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I. Consideraciones preliminares. II. Clases de personal. 1. Interinos: exigir la previa superación de un proceso selectivo para poder participar en un procedimiento de funcionarización no vulnera el principio de igualdad. 2. Interinos: los órganos jurisdiccionales no puede crear nuevas clases de personal para impedir el abuso de temporalidad en una administración autonómica, pero ésta tampoco puede considerar "medida equivalente" para evitarlo el dictado de una mera orden reguladora dela provisión interina de puestos. III. Carrera y provisión de puestos de trabajo. 1. Consideración de los servicios prestados como interino ....
I. Acceso al empleo público. 1. Mientras que la apreciación de méritos puede justificar discriminaciones positivas a favor de los discapacitados, el requisito de capacidad exige que los ejercicios de acceso sean superados por todos los opositores. 2. Vulnera los principios de igualdad , mérito y capacidad el diferente grado de dificultad de los ejercicios correspondientes a la mañana y a la tarde. Proceso selectivo para el ingreso en la categoría de auxiliar administrativo. Sanidad. 3. La calificación numérica otorgada a los ejercicios exige motivación adicional cuando es cuestionada por los aspirantes. 4. La decisión del órgano de selección de tener por eliminado a un aspirante por no comparecer cuando es llamado a leer el último ejercicio supone una aplicación desproporcionada de la base de la convocatoria que sustenta tal decisión, así como la infracción del principio de confianza legítima del aspirante al que el secretario le había comunicado que leería su ejercicio más tarde. II. Clases de personal. 1. En cirtud del Derecho europeo, cuando las Administraciones públicas utilicen abusivamente el nombramiento sucesivo de personal regido por el Derecho administrativo (funcionarios interinos o personal estatutario eventual de los servicios de salud), los Tribunales nacionales deben aplicar una medida equivalente a la de la transformación de los contratos laborales en indefinidos. 2. Personal estatutario temporal de los servicios de salud: las renovaciones sucesivas de nombramientos temporales para prestar servicios permanentes son contrarias al Derecho europeo. III. Derechos económicos....
I. Clases de personal. 1. Funcionarios interinos: de la conexión entre los arts. 24 y 14 CE de cuando un órgano juzgador no se pronuncia sobre el eventual trato discriminatorio de estos empleados públicos respecto de los funcionarios de carrera y otros interinos. II. Acceso al empleo público. 1. Es conforme a Derecho la actuación de la Administración que en un sistema selectivo de oposición celebra un ejercicio de carácter voluntario y no eliminatorio junto a otros de carácter obligatorio y eliminatorio si así lo contemplan las bases de la convocatoria y éstas no han sido impugnadas. 2. ...
Función Pública
Miguel Sánchez Morón; Belén Marina Jalvo; Josefa Cantero Martínez; Jesús Ángel Fuentetaja Pastor
1. Consideraciones preliminares. 2. Cuestiones generales. 3. Acceso al empleo público. 4. Carrera y provisión de puestos de trabajo. A. Evaluación del desempeño. B. Provisión de puestos. C. Reasignación de efectivos: carácter singularizado del puesto. 5. Instrumentos de gestión de los recursos humanos. A. Plan de Ordenación de los Recursos Humanos. B. Relaciones de puestos de trabajo. 6. Derechos fundamentales. A. Derecho a la no discriminación por razón de sexo. B. Derecho a la intimidad. 7. Derechos colectivos. A. Negociación colectiva. 8. Derechos funcionales. A. El derecho al cargo, como integrante de la relación funcionarial, debe entenderse desvinculado del concreto puesto de trabajo y de sus funciones. 9. Pérdida de la condición funcionarial. A. La renuncia. Fecha de efectos.
I. Cuestiones generales. II. Acceso al empleo público. III. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. IV. Derechos retributivos. V. Derecho a la negociación colectiva. VI. Derechos laborales.
1. Acceso al empleo público. A. El límite máximo de edad de 30 años para ingresar en la policía local es contrario al derecho europeo. B. El desconocimiento por los aspirantes de los criterios de calificación de una prueba vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad. C. No pueden valorarse como mérito para el acceso ni para la promoción en el empleo público los servicios prestados como personal eventual. D. Los servicios prestados a la Administración mediante contrato de servicios de analista informático no constituyen mérito valorable en concepto de experiencia por prestación de servicios en administraciones públicas. E. El control judicial de la discrecionalidad técnica de los órganos de selección no permite sustituir la decisión motivada del tribunal calificador, que no incurre en error patente, por la estimación del órgano judicial basada en la opinión sustentada en un informe pericial. 2. Provisión de Puestos de Trabajo. A. Concurso de méritos. Méritos de conciliación familiar: concepto de "acceso desde municipio distinto". B. Libre designación: motivación del cese. C. Nombramiento en comisión de servicios: su carácter voluntario implica convocatoria pública. D. Cese de funcionario en comisión de servicios: desviación de poder. 3. Derechos individuales. A. Ni siquiera el legislador autonómico puede dispensar del requisito de la titulación para la promoción interna funcionarial. B. Es discriminatorio privar a los interinos de larga duración del complemento de carrera profesional. 4. Derechos colectivos. A. Los criterios generales en materia de acceso, carrera y provisión de un puesto directivo deben ser materias objeto de negociación. B. La obligatoriedad de lo negociado condiciona al ejercicio ulterior de la potestad presupuestaria del ayuntamiento, que ha de ordenarse al cumplimiento de lo acordado. 5. Extinción de la relación de servicio. A. Motivación de la denegación de la solicitud de prolongación del servicio activo.
Función Pública
Sánchez Morón, Miguel; Marina Jalvo, Belén; Fuentetaja Pastor, Jesús Ángel; Cantero Martínez, Josefa; Maeso Seco, Luis F.
I. Consideración preliminar. II. Clases de empleados públicos. 1. Personal directivo: las corporaciones locales no tienen competencia para completar el artículo 13 del TREBEP según opinión mayoritaria del TS (voto particular aparte). 2. Funcionarios interinos: no es discriminatorio que los interinos en España no cobre indemnización llegado el momento de su cese. III. Acceso. 1. La concurrencia de un vicio en la composición del Tribunal Calificador debe ser impugnada en el momento de conocerse. IV. Carrera y provisión de puestos de trabajo. 1. El desempeño material de funciones de otro puesto no permite el reconocimiento del grado del mismo, aunque sí de las diferencias retributivas correspondientes. V. Situaciones administrativas. VI. Derechos fundamentales. VII. Derechos retributivos. VIII. Derechos laborales. IX. Deberes y código de conducta. X. Extinción de la relación de servicios.
Función pública
Sánchez Morón, Miguel; Cantero Martínez, Josefa; Marina Jalvo, Belén; Fuentetaja Pastor, Jesús Ángel; Maeso Seco, Luis F.
I. Cuestiones generales. II. Clases de empleados públicos. III. Acceso al empleo público. IV. Carrera y provisión de puestos de trabajo. V. Derechos fundamentales. VI. Libertad sindical. VII. Derechos laborales. VIII. Régimen disciplinario. IX. Extinción de la relación funcionarial.
Función Pública
Sánchez Morón, Miguel; Cantero Martínez, Josefa; Marina Jalvo, Belén; Fuentetaja Pastor; Maeso Seco, Luis F.
I. Consieración preliminar. II. Cuestiones generales. III. Clases de empleados públicos. IV. Acceso al empleo público. V. Provisión de puestos de trabajo. VI. Derechos fundamentales.VII. Derechos funcionales. IX. Derecho laborales. X. Código de conducta y deberes. XI. Extinción de la relación funcionarial.
Función pública
Sánchez Morón, Miguel; Marina Jalvo, Belén; Cantero, Josefa; Fuentetaja, Jesús; Maeso Seco, Luis F.
I. Cuestiones generales. II. Acceso al empleo público. III. Carrera y provisión de puestos de trabajo. 1. Alcance subjetivo de la carrera horizontal. 2. Concursos: los funcionarios interinos no pueden participar. 3. Comisión de servicios: no es necesaria su convocatoria pública. IV. Derechos de los funcionarios: derechos fundamentales. V. Derechos de los funcionarios: derechos retributivos. VI. Derechos de los funcionarios: derechos colectivos. VII. Derechos de los funcionarios públicos: derechos laborales. VIII. Régimen disciplinario. IX. Extinción de la relación de servicio.