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ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LOS FINES DE LAS FUNDACIONES Y SU GARANTÍA POR LA ADMINISTRACIÓN

BARRERO RODRÍGUEZ, CONCEPCIÓN

REVISTA DE ADMINISTRACION PUBLICA, n.º 183/2010, pág. 73 a 97

I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. OBJETO DEL ESTUDIO. II. LA INDETERMINACIÓN EN SUS FINES: PRIMER RASGO CARACTERÍSTICO DE LAS FUNDACIONES ACTUALES: 1. La regla legal. 2. Su aplicación. 3. La valoración del régimen vigente. Las ventajas posibles de una mayor concreción en los fines. III. LA HETEROGENEIDAD DE FINES: SEGUNDA NOTA DISTINTIVA DE LAS FUNDACIONES DE NUESTRO TIEMPO: 1. La prevalencia de las fundaciones con fines múltiples. 2. El necesario respeto al "fin principal" como criterio determinante para la clasificación de las fundaciones y consiguiente fijación del protectorado competente. IV. LA DIVERSA RELEVANCIA DE SUS FINES: TERCER ELEMENTO DEFINITORIO DE LAS FUNDACIONES EXISTENTES. ¿UNA ESCALA DEL INTERÉS GENERAL?: 1. No todas las fundaciones sirven en igual medida al interés general. 2. Fines expresamente reconocidos por las normas y fines no tipificados: una distinción de efectos fundamentales. V. LAS POTESTADES DE CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN SOBRE EL FIN DE LAS FUNDACIONES: 1. El control del fin en el procedimiento de constitución. 2. La garantía del interés general en la actuación de la fundación. 3. Conclusión. VI. ¿SON CONVENIENTES REFORMAS NORMATIVAS EN LA MATERIA?

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