Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS.- GESTIÓN DE SUS RESIDUOS

La Administración Práctica, n.º 4/2005, pág. 229

APARTAMENTOS TURÍSTICOS.- DIFERENCIAS ENTRE VIVIENDA DE USO TURÍSTICO Y APARTAMENTO TURÍSTICO EN CATALUÑA

DE BENITO LANGA, JULIA

La Administración Práctica, n.º 7/2008, pág. 490 a 494

Sumario
1. Planteamiento. 2. Contenido. 3. Conclusiones.

APICULTURA.- COMPETENCIA EN MATERIA DE TRASHUMANCIA

La Administración Práctica, n.º 7/2006, pág. 498

APLAZAMIENTO DEL PAGO DE LAS DEUDAS DE LAS CORPORACIONES LOCALES.

La Administración Práctica, n.º 7/1992, pág. 274 a 275

APLICACION DE LA LEY 4/1999, DE 13 DE ENERO, DE MODIFICACION DE LA LEY 30/1992, A LOS PROCEDIMIENTOS INICIADOS ANTES DE SU ENTRADA EN VIGOR.

La Administración Práctica, n.º 5/1999, pág. 264

Sumario
1. Entrada en vigor de la ley 4/1999, de 13 deenero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.Aplicación de la Ley a los procedimientos en tramitación.

APLICACIÓN DE LA LEY CONCURSAL EN LA RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS LOCALES

La Administración Práctica, n.º 7/2006, pág. 477

Sumario
1. ASPECTOS INTERESANTES A RECORDAR. 2. PUBLICIDAD DE LAS RESOLUCIONES CONCURSALES. 3. ALGUNOS MODELOS DE COMUNICACIÓN DE CRÉDITOS. A) MODELO DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y COMUNICACIÓN DE CRÉDITOS PREFERENTES (DIRIGIDO A LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE LA SOCIEDAD). B) SOLICITUD AL JUZGADO DE INCLUSIÓN DE LOS CRÉDITOS TRIBUTARIOS EN EL PROCESO. 4. A MODO DE CONCLUSIÓN.

Aplicación del permiso retribuido recuperable a los empleados públicos

Cabezuelo Valencia, David

La Administración Práctica, n.º 62/2020, pág. 221 a 222

Sumario
Nota informativa de la Federación Española de Municipios y Provincias.

APORTACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE BIENES DE LOS ENTES LOCALES A ORGANISMOS AUTÓNOMOS LOCALES Y SOCIEDADES MERCANTILES

La Administración Práctica, n.º 8/2001, pág. 667 a 668

Sumario
1. Introducción. 2. Organismos autónomos locales. 3. Sociedad Mercantil.

APROBACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES PARA EL EJERCICIO DE 2012

La Administración Práctica, n.º 9/2011, pág. 787 a 799

Sumario
I. CONTENIDO. 1. Para los impuestos sobre Construcciones Instalaciones y Obras; sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; tasas; precios públicos y contribuciones especiales. 2. Para los Impuestos sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas y Vehículos de Tracción Mecánica. II. FORMULARIO: 1. Inicio del procedimiento. Decreto de la Alcaldía. 2. Informe de Secretaría. 3. Dictamen de la Comisión Informativa (para los municipios donde este órgano exista). 4. Aprobación provisional por el Pleno. 5. Exposición pública. 6. Remisión del anuncio. 7. Resultado de la exposición pública. 8. Nuevo dictamen de la Comisión Informativa (en caso de recibirse alegaciones, para los municipios donde este órgano exista). 9. Aprobación definitiva expresa (en caso de recibirse alegaciones). 10. Publicación. 11. Remisión del anuncio.

APROBACIÓN DEL PLANEAMIENTO MUNICIPAL POR SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO. IMPROCEDENCIA DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS (RECIENTE JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO)

TORRENT RIBERT, PERE-JOAN

La Administración Práctica, n.º 1/2010, pág. 66 a 72

Sumario
1. Aprobación del planeamiento municipal por silencio administrativo. 1.1. Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo. 1.2. Supuesto de hecho contemplado. 1.3. Legislación estatal aplicable. 1.4. Doctrina del Tribunal Supremo. 1.4.1. Silencio administrativo positivo. 1.4.2. Diferencia con el caso de las licencias urbanísticas. 1.5. Cuestión incidental: eficacia de los documentos incorporados sin pasar por el Registro General. 2. Improcedencia de la interposición de recursos administrativos contra la aprobación del planeamiento municipal. 2.1. Tres recientes sentencias del Tribunal Supremo. 2.2. Supuestos de hecho contemplados. 2.3. Legislación estatal aplicable. 2.4. Doctrina del Tribunal Supremo. 2.4.1. Doctrina general. 2.4.2. Armonización de la doctrina general con la legislación urbanística catalana. 3. Conclusiones.

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