Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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COMPOSICION DE LAS JUNTAS ELECTORALES

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 8/2003, pág. 1457

Sumario
1. Junta Electoral Central (artículo 9 LOREG). 2. Juntas Electorales Provinciales (artículos 10, 14 y 15 LOREG). 3. Juntas Electorales de Zona (artículos 11, 14 y 15 LOREG).

COMPROBACIÓN Y REINTEGRO DE SUBVENCIONES PÚBLICAS

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 9/2010, pág. 1444 a 1456

Sumario
I. La comprobación de subvenciones públicas. II. La retención de pagos como medida cautelar. III. El reintegro de subvenciones públicas: regulación. IV. Devolución por invalidez del acto concesional. V. Reintegros por incumplimiento de las obligaciones y modificación de circunstancias. VI. Sujetos obligados al reintegro. VII. Objeto del reintegro. VIII. Procedimiento de reintegro. 1. Reintegros de carácter general. 2. Reintegros a propuesta de la intervención. 3. La resolución en los procedimientos del reintegro. IX. Fase recaudatoria del reintegro.

Cómputo de los dos años de antigüedad en la promoción interna del personal que adquiere la condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo, tras los procesos de estabilización (primera parte)

Rut Contero Martín, Ana; Hernández Sánchez, Vicente

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 08/2025, pág. 62 a 69

Sumario
I. Introducción. II. La promoción interna como derecho del empleado público. III. La exigencia de los dos años de antigüedad y modo de computarse.

Cómputo de los dos años de antigüedad en la promoción interna del personal que adquiere la condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo, tras los procesos de estabilización (segunda parte)

Hernández Sánchez, Vicente; Contero Martín Ana Rut

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 11/2025, pág. 87 a 97

Sumario
I. Cómputo de los dos años de antigüedad del funcionario interino que estabiliza como funcionario de carrera. II. Cómputo de los dos años de antigüedad del personal laboral temporal o personal indefinido no fijo que estabiliza como funcionario de carrera. III. Cómputo de los dos años de antigüedad del personal laboral temporal o personal indefinido no fijo que estabiliza como personal laboral fijo. IV. Conclusión.

CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN EN EL ICIO. ANÁLISIS DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2005 (CASACIÓN EN INTERÉS DE LA LEY)

CALVO SALES, TERESA

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 1/2006, pág. 86

Sumario
I. INTRODUCCIÓN. II. EL DEVENGO DEL ICIO. III. LA "LIQUIDACIÓN PROVISIONAL" Y SU IMPORTE. IV. EL ICIO NO ES UN IMPUESTO INSTANTÁNEO. V. INICIO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN. VI. CONCLUSIÓN.

COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA. ESTADISTICA.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 18/1990, pág. 1614

Sumario
Reglamento (CEE) nº 837/90 del Consejo de 26 deìmarzo de 1990 relativo a la información estadística queìdeberan suministrar los Estados miembros sobre la producciónìde cereales. 1. Sección I:Objetivos. 2. Sección II: Datosìcorrespondientes a cada país. 3. Sección III: Métodos yìespecificaciones. 4. Sección IV: Datos que deberánìsuministrarse a nivel regional. 5. Sección V: Plazos,ìintercambio de experiencia y disposiciones transitorias...

COMUNIDAD POLÍTICA Y AUTONOMÍA LOCAL EN ANDALUCÍA EN EL CONTEXTO DEL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS

BULLEJOS CALVO, CARLOS

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 18/2012, pág. 2031 a 2043

Sumario
I. Régimen local y comunidades políticas territoriales en el estado de las autonomías. II. La comunidad política local en Andalucía. III. La autonomía municipal en la LAULA. IV. La autonomía provincial en la LAULA. V. Relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con las entidades locales y la cooperación territorial. VI. Las ausencias de la LAULA y su reajuste, de lege ferenda, a la legislación estatal de racionalización y sostenibilidad de la Administración local.

COMUNIDADES AUTÓNOMAS. CASTILLA-LA MANCHA.- TOLEDO ES LA CAPITAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA AUNQUE NO EXISTA NINGUNA NORMA QUE LO DIGA EXPRESAMENTE

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 24/2004, pág. 4065

Sumario
1. ANTECEDENTES. 2. CONTESTACIÓN.

COMUNIDADES AUTONOMAS. ELECTRICIDAD. TELECOMUNICACIONES. TRANSPORTES. SERVICIOS Y ACTIVIDADES ESTATALES. SERVICIOS Y ACTIVIDADES LOCALES.

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 8/1991, pág. 1217

Sumario
1. El Consejo de las Comunidades Europeas haìadoptado las presente Directiva. 2. Título I. Disposicionesìgenerales. 3. Título II. Especificaciones técnicas y normas.ì4. Título III. Procedimientos de formalización de contratos.ì5. Título IV. Clasificación, selección y adjudicación. 6.ìTítulo V. Disposiciones finales. 7. Anexos.

Con la nueva LCSP 2017, ¿qué naturaleza jurídica tendrán las tarifas a abonar por los usuarios del servicio de abastecimiento de agua en los casos de concesión?

El Consultor de los Ayuntamientos, n.º 23/2017, pág. 2775 a 2776

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