Introducción
La cooperación para el desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza global son ya una política pública asentada. También se ha promovido la acción de las administraciones públicas en la cooperación internacional para el desarrollo. Ese sistema expresa el importante papel de los entes locales en el ámbito de la cooperación. El papel relevante de los entes locales radica en su trayectoria y su capacidad de generar alianzas, de movilizar a los actores, de promover la participación social en sus respectivos territorios, en las capacidades económicas y sociales, en el conocimiento experto presente en sus respectivos territorios, así como en el de las propias administraciones en las áreas de política pública en las que gozan de competencias y capacidades. Ello representa un activo del sistema en tanto que le otorga un carácter más plural, descentralizado y abierto a la participación de los diferentes territorios y la sociedad.
Destinatarios
Cargos electos de las entidades locales. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidas personal directivo, personal funcionario con habilitación de carácter estatal y personal empleado público de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa, las personas solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas.
Objetivos
1.Reflexionar sobre el papel de las EELL como agentes de desarrollo en el marco competencial definido por la Ley de Cooperación Internacional para un Desarrollo Sostenible y la solidaridad global.
2.Profundizar el alcance y régimen jurídico aplicable a las subvenciones de las EELL con destino a la cooperación al desarrollo.
3.Conocer los principios y premisas de actuación básicas para promover una cooperación orientada a un desarrollo sostenible global y solidario.
4.Impulsar la participación de municipios y provincias en proyectos de cooperación al desarrollo y estimular la participación de su propio personal en las acciones destinada a la Cooperación al Desarrollo.
Contenidos
1.La competencia de los EELL para ejecutar políticas de cooperación internacional en la Ley 1/2023 de cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. Especial referencia a la cooperación descentralizada.
1.1 Antecedentes legislativos: El artículo 20 la ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
1.2 La consideración de la Cooperación como una competencia impropia en el marco del art 7 de la Ley 7/1985 de 2 de abril RBRL, en la redacción dada por la LRSAL. Un obstáculo que no ha impedido a los EELL continuar con la Cooperación al Desarrollo
1.3 Ley 1/2023 de CDS y la SG aclara cualquier duda acerca del papel de los municipios y provincias en la Cooperación al Desarrollo, aplicando en su actuación los principios recogidos en sur art. 1.3.
1.4 El ejercicio de la competencia en materia de Cooperación es voluntaria para municipios, provincias y demás EELL. es voluntaria.
1.5 La Cooperación descentralizada en la ley 1/2023.
2.El régimen específico regulador de las subvenciones en cooperación internacional para el desarrollo. El Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global y su aplicación por los entes locales.
2.1 El mandato de la disposición adicional tercera de la Ley 1/2023 de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. Títulos habilitantes
2.2 El alcance del real decreto.
2.3 Las subvenciones de cooperación en régimen de concurrencia competitiva.
3.Experiencias municipalistas en cooperación internacional para el desarrollo.
3.1 Principios y premisas de actuación.
3.2 Sensibilización y educación para la justicia global.
3.3 Iniciativas de cooperación promovidas desde Ayuntamientos y Diputaciones.
4.Mesa redonda.
Profesorado
- Ildefonso Cobo Navarrete (Dirección académica)Secretario General. Ayuntamiento de Granada.
- Rafael García MatíesPresidente y Director Ejecutivo. Fundación Musol. Valencia. Valencia/València.
- Cristina Reyes IborraTécnica de Relaciones Internacionales. Diputación de Barcelona.
Convocatoria oficial
Esta actividad formativa forma parte del Plan de formación 2026 y del programa formativo Jornadas de excelencia, y ha sido convocada por Resolución del Vicepresidente del CEMCI de fecha 18 de febrero de 2026, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 38, de 26 de febrero de 2026.