Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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CONTENIDO DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN CUYA TRAMITACIÓN HA SIDO DECLARADA DE EMERGENCIA.-JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN DE MURCIA. INFORME 8/2003, DE 9 DE OCTUBRE.

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 28/2004, pág. 19 a 22

Contexto jurídico europeo de la facturación electrónica en la contratación pública; análisis de la Directiva 2014/55/UE

Ramos Romero, Sara

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 148/2017, pág. 36 a 43

Sumario
I. Introducción. II. Análisis de la Directiva 2014/55/UE. A) Antecedentes normativos de la Directiva 2014/55/UE. B) Ratio legis de la Directiva 2014/55/UE. C) Hacia una facturación electrónica interoperable en la Unión Europea. D) El proceso de normalización de la factura electrónica. E) Ámbito de aplicación de la Directiva 2014/55/UE. F) Plazo de transposición de la Directiva 2014/55/UE. G) Ventajas del sistema de facturación electrónica en la UE. III. Conclusión. IV. Bibliografía.

CONTRADICCIONES EN LA CONTRATACIÓN MENOR DE LAS ADMINISTRACIONES PERCEPTORAS DE SUBVENCIONES: ENTRE LA LEGISLACIÓN DE CONTRATOS Y LA LEGISLACIÓN GENERAL DE SUBVENCIONES

ORTEGA MONTORO, RODRIGO J.

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 101/2010, pág. 46 a 51

Sumario
I. A modo de introducción. II. El artículo 31 LGS y el artículo 122.3.º LCSP: una extraña confluencia. III. El Informe de la Junta Consultiva de Contratación administrativa 15/2009, de 25 de septiembre.

CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE TRABAJADORES AUTONOMOS

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 6/2002, pág. 19 a 20

Sumario
Suamrio: ¿Es factible la contratación administrativa de trabajadores autónomos o empresas para la impartición de cursos?

CONTRATACION DE DESPACHO PROFESIONAL MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 8/2002, pág. 11 a 12

Sumario
Para los contratos de consultoría, la actividad de las personas físicas o jurídicas que contraten con la Administración ha de tener relación directa con el objeto del contrato.

CONTRATACIÓN DE OBRA SIN EXPEDIENTE

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 96/2010, pág. 11 a 12

CONTRATACIÓN DIRECTA

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 34/2004, pág. 24 a 25

Sumario
EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SE CARACTERIZA POR QUE EN ÉL EL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE CONCURRENCIA CEDE EN ANTENCIÓN A LA PRODUCCIÓN DE CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES Y, COMO ES SABIDO, SÓLO PROCEDERÁ EN LOS CASOS TAXATIVOS PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATOS.

Contratación estratégica. Estado de la cuestión, retos y buenas prácticas

Araújo Chamorro, María Luisa; Juan Quirós, Amada de

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 193/2024, pág. 1 a 8

Sumario
I. La contratación pública como palanca de cambio de la sociedad. II. Situación actual de la contratación estratégica en nuestro país. Los informes especiales de supervisión DE LA OIReScon. III. Buenas prácticas en la contratación estratégica. Las recomendaciones de la OIReScon. IV. Bibliografía y documentos de referencia.

Contratación local: competencias del Alcalde

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 21 de septiembre de 2016

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 147/2017, pág. 104 a 105

Sumario
I. La Sentencia. II. Argumentación del Tribunal. III. Normativa aplicable. IV. Consecuencias para la práctica.

CONTRATACION POR LAS ENTIDADES LOCALES DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, SUBASTA Y CONCURSO

Contratación Administrativa Práctica. Revista de la Contratación, n.º 5/2002, pág. 15 a 17

Sumario
1. ¿Hasta qué cantidades puede contratar la Alcaldesa en materia de obras, servicios y suministros por procedimiento negociado, subasta y concurso?. 2. Las atribuciones del Alcalde han sido potenciadas de forma sensible, convirtiéndose la institución en un verdadero Presidente del Gobierno Local (régimen presidencialista), fruto de la nueva distribución de competencias entre el Pleno y el Presidente de la Corporación.

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