Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

Urbanismo

Villanueva Cuevas, Antonio; Gómez Melero, José Gerardo; Delgado Piqueras, Francisco

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 169/2015, pág. 229 a 245

Sumario
1. Planeamiento urbanístico. 2. Régimen del suelo. 3. Ejecución del planeamiento. 4. Disciplina urbanística.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; López Toledo, Purificación; Villanueva Cuevas, Antonio

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 204/2020, pág. 257 a 270

Sumario
I. Régimen del suelo. II. Planificación urbanística. III. Ejecución del planeamiento. IV. Intervención urbanística. V. Índice de voces.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; Villanueva Cuevas, Antonio; Gómez Melero, José Gerardo

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 173/2015, pág. 223 a 237

Sumario
I. Planeamiento urbanístico. II. Régimen del suelo. III. Ejecución del planeamiento. IV. Disciplina urbanística.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; Gómez Melero, José Gerardo; Villanueva Cuevas, Antonio

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 185/2017, pág. 243 a 258

Sumario
I. Planeamiento urbanístico. II. Régimen del suelo. III. Ejecución del planeamiento. IV. Disciplina urbanística.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; Gómez Melero, Gerardo; Villanueva Cuevas, Antonio

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 232/2024, pág. 239 a 256

Sumario
I. Planeamiento urbanístico. 1. La evaluación ambiental estratégica de un PGOU debe realizarse en la fase preliminar de borrador. 2. En ausencia de un análisis material comparativo, la mera reviviscencia de un plan urbanístico por la anulación de su revisión no vulnera el principio de no regresión ambiental. II. Ejecución de planeamiento. 1. Aprobación definitiva de proyecto: informes sectoriales previos a la información pública III. Intervención en los usos del suelo y la edificación. 1. La administración autonómica carece de legitimación para instar la revisión de oficio de una licencia urbanística y demás actos de la administración local, salvo que una ley expresamente se la atribuya para materias determinadas o que la legitimación haya sido admitida previamente por sentencia firme. el TS ratifica su doctrina. 2. No se pierde la caducidad ganada por la realización de nuevas obras que excedan de la mera conservación, ornato, seguridad o salubridad, sobre instalaciones, obras y construcciones en situación asimilada a fuera de ordenación, por haber caducado la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística. 3. No procede suspender cautelarmente la ejecución del cese de una actividad clandestina, ya que supondría una declaración de naturaleza positiva, accediendo al otorgamiento de una licencia inexistente o denegada, por el tiempo que durara la tramitación del recurso. IV. Voces. 1. Ejecución del planeamiento. 2. Intervención urbanística. 3. Planeamiento urbanístico.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; Gómez Melero, José Gerardo; Villanueva Cuevas, Antonio

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 178/2016, pág. 239 a 252

Sumario
I. Planeamiento urbanístico. II. Régimen del suelo. III. Ejecución del planeamiento. IV. Disciplina urbanística.

Urbanismo

Delgado Piqueras, Francisco; Gómez Melero, Gerardo; Villanueva Cuevas, Antonio

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 232/2024, pág. 239 a 257

Sumario
I. Planeamiento urbanístico. 1. La evaluación ambiental estratégica de un PGOU debe realizarse en la fase preliminar de borrador. 2. En ausencia de un análisis material comparativo, la mera reviviscencia de un plan urbanístico por la anulación de su revisión no vulnera el principio de no regresión ambiental. II. Ejecución de planeamiento. 1. Aprobación definitiva de proyecto: informes sectoriales previos a la información pública. III. Intervención en los usos del suelo y la edificación. 1. La administración autonómica carece de legitimación para instar la revisión de oficio de una licencia urbanística y demás actos de la administración local, salvo que una ley expresamente se la atribuya para materias determinadas o que la legitimación haya sido admitida previamente por sentencia firme el TS ratifica su doctrina. 2. No se pierde la caducidad ganada por la realización de nuevas obras que excedan de la mera conservación, ornato, seguridad o salubridad, sobre instalaciones, obras y construcciones en situación asimilada a fuera de ordenación, por haber caducado la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística. 3. No procede suspender cautelarmente la ejecución del cese de una actividad clandestina, ya que supondría una declaración de naturaleza positiva, accediendo al otorgamiento de una licencia inexistente o denegada, por el tiempo que durara la tramitación del recurso. IV. Voces. 1. Ejecución del planeamiento. 2. Intervención urbanística. 3. Planeamiento urbanístico

Urbanismo (Crónicas de Jurisprudencia)

Antonio Villanueva Cuevas; Consuelo Alonso García; Francisco Delgado Piqueras

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 162/2014, pág. 209 a 225

Sumario
1. Planeamiento urbanístico. 2. Ejecución del planeamiento. 3. Disciplina urbanística: demolición de obras ilegales. 4. Momento y valoración de las expropiaciones urbanísticas.

Urbanismo (Jurisprudencia)

Antonio Villanueva Cuevas; José Gerardo Gómez Melero; Francisco Delgado Piqueras

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 166/2014, pág. 205 a 216

Sumario
1. Ejecución del planeamiento. A. Convenios urbanísticos: donación de terrenos. 2. Expropiación urbanística. A. Exclusión de la obtención de terrenos por expropiación. B. Obtención y valoración de terrenos. 3. Disciplina urbanística. A. Legalidad del acuerdo de restauración de la legalidad urbanística adoptado por la Comunidad Autónoma, cuando la obra en suelo rústico cuenta con licencia municipal, pero no con la autorización preceptiva autonómica. B. El dies a quo o de inicio del plazo de caducidad en procedimientos para el restablecimiento de la legalidad urbanística se computa desde que se inicia el expediente o desde que se realizan las diligencias informativas. Interpretación correcta de la expresión "el archivo de las actuaciones" del artículo 44.2, de la LJRJPAC. C. El tiempo transcurrido en la resolución de un recurso de reposición contra una resolución sancionadora urbanística no se computa a efectos de caducidad del procedimiento sancionador.

URBANISMO MUNICIPAL Y ORDENACION DEL TERRITORIO

LOPEZ RAMON, FERNANDO

Revista Española de Derecho Administrativo, n.º 82/1994, pág. 207

Sumario
1. Competencias urbanísticas municipales: a)ìGarantía. b) Alcance general. c) Límites. 2. Límitesìderivados de las competencias urbanísticas de lasìComunidades Autónomas: a) Aprobación de planes. b) Controlìde legalidad. 3. Límites derivados de las competencias sobreìordenación territorial de las Comunidades Autónomas: a)ìPlanteamiento legislativo. b) Problemas conceptuales...

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