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MOLINA GIMÉNEZ, ANDRÉS
REVISTA ARANZADI DE DERECHO AMBIENTAL, n.º 14/2008, pág. 125 a 135
1. Antecedentes. 2. Sobre el órgano competente para la emisión del informe. La STS de 20 de octubre de 2004 sobre el Plan Hidrológico de Cuenca del Júcar, y la reciente STSJ de la Comunidad Valenciana de 18 de abril de 2008. 3. Contenido del informe. 4. Momento en que debe emitirse el informe. 5. Carácter preceptivo del informe. 6. Análisis relativo al carácter vinculante o no vinculante del informe. 7. La STSJ de la Comunidad Valenciana núm. 725 de 20 de mayo de 2008 y las resoluciones de carácter cautelar precedentes. 8. Conclusiones.