATACIÓN LOCAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 9/2000, pág. 1475 a 1476

Sumario
1. Obligación de acreditar estar al corriente del pago respecto de la Administración contratante. La Administración no puede dar cumplimiento a dicho requisito de oficio.

CONTRATACION LOCAL

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 11/2002, pág. 1899

Sumario
La contratación de gestores o comisionistas constituye un contrato privado sometido al régimen de éstos.

Contratación local. Adjudicación de los contratos. Presentación de la documentación fuera del plazo previsto en el art. 150.2 LCSP

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 11/2021, pág. 16 a 17

Sumario
1. Antecedentes. 2. Contestación.

CONTRATACIÓN LOCAL. CAPACIDAD DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA CONTRATAR

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 17/2011, pág. 1983 a 1985

Sumario
1. ANTECEDENTES. Una pedanía gestiona el abastecimiento de agua a su población. ¿Es posible encargar la gestión a una asociación sin ánimo de lucro constituida al efecto? 2. CONTESTACIÓN. En cuanto a la posibilidad de que una asociación sin ánimo de lucro sea contratista de la Administración, el Informe 4/1999, de 17 de marzo de 1999, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa "Adjudicación de contratos para la realización de actividades culturales a asociaciones sin ánimo de lucro y cooperativas. Capacidad para contratar e incompatibilidades", se pronuncia en sentido favorable. Y considerando que, en esta materia, la Ley 30/2007, de 30 de octubre (BOE del 31), de Contratos del Sector Público (LCSP), no introdujo modificaciones sustanciales; entendemos que la doctrina que establece sería aplicable con la legislación vigente.

CONTRATACION LOCAL. CLASIFICACION REQUERIDA PARA CONCURRIR A LICITACION UNA UNION TEMPORAL DE EMPRESAS(UTE). TODAS LAS EMPRESAS DEBEN ESTAR CLASIFICADAS. BASTA CON QUE UNA LO ESTE EN EL GRUPO REQUERIDO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 13/1999, pág. 2126

CONTRATACION LOCAL. CUMPLIMIENTO

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/1995, pág. 3113

CONTRATACIÓN LOCAL. CUMPLIMIENTO. PRESUPUESTOS LOCALES

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 18/1999, pág. 2764 a 2765

Sumario
El supuesto de la compra de un inmueble con pago aplazado sólo está contemplado en el art. 63.3 de la Ley General Presupuestaria.

CONTRATACIÓN LOCAL. CUMPLIMIENTO.- DESISTIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO DE OBRA. ES NECESARIO QUE EXISTA CAUSA GRAVE.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 21/2003, pág. 3568

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