• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

El ejercicio de la acción vecinal en defensa de los bienes y derechos de la entidad local

Álvaro Llorente Crespo

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 14/2013, pág. 1400 a 1407

I. Regulación. II. Naturaleza jurídica de la acción. III. Orden jurisdiccional competente. IV. El requerimiento previo a la entidad local por el vecino. V. El no ejercicio de la acción por la entidad local. VI. Traslado del requerimiento a las personas afectadas. VII. Transcurso del plazo de treinta días hábiles. VIII. Necesidad de informe previo. IX. Acreditación de la naturaleza pública. X. Derecho de reembolso de los gastos ocasionados. XI. Conclusiones.

Ver teléfonos