Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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SILENCIO ADMINISTRATIVO: DELIMITACIÓN JURISPRUDENCIAL DE SU ÁMBITO DE APLICACIÓN (COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, DE 28 DE FEBRERO DE 2007)

CHINCHILLA MARÍN, CARMEN

Cuadernos de Derecho Local, n.º 16/2008, pág. 27 a 37

Sumario
1. La sentencia. 2. La cuestión debatida. 3. Estado de la cuestión del silencio administrativo y la acción de inactividad en relación con la reclamación de intereses de demora, antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2007. 4. Los argumentos de la sentencia. 5. El voto particular. 6. La crítica a la sentencia. 6.1. Restricción del ámbito de aplicación de una categoría jurídica que el legislador ha concebido como una garantía del administrado frente al incumplimiento de la Administración de tres obligaciones legales. 6.2. La restricción que la sentencia opera sobre la garantía del silencio administrativo se lleva a cabo a partir de la interpretación de la voluntad del legislador. 6.3. El razonamiento consistente en comparar la vigente LRJPAC con la LPA, de 1958 lleva a la paradójica conclusión de que la regulación de los años 90 sería más restrictiva con el silencio y, por tanto, más indulgente con los incumplimientos de la Administración que la legislación de los años 50. 6.4. El establecimiento de una doctrina a partir de una categoría que, sin embargo, no queda definida. 6.5. El concepto de procedimiento que, a efectos de la aplicación del silencio, utiliza la sentencia no está en sintonía con la concepción constitucional y legal de dicha categoría, tal como veníamos entendiéndola hasta ahora. 7. Conclusión.

Situación de la participación de las entidades locales en los tributos de las comunidades autónomas (o cómo incumplir un mandato constitucional durante más de cuarenta años)

Martínez Rodríguez, José Miguel

Cuadernos de Derecho Local, n.º 64/2024, pág. 174 a 212

Sumario
1. Enfoque del estudio. 2. El estricto mandato del art. 142 CE: la participación en tributos propios y los motivos de su incumplimiento. 3. ¿Cómo podemos valorar los modelos existentes si casi ninguno cumple con el mandato estricto del art. 142 CE? 4. Castilla y León, el único ejemplo de verdadera participación en tributos de las comunidad autónomas, con un gran pero. 5. Comunidades que realizan un esfuerzo ejemplar por contribuir a la suficiencia financiera de las entidades locales. 5.1. Andalucía 5.2. Canarias 5.3. Galicia 6. Resto de comunidades con fondos de cooperación incondicionados. 7. Comunidades que no cuentan con programas estables de transferencias incondicionadas a favor de las entidades locales. 8. Resumen de las características de los instrumentos de cooperación local de las comunidades autónomas. 9. Conclusiones. 10. Bibliografía.

Smart cities y protección del medio ambiente

Martínez Gutiérrez, Rubén

Cuadernos de Derecho Local, n.º 57/2021, pág. 33 a 60

Sumario
1. Planteamiento general. La conexión de las ciudades inteligentes con la protección del medio ambiente. 2. Concepto y caracteres de las smart cities desde la perspectiva ambiental. 3. La importancia de los datos como base fáctica de las smart cities. 4. La protección del ambiente urbano en las smart cities. Mecanismos de tutela. 5. Smart cities, inteligencia artificial y ejercicio de potestades administrativas. 6. El urbanismo tecnológico como método de diseño urbanístico ambientalmente sostenible. 7. A modo de conclusión final. 8. Bibliografía.

SOBRE EL PLURALISMO POLÍTICO EN LAS MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS

CACHARRO GOSENDE, FRANCISCO

Cuadernos de Derecho Local, n.º 6/2004, pág. 153 a 162

Sumario
1. ANTECEDENTES. 2. CONSIDERACIONES JURÍDICAS. 2.1. EXISTENCIA DE UN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL QUE OBLIGUE A QUE EN LAS MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS SE ENCUENTREN REPRESENTADOS TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS EXISTENTES EN LOS AYUNTAMIENTOS MANCOMUNADOS. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA NATURALEZA DE LAS MANCOMUNIDADES. 2.2. SIGNIFICADO Y ALCANCE DEL ARTÍCULO 141.1, PÁRRAFO 2, DE LA LEY DE ADMINISTRACIÓN LOCAL DE GALICIA. 2.3. REGULACIÓN DE LA COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS MANCOMUNIDADES DE LA PROVINCIA DE OURENSE, Y SU GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 141.1 DE LA LALG. 2.4. PROCEDENCIA DEL EJERCICIO DE ACCIONES LEGALES EN LA MATERIA POR PARTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE.

SOBRE LA FORMA DE GOBIERNO DE BARCELONA: RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DEL CONSEJO MUNICIPAL

VELASCO CABALLERO, FRANCISCO; DÍEZ SASTRE, SILVIA

Cuadernos de Derecho Local, n.º 17/2008, pág. 49 a 69

Sumario
1. Planteamiento. 1.1. Forma de gobierno de Barcelona en el contexto político actual. 1.2. Fuentes normativas de la forma de gobierno de Barcelona. 2. Forma de gobierno "común" de la LBRL. 2.1. Sobre la "parlamentarización" del gobierno municipal "común". 2.2. Relaciones de competencia entre el Alcalde y el Pleno. 2.3. Preeminencia funcional del Alcalde en el ejercicio de competencias decisorias por el Pleno. 2.4. Inexistencia de vis atractiva de la potestad de ordenanza con respecto a las competencias del Alcalde. 3. Forma de gobierno de Barcelona. 4. Ejercicio de las competencias del Consejo Municipal de Barcelona. 4.1. Distinción entre funciones decisorias y de control. 4.2. Competencias "ejecutivas" del Consejo Municipal. 4.2.1. Iniciativa ante el Consejo Municipal. 4.2.1.1. Iniciativa del Alcalde. 4.2.1.2. Iniciativa de los grupos municipales y de concejales. 4.2.2. Aprobación final del Consejo Municipal. 5. Conclusiones finales.

Sobre la pervivencia de la cláusula general de competencia municipal. Una reflexión interpretativa

Carro Fernández-Valmayor, José Luis

Cuadernos de Derecho Local, n.º 68/2025, pág. 150 a 170

Sumario
1. Introducción. Una referencia previa a la idea de “asuntos locales”. 2. El artículo 137 de la Constitución española (CE) y la cláusula general de competencia municipal. La interpretación del artículo 25-1.º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LBRL): su naturaleza de norma competencial. Una propuesta interpretativa de su contenido y de su relación con el artículo 25-2.º LBRL. 3. La necesidad de una interpretación conjunta o integradora de los artículos 25-1.º y 7-4.º LBRL. La existencia de una única cláusula general competencial: sus requisitos o condicionamientos; la previsión de informes previos y vinculantes. 4. Conclusión. 5. Bibliografía.

SOBRE LA POTESTAD SANCIONADORA MUNICIPAL

CARRO FERNÁNDEZ-VALMAYOR, JOSÉ LUIS

Cuadernos de Derecho Local, n.º 6/2004, pág. 131 a 142

Sumario
1. INTRODUCCIÓN: UNA CONSTATACIÓN DE HISTORIA LEGISLATIVA. 2. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN MATERIA SANCIONATORIA Y SUS FLEXIBILIZACIONES. LAS FLEXIBILIZACIONES EN EL ÁMBITO JURÍDICO LOCAL; UNA REFERENCIA NECESARIA A LA PROBLEMÁTICA DE LA POTESTAD NORMATIVA LOCAL: SU TRASCENDENCIA PARA LA POTESTAD SANCIONADORA MUNICIPAL. UNA MENCIÓN A LA POSICIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO Y A LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA. LAS SOLUCIONES DE LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA SOBRE RÉGIMEN LOCAL. 3. DOS SENTENCIAS FUNDAMENTALES EN MATERIA SANCIONATORIA MUNICIPAL: LA SENTENCIA 132/2001, DE 8 DE JUNIO, DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Y LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2003. UNA CUESTIÓN DE NECESARIA CLARIFICACIÓN: LA POTESTAD SANCIONADORA MUNICIPAL IMPLÍCITA EN LAS ATRIBUCIONES COMPETENCIALES; EL PAPEL DE LA CLÁUSULA GENERAL DE COMPETENCIA MUNICIPAL. 4. EL NUEVO TÍTULO XI DE LA LEY DE BASES DEL RÉGIMEN LOCAL DE 1985 INTRODUCIDO POR LA LEY 57/2003, DE 16 DE OCTUBRE, DE MEDIDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL. ALGUNAS REFLEXIONES CONCLUSIVAS.

Sociedad mercantil local: el nuevo marco jurídico y de responsabilidad penal

Santiago Milans del Bosch; Jordán de Urríes

Cuadernos de Derecho Local, n.º 35/2014, pág. 121 a 139

Sumario
1. Introducción. La empresa pública local y el nuevo marco jurídico a la luz de las Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de 2011 y de las novedades legislativas de 2013. 2. La política de propiedad en la sociedad mercantil local. 3. Los deberes de la entidad local. 4. Relaciones con los accionistas minoritarios y con las partes interesadas. 5. Códigos de ética. 6. Transparencia. 7. Auditoría interna y externa. 8. El principio de publicidad activa en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIPBG). 9. El órgano de administración de la empresa pública. 10. Responsabilidad y tratamiento equitativo de los accionistas. 11. Deber de facilitar la participación de los accionistas minoritarios en las juntas de accionistas. 12. Gerente general. 13. Las responsabilidades de los directivos de empresas públicas. 14. La responsabilidad penal de la empresa pública local.

SOCIEDADES PLURICULTURALES Y ADMINISTRACIONES LOCALES: INMIGRACIÓN, DIVERSIDAD Y CONVIVENCIA EN LAS CIUDADES. REFLEXIONES JURÍDICAS

PONCE SOLÉ, JULI

Cuadernos de Derecho Local, n.º 11/2006, pág. 37 a 65

Sumario
1. INTRODUCCIÓN: CONVIVENCIA, COHESIÓN SOCIAL E INTERVENCIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS. EL REGRESO A LOS ORÍGENES: DERECHO ADMINISTRATIVO, ORDEN PÚBLICO Y SOLIDARIDAD EN EL CONTEXTO DE NUESTRA SOCIEDAD PLURICULTURAL. 2. EL PAPEL DEL DERECHO URBANÍSTICO EN RELACIÓN CON LA COHESIÓN SOCIAL. 2.1. LOS PARADIGMAS DE NUESTRO DERECHO URBANÍSTICO TRADICIONAL. 2.2. LAS BASES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO URBANÍSTICO: ESTADO SOCIAL Y COHESIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL. 2.3. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO, DERECHO A LA CIUDAD Y DERECHOS CONSTITUCIONALES: EN ESPECIAL, DERECHO A LA IGUALDAD Y USOS DEL SUELO. 3. LIBERTAD RELIGIOSA, LUGARES DE CULTO Y DERECHO URBANÍSTICO. 3.1. INTRODUCCIÓN. 3.2. ORDENACIÓN URBANÍSTICA, LUGARES DE CULTO, SEGREGACIÓN URBANA Y COHESIÓN SOCIAL. 3.3. CATÁLOGO DE POSIBLES PROBLEMAS EN RELACIÓN CON EL URBANISMO Y LA LIBERTAD RELIGIOSA. 3.3.1. EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y TERRITORIAL Y LA LIBERTAD RELIGIOSA. 3.3.2. APLICACIÓN SINGULAR DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA Y DE OTRAS REGULACIONES EXISTENTES. LA CUESTIÓN DE LA NECESIDAD DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Y DE OTRO TIPO DE LICENCIAS RESPECTO A LOS LUGARES DE CULTO. 4. SEGURIDAD PÚBLICA, CIUDAD Y DERECHO URBANÍSTICO. 5. VIVIENDA ASEQUIBLE, COHESIÓN SOCIAL Y DERECHO URBANÍSTICO. 5.1. LA FINALIDAD DE LA MEZCLA SOCIAL SOBRE EL TERRITORIO Y LA MEZCLA DE USOS URBANÍSTICOS Y DE TIPOLOGÍAS DE VIVIENDAS COMO MEDIO PARA LOGRARLA. 5.2. EL PAPEL DEL LEGISLADOR EN EL ALCANCE DE LA COHESIÓN SOCIAL: PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO, ESTÁNDARES LEGALES DE VIVIENDAS SOMETIDAS A ALGÚN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN PÚBLICA Y PROCEDIMIENTO PLANIFICADOR. 6. CONTROL JUDICIAL DEL IMPACTO SOCIAL DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO. 6.1. LÍMITES Y MANDATOS CONSTITUCIONALES AL PODER JUDICIAL: NI INVASIÓN FUNCIONAL INDEBIDA NI INDIFERENCIA PROSCRITA. 6.2. TÉCNICAS JURÍDICAS EN EL CONTROL JUDICIAL DEL IMPACTO SOCIAL DEL PLANEAMIENTO: EL CONTROL DE LOS ELEMENTOS REGLADOS Y EL PAPEL DEL PRINCIPIO GENERAL DE IGUALDAD.

SOMBRAS SOBRE LOS ENCARGOS DIRECTOS DE GESTIÓN A LAS SOCIEDADES MERCANTILES LOCALES (CRÓNICA DE LA SENTENCIA DEL TJCE DE 13 DE OCTUBRE DE 2005, ASUNTO C-458/03, PARKING BRIXEN GMBH)

ARIMANY LAMOGLIA, ESTEBAN

Cuadernos de Derecho Local, n.º 9/2005, pág. 48 a 64

Sumario
1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. 2. LOS ANTECEDENTES DE LA SENTENCIA PARKING BRIXEN. 3. CONTRATOS PÚBLICOS Y CONCESIONES OTORGADOS POR LOS ENTES TERRITORIALES A SUS SOCIEDADES FILIALES. LA OBLIGACIÓN GENERAL DE SEGUIR UN PROCEDIMIENTO PÚBLICO LICITATORIO Y LA EXCEPCIÓN DE ENCARGO DIRECTO SOLAMENTE EN DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS, IDENTIFICADAS CON LOS DENOMINADOS "CRITERIOS TECKAL". 3.1. CONTRATO PÚBLICO DE SERVICIOS Y CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO. 3.2. SUJECIÓN DE LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO A LOS PRINCIPIOS DEL TRATADO UE QUE IMPONEN OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD Y DE LICITACIÓN TRANSPARENTE. 3.3. EL ENCARGO DIRECTO A UNA SOCIEDAD MERCANTIL LOCAL EXIGE LA SUPERACIÓN DE LOS DENOMINADOS "CITERIOS TECKAL". 4. EL PRIMER CRITERIO TECKAL. PARA PODER REALIZAR UN ENCARGO DIRECTO, LA ENTIDAD LOCAL ADJUDICADORA DEBE TENER SOBRE LA MERCANTIL ADJUDICATARIA UN CONTROL ANÁLOGO AL QUE TIENE SOBRE SUS PROPIOS SERVICIOS. 4.1. ADVERTENCIA PREVIA. LOS DOS CRITERIOS TECKAL ESTÁN PRESIDIDOS POR UNA IDEA O FACTOR COMÚN: VINCULACIÓN O DEPENDENCIA DEL MEDIO PROPIO VERSUS AUTONOMÍA MATERIAL DEL TERCERO. 4.2. UNA PARTICIPACIÓN PRIVADA EN LA SOCIEDAD MERCANTIL, POR MINORITARIA QUE SEA, ROMPE LA POSIBLE EXISTENCIA DEL PRIMER CRITERIO TECKAL. REFERENCIA A LA RECIENTE SENTENCIA MÖDLING. 4.3. LA PARTICIPACIÓN CIEN POR CIEL LOCAL, ES PUES, REQUISITO MÍNIMO PARA DAR POR CUMPLIDO EL PRIMER CRITERIO TECKAL. NO OBSTANTE, TAL PARTICIPACIÓN ÍNTEGRA PUEDE NO SER SUFICIENTE. 5. EL SEGUNDO CRITERIO TECKAL. PARA PODER INSTRUMENTARSE UN ENCARGO DIRECTO LA MERCANTIL ADJUDICATARIA DEBRE REALIZAR LA PARTE ESENCIAL DE SU ACTIVIDAD PARA LA ENTIDAD O LAS ENTIDADES ADJUDICADORAS A QUE AQUÉLLA PERTENECE. 6. LAS SOLUCIONES, DISCORDANTES, DE LAS CONCLUSIONES DE LA ABOGADO GENERAL Y DE LA SENTENCIA PARKING BRIXEN. PROYECCIÓN SOBRE LA AUTONOMÍA LOCAL. 7. RECAPITULACIÓN DE IDEAS Y CAUTELAS A TENER EN CUENTA AL REALIZAR ENCARGOS DIRECTOS A UNA SOCIEDAD MERCANTIL LOCAL. 8. ALGUNAS REFLEXIONES FINALES A LA LUZ DEL ORDENAMIENTO ESPAÑOL.

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