Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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SOBRE LA NATURALEZA DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS EMPLEADOS PARA RECUPERAR LOS COSTES DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON EL AGUA

JIMÉNEZ COMPAIRED, ISMAEL

Tributos Locales, n.º 95/2010, pág. 13 a 27

Sumario
1. El principio de el usuario paga en la financiación de las actividades de las Administraciones Públicas. 2. Los instrumentos propios de los servicios relacionados con el agua. 3. Aproximación al concepto de tasa. 4. Sobre el segundo apartado del artículo 2.2.A) de la LGT. 5. La legalidad de las fórmulas de remuneración de los servicios relacionados con el agua ajustadas al Derecho privado en los supuestos de participación privada en la gestión. 6. La legalidad de los precios públicos.

Subordinación del IBI: incidencia catastral y urbanística en la gestión tributaria

Urbaneja Vidales, Laura

Tributos Locales, n.º 143/2020, pág. 67 a 82

Sumario
I. Introducción. II. Aproximación al IBI. III. Carácter bifásico del IBI. IV. Subordinación de la gestión tributaria a la gestión catastral. V. Supuestos de permeabilidad en la distinción entre gestión catastral y gestión tributaria del IBI. VI. El urbanismo con factor determinante en la gestión tributaria del IBI. VII. Conclusiones.

Supuesto de obligado al pago por sustitución y solidaridad de la responsabilidad y su choque con los principios constitucionales tributarios

Arana Landín, Sofía

Tributos Locales, n.º 120/2015, pág. 21 a 28

TASAS DE RECOGIDA DE BASURAS. COSTES TRASLADABLES, COSTES IMPUTABLES, CAPACIDAD ECONÓMICA Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

LAGO MONTERO, JOSÉ MARÍA

Tributos Locales, n.º 96/2010, pág. 11 a 37

Sumario
1. LA REVITALIZACIÓN DE LAS TASAS AL SERVICIO DE PREOCUPACIONES AMBIENTALES. LA INTRODUCCIÓN DEL CRITERIO AMBIENTAL EN EL SISTEMA TRIBUTARIO. 2. LA TASA SOBRE LA BASURA, EMBLEMÁTICO TRIBUTO FISCAL Y EXTRAFISCAL. ELEMENTOS CUALITATIVOS. 2.1. Hecho imponible. Aspecto material. No sujeción y exención. Aspecto temporal. El devengo y el período impositivo. Aspecto espacial. 2.2. Obligados tributarios-Sujetos pasivos. Contribuyente y sustituto. 3. LA CUANTIFICACIÓN DE LAS TASAS SOBRE LA BASURA. 3.1. El coste del servicio trasladable a los usuarios vía tasas no puede superar nunca el 100% y, en un servicio esencial como éste, no es recomendable que supere el 50%. El interés particular no supera al interés general. 3.2. El coste imputable a los usuarios no puede exceder de su singular imputación proporcional del uso del servicio. La memoria económico-financiera, débil instrumento de control. 3.3. Este criterio esencial del coste imputable puede conciliarse con, pero no sustituirse por, los criterios de capacidad económica previa y protección ambiental -criterios complementarios, pero no esenciales-. 4. LA ESTRUCTURA CUANTIFICADORA. APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS ANTEEXPUESTOS. 4.1. El valor catastral como criterio preferente de cuantificación transforma la tasa en un impuesto sobre el patrimonio o sobre la renta presunta. 4.2. Parámetros que pueden ser utilizados como bases imponibles respetuosas del artículo 50 L.G.T.-2003 o como criterios de señalamiento de cuotas fijas, estimativas siquiera sea indiciarias del coste del servicio imputable. 5. LA GESTIÓN, LA PRETENDIDA AFECTACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN/RESISTENCIA CIUDADANA.

TASAS LOCALES: ALGUNAS PROPUESTAS DE REFORMA DE SU RÉGIMEN DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN

ACÍN FERRER, ÁNGELA

Tributos Locales, n.º 103/2011, pág. 99 a 110

Sumario
1. Introducción. 2. Reflexiones sobre la improcedencia de repercutir IVA en la tasa por recogida, transporte y eliminación de residuos. 3. Reflexiones sobre la necesidad de la Administración tributaria de consultar los datos de domicilio de los obligados tributarios. 4. Reflexiones sobre la extraterritorialidad de las actuaciones de recaudación ejecutiva, que pueden desarrollar las entidades locales.

TASAS LOCALES. EL INFORME TÉCNICO ECONÓMICO: ALGUNOS ASPECTOS JURÍDICO ADMINISTRATIVOS Y DE PROCEDIMIENTO

GOMAR SÁNCHEZ, JUAN IGNACIO

Tributos Locales, n.º 100/2011, pág. 11 a 29

Sumario
1. EL INFORME TÉCNICO ECONÓMICO. 1.1. Introducción. 1.2. Concepto. 1.3. ¿Cuál es su utilidad inmediata? 1.4. ¿Cuál es su finalidad en términos de doctrina Constitucional? 1.5. ¿Su inexistencia es motivo de nulidad o anulabilidad de la tasa, o es una mera irregularidad no invalidante? 2. ASPECTOS DE FORMA. 2.1. ¿Qué forma y aspecto ha de tener un informe técnico económico? 2.2. ¿De qué partes se compone un informe técnico económico? 2.3. El principio formal "el coste que no se menciona no existe". 2.4. La cuestión del vínculo formal entre el informe técnico económico de una tasa por prestación de servicios y actividades y el método de determinación de la cuota a pagar. 3. ASPECTOS COMPETENCIALES. 3.1. ¿Quién ha de elaborar el informe técnico económico? ¿Le corresponde esta labor a la Secretaría General o a la Intervención General? 3.2. ¿Puede una empresa privada confeccionarle a la entidad local el informe técnico económico? 3.3. ¿Puede elaborarlo la empresa que va a gestionar el servicio público mediante gestión indirecta? 4. ASPECTOS PROCEDIMENTALES. 4.1. ¿En qué momento del procedimiento de aprobación de la ordenanza debe incorporarse el informe técnico económico? 4.2. ¿Sólo tiene sentido si va acompañado de una ordenanza fiscal? 4.3. ¿Forma parte del expediente de aprobación de la ordenanza? ¿Debe ser expuesto al público en el trámite de alegaciones? 4.4. ¿Pueden los particulares formular alegaciones contra el informe técnico económico? 4.5. ¿Es este informe susceptible de recurso administrativo o contencioso singularizado antes de la aprobación de la ordenanza de cuyo expediente aprobatorio forma parte? 4.6. ¿Es vinculante el informe técnico económico para el Pleno de la entidad local? 4.7. ¿Qué es del informe técnico económico una vez aprobada la ordenanza? 4.8. ¿A quién le corresponde acreditar ante los tribunales la existencia y el contenido del informe técnico económico? 4.9. ¿Se incorpora el informe técnico económico a las actas del Pleno?. 4.10. ¿Si se modifica la cuantía de la tasa es necesario un nuevo informe? 4.11 ¿Puede pactarse el informe técnico económico con los contribuyentes que van a quedar sujetos a la tasa a la que se refiere? 5. CONCLUSIONES. 5.1. ¿De qué modo un informe complejo puede demostrar que todos los ciudadanos no somos iguales ante la ley? 5.2. La forma y el procedimiento de elaboración de la memoria económico financiera como prolongación de la garantía Constitucional.

Tasas o tarifas por servicios públicos obligatorios o monopolizados prestados mediante empresa pública, mixta o privada ¿Ahora qué?

Ismael Jiménez Compaired

Tributos Locales, n.º 115/2014, pág. 11 a 36

Sumario
I. Recordando el problema. II. Algunos casos recientes en los que los tribunales analizan si el servicio o actividad es obligatorio o se encuentra realmente monopolizado. III. La eficacia ¿retroactiva? de la supresión del párrafo segundo del artículo 2.2 a) de la LGT por la Ley de Economía Sostenible. IV. La aplicación real del concepto mutilado de tasa a exacciones aprobadas o modificadas a partir del año 2012. V. En el caso de que la modificación legal impidiese el cobro de tasas, ¿qué hacemos con las ordenanzas fiscales aprobadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible? VI. Sobre el régimen jurídico de las "tarifas". VII. ¿Podemos concluir algo?

Tasas por aprovechamiento especial del dominio público y empresas de telefonía. Responsabilidad patrimonial de la Administración por vulneración del Derecho Comunitario

Guerra Reguera, Manuel

Tributos Locales, n.º 126/2016, pág. 13 a 30

Sumario
1. Planteamiento de la cuestión. 2. La responsabilidad patrimonial exigida a los ayuntamientos por vulneración del Derecho comunitario. 3. Consideraciones en torno a la situación generada. 4. Opinión personal sobre la existencia de responsabilidad patrimonial de los ayuntamientos respecto a los actos de liquidación de tasas por aprovechamiento especial del dominio público giradas a empresas de telefonía. 5. Los primeros pronunciamientos de Tribunales Superiores de Justicia de Comunidades Autónomas comienzan a llegar.

TIPICIDAD, CULPABILIDAD Y CADUCIDAD DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR: DOCTRINA JURISPRUDENCIAL

CALDERÓN GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

Tributos Locales, n.º 92/2010, pág. 91 a 107

Tratamiento en el IIVTNU de la aportación de rama de actividad de personas físicas. Requisitos. Comprobación Inspectora

López León, Javier

Tributos Locales, n.º 145/2020, pág. 55 a 69

Sumario
I. Introducción. II. Requisitos para acogerse al régimen fiscal por las personas físicas. III. Rama de actividad. Aproximación a su contenido. IV. Qué se entiende por actividad económica desde el punto de vista fiscal. Diferencia con la rama de actividad. V. El alquiler de inmuebles como actividad económica en el IRPF. VI. La necesidad de afectación de inmuebles a la actividad. VII. LLevanza de contabilidad. VIII. La operación de aportación de rama de actividad exige motivos económicos válidos. IX. La comprobación de los requisitos en el ámbito de la Administración Local. X. Efectos de la declaración de inaplicación de la segunda de la LIS.

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